Prólogo

AutorRemedios Ferrero Micó
Cargo del AutorCatedrática de Historia del Derecho y de las Instituciones - Universitat de València
Páginas11-17

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El autor se plantea, en su nota preliminar, dos preguntas: ¿por qué no le fue restituido a Valencia el derecho privado recogido en los Furs?, y ¿en qué medida la práctica forense continuó usándolos? La respuesta a la primera pregunta no es fácil de contestar en cuanto solo se pueden hacer conjeturas. La segunda cuestión es precisamente el objeto de estudio del presente libro. Aniceto Masferrer centra fundamentalmente su trabajo en analizar si en el siglo XVIII, se aplicó efectivamente el derecho castellano en Valencia y qué papel jugó el anterior derecho foral, sin olvidar las alegaciones al ius commune. La historiografía clásica dio escasas noticias sobre la vigencia efectiva que gozó el Derecho foral de carácter privado durante el siglo XVIII, limitándose a señalar que los negocios jurídicos comenzados con anterioridad a 1707 se resolvieran con arreglo al Derecho foral. Los autores que volvieron sus ojos al derecho foral pertenecen al siglo XIX y principios del XX y dedicaron especial atención al derecho público más que al privado. Es el caso de Joseph Villarroya, Apuntamientos para escribir la historia del derecho valenciano y verificar una perfecta traducción de los fueros, Valencia, 1804; B. Ribelles, Memorias histórico-críticas de las antiguas cortes del reino de Valencia, València 1.810; F.J. Borrull i Vilanova, Discurso sobre la constitución que dió al reyno de Valencia...el Señor D. Jayme primero, València 1.810; A. De Capmany, Práctica y estilo de celebrar Cortes en el reino de Aragón, principado de Cataluña y reino de Valencia, y una noticia de las de Castilla y Navarra, Madrid 1.821. V. Boix: Apuntes históricos sobre los fueros del antiguo reino de Valencia, València 1.855. A. Marichalar y C. Manrique: Historia de la legislación y recitaciones del derecho civil de España, Madrid 1.863-1.865. J. Martinez Aloy:

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La Diputación de la Generalidad del reino de Valencia, València 1930. La fecha de la edición no responde al de su elaboración puesto que el libro fue premiado por la Diputación provincial de Valencia en 1895. R. Chabas: Génesis del derecho foral de Valencia, València 1902. M. Danvila y Collado: Estudios críticos acerca de los origenes y vicisitudes de la legislación escrita del Antiguo Reino de Valencia, y Investigaciones histórico-críticas acerca de las Cortes y Parlamentos del Antiguo Reino de Valencia, Madrid 1905. S. Cebrian Ibor: Los fueros de Valencia. Apuntes preliminares para su exposición y completo estudio, València 1925. Actualmente el derecho privado contenido en los antiguos fueros está siendo objeto de estudio con criterios más rigurosos.

La complejidad de la práctica forense valenciana posterior a la abolición de los fueros se evidencia en la presente monografía. Como señala Masferrer, los juristas del siglo XVIII señalaron que no estaba claro en qué manera permanecieron vigentes los fueros no contrarios a las regalías del monarca con el fin de poder aplicarlos. Esto viene a colación precisamente por la actual propuesta del gobierno valenciano de codificar el derecho civil basándose en los anteriores fueros.

La Exposición de Motivos de la Ley 10/2007, de 20 de marzo de la Generalitat Valenciana, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, fundamenta la competencia de la Generalitat en materia de derecho civil en la recuperación del derecho foral. Independientemente de la valoración política y de la oportunidad que se pueda hacer sobre la misma conviene resaltar una cuestión fundamental: ¿regularon los Furs el régimen económico matrimonial?, por supuesto que sí, pero ¿de la misma manera que el de la Ley de 2007?, naturalmente que no. Es un poco arriesgado traer a colación normas de hace trescientos años. El problema...

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