Las prohibiciones de disponer voluntarias y las ordenadas por la Ley, la Administración o por el Juez

Breviario CivilBreviario civil. 1: ContratosOtros contratos (2012)

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Efectos de las prohibiciones de disponer: las impuestas en actos inter vivos y a título gratuito y las ordenadas por la Autoridad judicial.

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Extracto


Las prohibiciones de disponer voluntarias y las ordenadas por la Ley, la Administración o por el Juez

INTRODUCCION:

La prohibición de disponer es una limitación de las facultades dispositivas del titular de un bien.

La Sentencia nº 981/2011 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Diciembre de 2011 define la prohibición de disponer como «la privación o restricción del poder de disposición que forma parte del derecho subjetivo y que impide el acto de disposición con mayor o menor amplitud según haya sido previsto. La prohibición de disponer puede establecerse en todo acto a título gratuito, sea mortis causa (a que se refiere la sentencia 11 de diciembre 2001 ) o intervivos, cuya constancia en el registro de la propiedad contempla el artículo 26 .3º de la Ley Hipotecaria».

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