Presentación: La evolución procesal de la prescripción de delito

AutorJuan Ramón Medina Cepero

Como es sabido, la alegación de cualquier cuestión previa, como es la prescripción del delito, tan sólo podrá sustanciarse ante la jurisdicción ordinaria, ya sea a través del procedimiento ordinario o del llamado procedimiento abreviado1.

No es poco frecuente que ante la sustanciación de un procedimiento por un delito se alegue su prescripción. Sin embargo, al hacerlo, el alegante es, por lo general, víctima de una regulación legal confusa y de una práctica judicial fluctuante, en detrimento de la seguridad jurídica y de la propia justicia. En efecto, puede decirse que la regulación de esta institución jurídica tan discutida ha estado siempre envuelta en una triste incomprensión.

Ciertamente, cuando el Pleno del Tribunal Constitucional reconoce que “la institución de la prescripción, en general, encuentra su propia justificación constitucional en el principio de seguridad jurídica consagrado de manera expresa en el artículo 9.3 de la Constitución española, puesto que en la prescripción existe un equilibrio entre las exigencias de la seguridad jurídica y las de justicia material, que ha de ceder a veces para permitir un adecuado desenvolvimiento de las relaciones jurídicas; desenvolvimiento que, en el ámbito del Derecho penal, se contempla y acentúa en el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas (artículo 24.2 de la Constitución española) y en los principios de orientación a la reeducación y reinserción social que el artículo 25.2 de la Constitución española asigna a las penas privativas de libertad”2, muestra tener un gran aprecio por esta figura jurídica. Sin embargo, el abandono que hoy sufre en nuestra ley procesal penal, ahogándola en el estrecho molde que suponen las excepciones procesales, la ha llevado a un verdadero olvido en la práctica judicial. Desnaturalizada, se ha convertido en un escabroso problema que los Juzgados intentan soslayar recurriendo a cualquier otro motivo de exculpación de la parte incriminada.

Con este breve estudio nos proponemos aportar algo de luz en tan sombrío panorama, proponiendo una serie de correcciones en orden a una futura regulación de las llamadas cuestiones previas procesales, en general, y de la prescripción, en particular. Con el telón de fondo de la nueva Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y a las puertas de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, entendemos que cualquier propuesta procesal puede ser siempre bienvenida.

Hemos dividido este estudio crítico...

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