Resumen
1. El derecho de libertad de conciencia - 2. La laicidad y la defensa frente a los peligros de sectarismo o de adoctrinamiento
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Extracto
Planteamiento general
CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO GENERAL La laicidad es base del sistema democrático por cuanto defiende el derecho a la diferencia y la posibilidad de su complementariedad pacífica con la vivencia de valores y reglas comunes, y al mismo tiempo la única garantía realmente eficaz del derecho de libertad de conciencia y del pluralismo. Para decirlo con un silogismo al modo escolástico: la laicidad garantiza la libertad de conciencia, la libertad de conciencia es la fuente del pluralismo, el pluralismo es un elemento esencial de la democracia sin el que esta no existe, luego la laicidad es la garantía de la democracia. Me referiré por separado al derecho de la libertad de conciencia y a la laicidad como su garantía. 1. El derecho de libertad de conciencia Me limitaré a resumir la doctrina constitucional que ya he descrito en anteriores ocasiones. Es verdad que nuestra Constitución no se refiere explicitamente al derecho de libertad de conciencia nada más que en dos ocasiones, al consagrar el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar en el art. 30 y al aludir a la cláusula de conciencia de los periodistas en el art. 20. Pero sí lo ha hecho el Tribunal Consti...
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978. - Artículos 1 , 16
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