Resumen
Tema escabroso y que a diario se plantea en los Juzgados y Tribunales es la posesión judicial de aquellos bienes que formalmente se tienen en virtud de un título, pero que materialmente no se disfrutan.
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Extracto
La Posesión judicial.
En no pocas ocasiones ese título se ha conseguido después de un proceso declarativo que ha durado un tiempo, que siempre el interesado considera excesivo; o bien a través de un proceso de apremio( en los expedientes regulados en la vieja Ley de 1881); o a través de la ejecución de un título judicial que ha exigido una demanda con los requisitos del artículo 549.2 de la LEC.
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Documentos citados
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 549 , 675 , 703 , 704 , 712
- Constitución Española de 1978. - Artículo 24
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