Publicidad del registro civil

Derecho del Registro Civil (2002)

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Publicidad del registro civil

1. PUBLICIDAD FORMAL DEL REGISTRO

La publicidad formal está regulada en los arts. 6 de la Ley del Registro Civil y 17 y ss del Reglamento del Registro Civil. V. Instrucción de la DGRN de 9 de enero de 1987 sobre legitimación de los particulares para obtener certificaciones del Registro Civil.

Existen distintas formas de publicidad: la manifestación y examen de los libros (art. 6.1 LRC), la nota simple informativa (art. 19.1 RRC), y las certificaciones que son muy variadas y representan el medio normal de publicidad registral (arts 7 LRC y 17, 23 y ss RRC).

El art. 7.1 LRC dispone: «Las certificaciones son documentos públicos». El art. 317 de la LEC 1/2000, señala: «A efectos de prueba en el proceso, se consideran documentos públicos:

6.º Los que, con referencia a archivos y registros de órganos del Estado, de las Administraciones públicas o de otras entidades de Derecho público, sean e...

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