Resumen
A) INTRODUCCIÓN, B) INTENSIDAD DE LA PERTURBACIÓN, a) Concepto, b) Causas, 1. Reacción vivencial, 1.1. La provocación por parte de la víctima, 1.2. Las causas excepcionales, 1.3. Las reacciones pasionales,2. Acción de las drogas, 2.1. Alucinaciones, 2.2. Excitación,2.3. Depresión, 2.4. Sedación , 3. Patologías mentales, 3.1. Alucinaciones, 3.2. Delirios, 3.3. Descontrol psicomotriz, 4. Relación con la atenuante de AYO, C) TRANSITORIEDAD (APARICIÓN BRUSCA), a) Reacción vivencial, b) Acción de las drogas, c) Patologías mentales, D) DURACIÓN, a) Reacciones vivenciales, b) Acción de las drogas, c) Patologías mentales, d) Relación con el A YO, E) FINALIZACIÓN SIN DEJAR HUELLA
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Extracto
Requisitos
A) INTRODUCCIÓN
En el presente capítulo abordaremos los requisitos fundamentales del TMT, reconocidos tanto por la JD como por la doctrina, que precisan una clara enumeración y clasificación. El TMT para poder ser considerado como eximente completa precisa que se produzca una alteración psíquica o mental grave con pérdida intensa de las facultades intelectivas y volitivas. La aparición del mismo debe ser brusca y la duración no muy extensa, se debe poder curar sin dejar huellas, ha de haber sido motivado por una causa inmediata o evidente, o por un choque psíquico exterior con concurrencia de elementos poderosos que afecten gravemente al sujeto. También puede tener su origen en un fenómeno endógeno, denominado base patológica, que sin representar una enajenación condiciona la reacción del agente hasta el extemo de incidir en el comportamiento. El transtorno no puede haber sido provocado intencionadamente, dado que perdería el beneficio de la eximente, siendo discutidos por la doctrina y la JD los hechos acometidos imprudentemente. En la enumeración que realizamos indicamos si el TMT ha sido motivado por reacciones vivenciales de especial trascendencia, por acción de drogas que alteran el SNC y el comportamiento o por patologías mentales que por su escasa duración no pueden encuadrarse dentro de la eximente de EM. B) INTENSIDAD DE LA PERTURBACIÓN a) Concepto La intensidad en el TMT es elemento indispensable en esta figura jurídica para su apreciación, de forma que si ésta no es de una entidad suficiente la JD aprecia tan sólo la atenuante de AYO (como podrá observarse en el capítulo dedicado a esta circunstancia) e incluso puede no admitir circunstancia atenuatoria alguna. A través del presente trabajo examinaremos la intensidad del TMT, tanto en las reacciones vivenciales como en aquellas donde existe un fondo patológico unido a la reacción exógena. También se examinará la intensidad de la perturbarción psíquica en los trastornos causados por drogas, así como en los ocasionados por patologías mentales. La doctrina (1) menciona la dificultad de calibrar la intensidad de la perturbación psíquica, que puede derivar en la simple apreciación de la atenuante analógica del art. 21.6 si la entidad de la misma es menor. Esos mismos problemas han sido puestos de relieve desde sectores médico psiquiátricos,(2) estableciendo que para que se considere la eximente de TMT es preciso que la intensidad del trastorno sea origen de una anulación completa del libre albedrío, provocando inconsciencia, no siendo suficiente la mera ...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
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