Presupuesto, y cuentas, contabilidad en las comunidades de propietarios

AutorJosé María Zaforteza Socías
Cargo del AutorAbogado

(Ley de P. H. arts. 14-b y c, 9-1, e, 16-1, 17, 20-b y 24-2, a y b)

El presupuesto de una comunidad de propietarios es el plan de actuación económica de la misma, en ingresos y gastos, para un período concreto y puede ser ordinario, que normalmente será anual y cubrirá los gastos corrientes y extraordinarios o sea una previsión para una actuación concreta y no habitual, así una obra nueva, una instalación innovadora, etc.

La preparación de los presupuestos de ingresos y gastos corresponde al administrador de la finca quien someterá a la Junta de Propietarios el plan de gastos previsibles para un período determinado o para el próximo ejercicio, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos, o sea las aportaciones que tienen que hacer los propietarios.

La aprobación de los presupuestos corresponde a la Junta de Propietarios a través de un acuerdo suficiente por mayoría, por la mayoría del artículo 17 de la Ley de P. H. norma 3ª. No obstante, si el presupuesto tuviera por finalidad financiar obras o instalaciones que alteran el título constitutivo o los Estatutos de la finca se habrá de buscar la unanimidad o el acuerdo de las tres quintas partes del total de propietarios que representen los tres quintos de las cuotas de participación, según establece el artículo citado en su norma primera.

Terminado el ejercicio económico o la actuación extraordi naria se prepararán...

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