Dosier Legislativo del Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor

El 19 de diciembre de 2015 se publicó el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

En la recién aprobada Ley 35/2015 de 23 de septiembre de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, se da regulación a una nueva vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los perjudicados y las entidades aseguradoras. La reforma prevé la posibilidad de que las partes, perjudicados y aseguradoras, puedan beneficiarse de la calidad, experiencia e imparcialidad pericial que aportan los médicos forenses, como especialistas reconocidos en nuestro sistema judicial. Este real decreto aborda dicho procedimiento.

A continuación se detallan los aspectos más relevantes de la reforma que entrará en vigor el día 1 de enero del 2016.

Objetivos

Se ofrece una alternativa a la judicial civil para que las compañías de seguros y los perjudicados puedan llegar a un acuerdo sobre la indemnización en caso de accidentes de circulación.

El objetivo es proporcionar un cauce más de resolución del conflicto, sobre la base de una valoración del daño personal y una reducción importante de los costes y tiempos de tramitación, que ayuden a minorar los sufrimientos padecidos por las víctimas de los accidentes de circulación.

Modificaciones
Procedimiento para la emisión del informe pericial (Regulado en el Capítulo II Arts. 4-13)

La solicitud del informe puede formularse de común acuerdo por la entidad aseguradora y el sujeto perjudicado.

También puede presentarla directamente el sujeto perjudicado en cuyo caso, el IMLCF correspondiente lo comunicará de inmediato a la entidad aseguradora.

Será competente para la tramitación de la solicitud y la emisión del informe pericial el IMLCF del lugar del domicilio de la víctima lesionada o el del lugar donde ocurrió el accidente, a su elección.

En todo caso, se solicitará el consentimiento informado y expreso de la víctima lesionada para cada prueba que se vaya a realizar, así como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR