Las «àreas semiconsolidadas» de la ley urbanística valenciana: un invento peligroso e innecesario
Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente › Núm. 255, Enero 2010
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Se dice que la institución de las «Áreas Semiconsolidadas» de la LUV se creó ex professo para salir al paso de las durísimas críticas de algunos sectores de la Unión Europea respecto a la legislación urbanística valenciana, fuente (según dichos sectores) de abusos e injusticias intolerables.
Este trabajo pretende poner de manifiesto dos aspectos del problema: 1.º Sin negar la existencia de abusos urbanísticos en casos concretos y lacerantes, éstos no pueden generalizarse a todas las actuaciones urbanísticas de las Administraciones, ni mucho menos imputarlos a la legislación urbanística vigente. 2.º La institución de las «Áreas Semiconsolidadas» puede contribuir, paradójicamente, a agravar y potenciar las desigualdades y discriminaciones en detrimento del interés general. Se propone, por ello, su derogación. Palabras clave: Áreas semiconsolidadas. Gestión urbanística. Principio de equidistribución. It is said that the institution of the «Semiconsolidadas Areas» of the LUV was created ex-professo to forestall the hardest critics of some sectors of the European Union with respect to the Valencian city-planning legislation, intolerable source (according to these sectors) of abuses and injustices. This work tries to show two aspects of the problem: 1.º Without denying the existence of city-planning abuses in tactical missions and lacerantes, these cannot become general to all the city-planning performances of the Administrations, far from it to impute them to the effective city-planning legislation. 2.º The institution of the «Semiconsolidadas Areas» can contribute, paradoxicalally, to aggravate and to harness the inequalities and discriminations in damage of the general interest. One sets out, for that reason, its derogation. Key words: Semiconsolidated areas. City-planning management. Principle of equidistribución.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Las «àreas semiconsolidadas» de la ley urbanística valenciana: un invento peligroso e innecesario
1. Antecedentes: de la LRAU a la LUV
La Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (en adelante LUV) sustituyó a la anterior Ley Regula-dora de la Actividad Urbanística de 1994 (LRAU) que tanta incidencia tuvo sobre el marco legislativo de otras Comunidades Autónomas. Sin entrar ahora a valorar la necesidad y oportunidad del cambio legislativo, la aplicación de la LUV ha hecho más verosímil la opinión que, desde un principio, apuntaba a que la nueva Ley perseguía como primer objetivo borrar la imagen de algunas prácticas urbanísticas que merecieron la reprobación y protestas airadas de colectivos de propietarios afectados por determinadas actuaciones de Ayuntamientos y Agentes Urbanizadores privados que en unas ocasiones aplicaron la LRAU indebidamente y con manifiesta falta de profesionalidad y oficio y en otras con clara voluntad de lucro desmesurado y en detrimento de los derechos de propietarios implicados en el proceso. En ambos casos, se trataba de actuaciones fiscalizables y revisables por los Tribunales de Justicia. Sin embargo, en la práctica se dieron resultados dispares, au...Ver el contenido completo de este documento
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