Registre Mercantil

AutorJuan Carlos Martin Romero
Páginas191-216

Resolución de 14 de diciembre de 2004

(B.O.E. de 12 de enero de 2005)

RESUMEN

Accediendo a la inscripción cuya práctica es objeto de debate en el presente recurso no se impediría la adecuada reacción de quienes se consideren con derecho a cuestionar la validez del nombramiento de que se trata, mediante la correspondiente acción de impugnación de los acuerdos cuya inscripción se ha solicitado, cuyo conocimiento corresponde a los Tribunales (cfr. artículos 115 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas), pudiendo hacerse constar en el Registro tanto la demanda de impugnación como la resolución firme que ordene la suspensión de los acuerdos, a través de la correspondiente anotación preventiva (cfr. artículos 121 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94.10, 155 y 157 del Reglamento del Registro Mercantil).

Resolución de 14 de diciembre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en los recursos gubernativos interpuestos por Fomento de Construcciones y Contratas, S. A., y por el Notario don Valerio Pérez de Madrid y Palá, contra la negativa del Registrador Mercantil XI de Barcelona, don Heliodoro Sánchez Rus, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de nombramiento de administradores de la citada sociedad.

Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado en los recursos interpuestos por el Letrado don José María Verdú Ramos, en nombre de Fomento de Construcciones y Contratas, S. A., y por el Notario don Valerio Pérez de Madrid y Palá, contra la negativa del Registrador Mercantil XI de Barcelona, Don Heliodoro Sánchez Rus, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de nombramiento de administradores de la citada sociedad.

Hechos

I

Mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid don Valerio Pérez de Madrid y Palá el 22 de julio de 2004, se elevaron a público los acuerdos sociales de Fomento de Construcciones y Contratas, S. A., adoptados en Junta universal celebrada en la sede social el 23 de junio de 2004, por los que, según se expresa en el cuerpo de dicha escritura, quedan reelegidos o nombrados, según el caso, como miembros del Consejo de Administración, por el plazo de cinco años: Don Jean-François Dubos, Don Olivier (Don José) Orsini, Don Rafael Montes Sánchez, Don Fernando Falcó Fernández de Córdova, Don Daniel Caille, Don Felipe-Bernabé García Pérez. Don Henri Proglio, Don Jean-Marie Messier y la sociedad EAC Inversiones Corporativas, S.L. Y en la certificación de tales acuerdos que queda unida a dicha matriz se detalla lo siguiente: 1.º A fin de cubrir las vacantes producidas por vencimiento del mandato del Consejero Don Olivier (Don José) Orsini ?que había sido nombrado por el procedimiento de cooptación?, así como de los mandatos de los hasta entonces Consejeros Don Henri Proglio, Don Rafael Montes Sánchez, EAC Inversiones Corporativas, S. L, Don Jean-François Dubos y Don Jean-Marie Messier, la Junta General ha acordado reelegir o nombrar, según los casos, como miembros del Consejo de Administración, por un período de cinco años a Don Olivier (Don José) Orsini, Don Henri Proglio, Don Rafael Montes Sánchez, Don Jean-François Dubos, EAC Inversiones Corporativas, S. L. y Don Jean-Marie Messier. Se añade que el acuerdo anterior fue aprobado por mayoría del 99,18% de las acciones que concurrieron a la junta y tenían derecho a voto, con la abstención de 164.927 acciones (entre las que se encuentran las 72.375 acciones de ACCIONA, S. A. no agrupadas, y las 4.280 de TIBEST, S. L.), con el voto en contra de 453.830 acciones y el voto a favor de 74.898.113 de las 75.516.870 que, de las 95.101.995 presentes, tenían derecho a voto (deducidas las 19.585.125 acciones que fueron objeto de agrupaciones por ACCIONA, S. A.); y 2.º A fin de cubrir las vacantes producidas por vencimiento del mandato del Consejero Don Fernando Falcó Fernández de Córdova ?que había sido nombrado por el procedimiento de cooptación?, así como de los mandatos de los hasta entonces Consejeros Don Daniel Caille y Don Felipe-Bernabé García Pérez, la Junta General ha acordado reelegir o nombrar, según los casos, como miembros del Consejo de Administración, por un período de cinco años a Don Fernando Falcó Fernández de Córdova, Don Daniel Caille, Don Felipe-Bernabé García Pérez. Además, se especifica que el acuerdo anterior fue aprobado por mayoría del 78,76% de las 95.101.995 acciones que concurrieron a la Junta y tenían derecho a voto, con la abstención de 19.750.052 acciones (entre las que se cuentan las 19.657.500 acciones de ACCIONA, S. A. y las 4.280 de TIBEST, S. L.), con el voto en contra de 453.830 acciones y el voto a favor de 74.898.113.

