La próxima regulación de la contratación pública sectorial en los ámbitos de la defensa y la seguridad

Actualidad Jurídica (Uría & Menéndez)Núm. 29, Mayo 2011

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Resumen


El Proyecto de Ley de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad por el que se transpone la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de julio de 2009 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y por la que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE, incorpora parcialmente a nuestra legislación el Paquete de Defensa. Las principales novedades introducidas por la Directiva y previstas por el Proyecto (en su versión actual) están vinculadas a la singularidad de los sectores de la defensa y la seguridad y se refieren a la exigencia de determinadas obligaciones en materia de seguridad de información, de garantía de abastecimiento, de transparencia en el procedimiento de la subcontratación y la flexibilización de algunos procedimientos de adjudicación y de sanciones de nulidad.

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Extracto


La próxima regulación de la contratación pública sectorial en los ámbitos de la defensa y la seguridad

El Paquete de Defensa

Compuesto por dos directivas y una comunicación de la Comisión, el coloquialmente conocido como «Paquete de Defensa» será objeto de transposición parcial, por medio del Proyecto de Ley de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad (el «Proyecto de Ley» o el «Proyecto»), el cual, junto con la directiva de la que trae causa, analizamos en estas páginas. El Proyecto fue publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 15 de abril de 2011.

El Paquete de Defensa está formado por (i) la Comunicación de 5 de diciembre de 2007 de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre una estrategia para una industria europea de la defensa más sólida y competitiva (en adelante, la «COM (2007) 764 final»);

(ii) la Directiva 2009/43/EC (en adelante, la «Directiva 2009/43/CE») del Parlamento Europeo y del Consejo sobre simplificación de los términos y condiciones de transferencias intracomunitarias de productos relacionados con la defensa, publicada en el DOUE n.º L 146 de 10 de junio de 2009 (las medidas derivadas de esta Directiva deberán aplicarse desde el 30 de junio de 2012); y (iii) la Directiva 2009/81/CE (en adelante, la «Directiva 2009/81/ CE» o la «Directiva») del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de julio de 2009 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y por la que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE, publicada en el DOUE n.º L 216, de 20 de agosto de 2009 (su plazo de transposición termina el 21 de agosto de 2011).

Así pues, antes de entrar a considerar la propuesta de transposición por parte de la Administración

española procede analizar, en primer lugar, el conte...

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