Razones, referentes y marco institucional de la formación dual en España

AutorJesús R. Mercader Uguina
CargoCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Carlos III de Madrid
Páginas71-101

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1. El paro juvenil: el problema de los problemas

El desempleo juvenil constituye una de las principales disfunciones del mercado de trabajo en España, con implicaciones directas sobre la situación económica presente y futura de los jóvenes parados y su entorno e indirectas sobre el conjunto de la economía.

La tasa de paro entre los menores de 25 años en España supera el 55,13%, un nivel desconocido desde que hay estadísticas comparables. Esto significa que uno de cada dos jóvenes no tiene trabajo, superando en más de 40 puntos a países como Austria, Alemania y Holanda (con tasas en torno al 5%) y nos sitúa en tasas próximas a Estonia, Lituania y Grecia (que rondan el 37%). La tasa de desempleo juvenil española es tres veces mayor que la de Dinamarca, cuatro veces y media la de Alemania, cinco veces la de Austria y Holanda, y dieciocho puntos mayor que la de Francia.

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De los datos aportados por la EPA se desprende que el desempleo se concentra en aquéllos jóvenes que tienen escasa formación, muchos de ellos, simplemente, con la Educación Primaria terminada. La tasa de abandono escolar temprano (población de entre 18 y 24 años que únicamente ha completado la educación secundaria y no cuenta con ninguna formación adicional) es del 27% lo que dobla la media de la UE– 27, que se sitúa en el 13,5%). El alto porcentaje de jóvenes que abandonan

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prematuramente los estudios sigue creciendo frente a la tendencia decreciente de la mayor parte de los estados miembros de la Unión Europea.

Es cierto que la tasa de desempleo juvenil crece exponencialmente cuando la economía española se desacelera o se contrae pero no es totalmente correcto decir que España tiene un problema de desempleo juvenil. La media de la ratio de desempleo juvenil sobre desempleo general en la OCDE está en torno a dos, que es el mismo cociente que presenta el caso español. Los países que tienen un problema de desempleo juvenil son aquellos en los que este cociente supera el 2,5 o se aproxima al 3, que no es el caso español. Una tasa de desempleo juvenil algo superior al 50% se corresponde con una tasa de desempleo general también superior del 25% que es exactamente la situación de España. Por tanto el problema no es el desempleo juvenil. El problema es el elevado nivel del desempleo general, que en gran parte es de carácter estructural.

La prolongada crisis económica también obliga a la generación actual de jóvenes a ser menos selectivos con los empleos que están dispuestos a aceptar, una tendencia que ya era evidente antes de la crisis. El número de jóvenes que está aceptando trabajos a tiempo parcial o que se encuentra confinado en empleos temporales es cada vez mayor. De este modo, se observa una alta temporalidad, con un 82,3% de jóvenes que trabajan de forma temporal involuntariamente y un alto nivel de contratación parcial no deseada, con un 51% de jóvenes que trabajan de forma parcial a la espera de suscribir un contrato a tiempo completo.

El desajuste de las competencias en los mercados de trabajo de los jóvenes se ha convertido en una tendencia constante cada vez más acusada. La sobreeducación y el exceso de competencias coexisten con la subeducación y la escasez de competencias y cada vez más con el desgaste de la formación adquirida por causa del desempleo de larga duración (casi el 35% de los jóvenes desempleados en España se encuentran sin trabajo desde hace 12 meses o más). Este desajuste hace que las soluciones a la crisis del empleo juvenil sean más difíciles de encontrar y más lentas de poner en práctica. El paro juvenil está provocando tres fenómenos dramáticos: en unos casos, los jóvenes pierden la motivación así como el uso de conocimientos y habilidades aprendidas (brain waste); en otros, deciden abandonar el país (brain drain), lo cual dificulta el potencial de crecimiento económico por la fuga de talento; y, en otro último, deciden integrarse en la antisocial economía sumergida1.

