2. El contenido de la patente. Las reivindicaciones como delimitadoras del objeto afectado por el derecho de exclusiva

Estudios sobre los requisitos de patentabilidad, el alcance y la violación del derecho de patente Capítulo II. El alcance de la protección del derecho de patente (2005)

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2. El contenido de la patente. Las reivindicaciones como delimitadoras del objeto afectado por el derecho de exclusiva

2. El Contenido de la patente. Las reivindicaciones como delimitadoras del objeto afectado por el derecho de exclusiva

Como hemos tenido ocasión de analizar en el anterior epígrafe, las reivindicaciones de la patente se configuran como el núcleo fundamental alrededor del cual se concreta la protección que en su caso se deberá otorgar al titular del derecho. La decisión tomada por los firmantes de los Convenios de Estrasburgo y de la Patente Europea representa una opción por uno de los dos sistemas principales de interpretación de la patente, cuyo principal interés es el de garantizar la seguridad jurídica de los terceros, y que en el caso de Europa estaba representado principalmente por Gran Bretaña214, el cual tiene su traducción en el principio básico conforme al cual what is not claimed is disclaimed215.

A continuación analizaremos cuál puede ser el contenido de la patente y cómo se articula formalmente el cuerpo de este documento que será la base del reconocimiento de un derecho de exclusiva invocable frente a terceros.

2.1. El papel de las reivindicaciones como elemento central en la determinación del alcance de la patente.

A) La reivindicación como elemento fundamental del sistema de patentes: los sistemas de definición periférica y de definición central:

La reivindicación define el objeto de la protección sobre el que se extiende el derecho de patente. En ella se detallan los elementos que constituyen la invención tal y como el solicitante del derecho pretende exclusivizarla. Sobre aquélla se construye el objeto a través del cual el derecho de patente se hará efectivo.

Históricamente los diferentes Estados han ido introduciendo la obligación de incorporar en las descripciones de patentes notas reivindicatorias en las que se precisara el objeto de protección, para posteriormente centrar el objeto de la protección sobre esas reivindicaciones216. El alcance de la protección ha variado según los países y los momentos históricos. Así, la flexibilidad en la aplicación de la Ley por parte de los tribunales ha llevado a que, por parte de los solicitantes, únicamente se tuviera cuidado en proporcionar una definición precisa de la invención, confiados en que una aplicación flexible de la ley les garantizara una protección suficiente, primando así la mayor amplitud posible en la descripción, por cuanto el solicitante es consciente de la limitación que se produce en su derecho de patente cuando precisa en exceso el objeto de su invención. De esta forma se distingue por parte de la doctrina una teoría de definición periférica de las reivindicaciones y una teoría de definición central217 según sea el alcance de su contenido y el grado de protección que los tribunales otorguen a las patentes a partir de su interpretación. En base a estas dos posibilidades se diferencia entre sistemas que conceden a la literalidad de las reivindicaciones un papel fundamental en la definición del objeto de la patente, obligando con ello al solicitante del derecho a señalar con mayor precisión los contornos de su derecho, y aquellos para los cuales el núcleo de la invención se halla conformado por la idea inventiva, independientemente del contenido de las reivindicaciones, por lo que la precisión en la redacción de estas últimas no será tan relevante. Esta última solución ofrece una mayor libertad al solicitante de una patente, que no se ve forzado a centrar su atención en las limitaciones que el texto de la patente impondrá a su derecho, si bien la interpretación el alcance real del derecho queda abierta a la interpretación que en su día lleven a cabo los tribunales.

Estados Unidos o Gran Bretaña son países que tradicionalmente han basado su sistema de protección de las invenciones sobre una definición periférica, en virtud de la cual la patente se apoya sobre la reivindicación, tal y como ésta ha sido construida por el titular del derecho218. Alemania por el contrario hasta 1981 constituyó un ejemplo de sistema de protección central, en el que la idea inventiva sobre la que se fundamentaba la patente era el eje sobre el cual se construía el ámbito de protección del derecho219. No obstante, los sistemas descritos no siempre han sido aplicados de forma uniforme en los Estados a los que se ha hecho alusión220. A...

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