Resumen
Capítulo I: Exencion y Definiciones - Capítulo II: Cálculo, tablas y estudios conjuntos - Capítulo III: Condiciones tipo de las pólizas y modelos - Capítulo IV: Cobertura conjunta de determinados tipos de riesgos
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Extracto
Reglamento (CE) número 358/2003 de la comisión de 27 de febrero de 2003 relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) núm. 1534/91 del Consejo, de 31 de mayo de 1991, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros1, y, en particular, las letras a), b), c) y e) del apartado 1 de su artículo 1, Previa publicación del proyecto del presente Reglamento2, Previa consulta al Comité consultivo de prácticas restrictivas y posiciones dominantes, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CEE) núm. 1534/91 faculta a la Comisión para aplicar, mediante Reglamento, el apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de seguros que tengan por objeto la cooperación en los ámbitos siguientes: el establecimiento en común de tarifas de primas de riesgo basadas en estadísticas de siniestralidad determinadas colectivamente o en el número de siniestros, el establecimiento de las condiciones tipo de las pólizas, la cobertura en común de determinados tipos de riesgo, la liquidación de siniestros,la verificación y conformidad de los dispositivos de seguridad, los registros de riesgos agravados y los correspondientes sistemas de información. En virtud de lo dispuesto en dicho Reglamento, la Comisión adoptó el Reglamento (CEE) núm. 3932/92, de 21 de diciembre de 1992, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a deter minadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros 3. El Reglamento (CEE) núm. 3932/92, modificado por el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, expirará el 31 de marzo de 2003. El Reglamento (CEE) núm. 3932/92 núm. exime los acuerdos relativos a la liquidación de siniestros y a los registros de riesgos agrava dos y sus correspondientes sistemas de información. La Comisión conside raba que carecía de experiencia suficiente en el tratam...Ver el contenido completo de este documento
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