II

Presentada copia de dicha escritura en el Registro Mercantil de Madrid el 26 de julio de 2004, el Registrador Mercantil titular del Registro XI, Don Heliodoro Sánchez Rus, con fecha 9 de agosto de 2004 decidió lo siguiente: «Inscribir el nombramiento como consejeros, a propuesta del consejo de administración y por acuerdo mayoritario, de D. Olivier (Don José) Orsini, D. Henri Proglio, D. Rafael Montes Sánchez, D. Jean-François Dubos, EAC Inversiones Corporativas, S. L. y D. Jean-Marie Messier... Suspender la inscripción de la designación como consejeros de D. Claudio Aguirre Pemán, D. Jaime Castellanos Borrego y D. Alejandro Fernández de Araoz y Gómez Acebo en ejercicio del derecho de agrupación de las acciones de que es titular la compañía ACCIONA, por apreciarse los siguientes defectos: a) No se acredita que se haya hecho constar la agrupación de las acciones en el registro contable de anotaciones en cuenta (artículos 9 y 10 del RD 821/1991, de 17 de mayo); y b) de la documentación presentada no resulta la aceptación de los consejeros nombrados (artículos 125 de la Ley de Sociedades Anónimas y 141 del Reglamento del Registro Mercantil). Ambos defectos tienen carácter subsanable. Suspender la inscripción del cese de D. Claudio Aguirre Pemán, D. Jaime Castellanos Borrego y D. Alejandro Fernández de Araoz y Gómez Acebo, por no haberse llegado a inscribir su nombramiento (artículo 11 del Reglamento del Registro Mercantil). El defecto tiene carácter subsanable. Denegar la inscripción del nombramiento como consejeros de D. Fernando Falcó Fernández de Córdova, D. Daniel Caille y D. Felipe Bernabé García Pérez, por haberse realizado su nombramiento fuera del ámbito competencial de la Junta general de accionistas (artículo 93.1 en relación con el artículo 137 de la Ley de Sociedades Anónimas). El defecto tiene carácter insubsanable. De conformidad con lo previsto en el artículo 18.7 del Código de Comercio, contra la calificación anterior podrá interponerse recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, o instar la aplicación del cuadro de sustituciones aprobado por el Centro Directivo.» Como antecedentes de hecho de tal decisión alega: 1.º Que el 23 de julio de 2004 fue presentado por ACCIONA, S. A., en el Registro Mercantil de Barcelona testimonio notarial del acta notarial de la junta de accionistas de la compañía Fomento de Construcciones y Contratas, S. A., celebrada el 23 de julio de 2004. Que dicha acta fue autorizada por el Notario de Barcelona don Eduardo Nebot Tirado. Que aquél testimonio notarial causó el asiento de presentación 2699 del Diario 915; que el 28 de julio de 2004 el indicado documento fue retirado a petición del presentante y presentada en su lugar copia auténtica de la referida acta notarial de la junta, que causó el asiento 698 del Diario 916; 2.º Que el 26 de julio de 2004 fue presentada copia auténtica de la escritura autorizada por el Notario de Madrid don Valerio Pérez de Madrid y Palá el 22 de julio de 2004, de elevación a público de determinados acuerdos sociales adoptados en la citada junta, relativos al nombramiento, cese y reelección de consejeros; 3.º Como consecuencia de la celebración de la junta se produce el vencimiento del plazo por el que fueron nombrados determinados consejeros que se especifican, así como la caducidad en el cargo de D. Olivier (Don José) Orsini y Don Fernando Falcó Fernández de Córdova, designados por el Consejo de Administración por el procedimiento de cooptación en su reunión de 18 de diciembre de 2003. Y conforme al artículo 145.3 del Reglamento del Registro Mercantil, la caducidad se ha hecho constar mediante sendas notas extendidas al margen de las correspondientes inscripciones; 4.º Que de los documentos anteriores resulta que se adoptaron los siguientes acuerdos: a) Nombramiento como consejeros de D. Claudio Aguirre Pemán, D. Jaime Castellanos Borrego y D. Alejandro Fernández de Araoz y Gómez Acebo, designación realizada por el accionista ACCIONA, S. A., en ejercicio del expediente de la agrupación de las acciones previsto en el artículo 137 de la Ley de Sociedades Anónimas; b) Nombramiento como consejeros, a propuesta del Consejo de Administración y por acuerdo mayoritario, de D. Olivier (Don José) Orsini, D. Henri Proglio, D. Rafael Montes Sánchez, D. Jean-François Dubos, EAC Inversiones Corporativas, S. L. y D. Jean- Marie Messier; c) Cese de D. Claudio Aguirre Pemán, D. Jaime Castellanos Borrego y D. Alejandro Fernández de Araoz y Gómez Acebo, a petición de un accionista y por acuerdo mayoritario de la junta al amparo del artículo 132.2 de la Ley de Sociedades Anónimas; y d) Nombramiento como consejeros, en sustitución de los tres anteriores, a propuesta del Consejo de Administración y por acuerdo mayoritario de D. Fernando Falcó Fernández de Córdova, D. Daniel Caille y D. Felipe Bernabé García Pérez.

Y como fundamentos de derecho expresa los siguientes: «Primero.-Los documentos anteriormente reseñados han sido objeto de calificación unitaria, de acuerdo con el reiterado criterio de la Dirección General de los Registros y el Notariado. El Centro Directivo ha afirmado en numerosas ocasiones que, con el fin de lograr un mayor acierto en la calificación, el Registrador debe tomar en...

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