A los anteriores factores se une el efecto sobre el empleo de la crisis del sector de la construcción. Dicho sector se caracterizó por una demanda de trabajo de baja cualificación, con predominio de trabajadores manuales (trabajares no cualificados,

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operadores de instalación y trabajadores manuales cualificados), que representaban a casi el 90% del total2. Ello supuso el abandono prematuro, en muchos casos, del sistema educativo, con el resultado de que, en la actualidad, muchos de estos trabajadores se encuentran sin empleo y sin cualificación. Esto explica que, junto a jóvenes desempleados cuyo principal problema es la carencia de una cualificación adecuada para ocupar puestos de trabajo de calidad, exista otro colectivo de jóvenes con titulación o próximos a obtenerla, suficientemente formados, que tienen entre 20 y 29 años, que están desempleados y que o bien no han tenido un empleo anterior o bien el que han tenido es un empleo precario, para el que no son necesarios los estudios realizados por estos jóvenes.

Las causas del desempleo juvenil en España hay que buscarlas en deficiencias tanto del sistema educativo como del mercado de trabajo. Entre las primeras, destacan la magnitud del abandono escolar temprano y la polarización de la educación: la tasa de abandono escolar prematuro entre los 18 y 24 años duplicó en 2012 la media de la Unión Europea (24,9% frente al 12,8%), si bien la reducción en los últimos años ha sido importante, pues hasta 2009 se mantuvo estable en torno al 30%. Entre las segundas, sobresalen la segmentación del mercado laboral y la ineficacia de las políticas activas de empleo. La cuestión a resolver es, pues, la de cuáles son las posibles soluciones a los problemas de desempleo juvenil. Para atenuar el problema del desempleo juvenil se debe actuar conjuntamente en los ámbitos educativo y laboral.

Una de las medidas adoptadas para favorecer la inserción de los jóvenes han sido los denominados contratos formativos. A pesar de las numerosas reformas que los mismos han vivido a lo largo de los últimos años, los resultandos siguen siendo frustrantes. Pese a ello, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, modificó por cuarta vez en menos de dos años el contrato para la formación y el aprendizaje. La reforma laboral persevera en el error al conservar el tipo contractual y lo define desde una dudosa transitoriedad, al establecer que, hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 %, podrán seguirse realizando contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años3.

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Las prácticas profesionales son un instrumento valioso para una transición suave al mercado de trabajo, aunque se requiere un marco de calidad para garantizar el valor educativo de tal experiencia. Nuestro sistema pone de manifiesto la existencia de enormes vacíos legales, así como, en muchos casos, un uso fraudulento de las becas formativas concedidas a los jóvenes. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social viene realizando campañas específicas de seguimiento de las becas ofertadas por las empresas, evaluando funciones, puestos que ocupan y condiciones.

Los niveles de autoempleo y de iniciativa empresarial entre los jóvenes en España son significativamente inferiores a los que se requieren para recuperar la senda del crecimiento y de creación de empleo. De hecho, la actividad emprendedora en nuestro país, no sólo entre los más jóvenes, es algo inferior a la de muchos de los países de nuestro entorno. La Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo –enmarcada en la «Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016»– ha incorporado, recientemente, diversas medidas que fomentan el emprendimiento y el trabajo por cuenta propia entre los jóvenes menores de 30 años, con reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Incentivan la creación de empresas diseñando un marco fiscal más favorable para el autónomo que inicia una actividad emprendedora y estimulan la contratación de jóvenes en situación de desempleo, con incentivos. La real efectividad de las mismas es algo que solo el tiempo podrá desvelar, aunque al asentarse sobre la temporalidad de los contratos (contrato de primer empleo joven y flexibilización de contrato en prácticas) y sobre los incentivos económicos a la contratación (bonificaciones temporales de las cuotas a la Seguridad Social) continúan perseverando en una línea de actuación que, hasta el momento, no ha producido resultados positivos.

En todo caso, las medidas más vanguardistas vienen de Europa. Su actuación más destacada se encuentra en la Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la garantía juvenil (Youth Guarantee), cuyo objetivo es que todos los jóvenes de hasta 25 años reciban una buena oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas en un plazo de cuatro meses, tras quedar desempleados o acabar la formación formal. La citada medida se dirige a garantizar que los servicios públicos de empleo ayuden de manera...

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