Los planes de previsión social empresarial

AutorAna Lópaz Pérez
Cargo del AutorProfesora de Derecho Financiero y Tributario de Florida Universitària ? Universitat de València
Páginas279-304

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1. Introducción

La grave crisis económica que viene padeciendo nuestro país desde hace varios años, ha ocasionado el replanteamiento de la viabilidad del llamado estado del bienestar1y dentro del mismo del actual sistema de pensiones. Los factores

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que han influido en este replanteamiento han sido fundamentalmente los siguientes; la alta tasa de desempleo, el incremento de la esperanza de vida y el envejecimiento de la población.

En cuanto al primero de los factores citados, la tasa de desempleo, está alcanzando niveles muy preocupantes; durante el primer trimestre de 2013 se registró una tasa de paro del 27,16% (6.202,7 miles de personas). El Fondo Monetario Internacional (FMI) ante la expectativa de un menor crecimiento en las economías emergentes, revisa sus previsiones y pronostica un crecimiento para la economía española situado en el 0,0%2.

En relación con el segundo y el tercer factor, muy relacionados entre sí, incremento de la esperanza de vida y el cada vez mayor envejecimiento de la población, nos encontramos con un riesgo potencial que el Comité de Expertos encargado de analizar el factor de sostenibilidad del sistema público de pensiones (junio de 2013) denomina «demográfico». Nos parece muy indicativo transcribir su opinión en este aspecto en concreto:

Avances de todo tipo a lo largo del siglo XX y la primera década del siglo XXI han provocado que cada vez más personas lleguen a edades avanzadas y que, una vez alcanzadas esas edades, vivan cada vez más años. A principios del siglo XX, en España solo un 35% de cada generación alcanzaba los 65 años; hoy lo hace el 90%. En 1900 la esperanza de vida de los españoles con 65 años era de unos 10 años; hoy esperan vivir 20 años más (y hacia 2050 se prevé que vivan 25 años más). Además, en las próximas décadas llegarán a la edad de jubilación cohortes de población muy numerosas, nacidas en el baby boom, entre finales de los cincuenta y la primera mitad de los años setenta del siglo XX. Todos esos fenómenos hacen que el peso de la población mayor de 65 años en la población total haya crecido en las últimas décadas hasta el 17% actual, estando previsto que alcance el 37% en 2052. En esta última fecha, por tanto, se espera que uno de cada tres individuos tenga más de 65 años

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Y es más, el anteriormente citado Comité advierte que «en cifras absolutas, el numero de pensiones que prevé la Seguridad Social pasaría de los 9 millones actuales a los 15 millones en 2052».

Haciendo un poco de historia no podemos dejar de hacer referencia al Pacto de Toledo3que estableció una serie de recomendaciones tendentes a reformar el sistema público de pensiones y que en las actualidad resultan medidas con un fuerte componente reformista; entre ellas destacamos las siguientes: creación de reservas en las épocas de crecimiento económico para destinarlas a fondos que equilibren el sistema en periodos de crisis; separación y clarificación de las fuentes de financiación; mejoras de las bases de cotización; mejora de los mecanismos de recaudación y lucha contra la economía sumergida; exoneración total o parcial de la obligación de cotizar cuando el trabajador opte voluntariamente por permanecer en activo (con suspensión proporcional del percibo de la pensión); revalorización automática de las pensiones para evitar la pérdida de su poder adquisitivo y posibilidad de establecer una serie de pluses por jubilación posterior a los 65 años4.

En aras a intentar solucionar el panorama actual y los factores que ponen en peligro el mantenimiento a perpetuidad del actual sistema de pensiones, el legislador consciente de ello, cumpliendo con las exigencias del Pacto de Toledo y debido a la necesidad de su renovación, aprueba la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Las principales pretensiones de esta disposición normativa fueron garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de la Seguridad Social así como afrontar la necesidad de «reforzar la contributividad del sistema estableciendo una relación más adecuada entre el esfuerzo realizado en cotizaciones a lo largo de la vida laboral y las prestaciones contributivas a percibir».

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Con posterioridad y mediante el Real Decreto-Ley 29/2012 de 28 de diciembre, el actual Gobierno suspendió por un plazo de tres meses (entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2013) su entrada en vigor con respecto a las modificaciones introducidas en relación con la regulación de las formas de acceder a la jubilación anticipada (excepto en lo referente a la jubilación de los mutualistas antes de 1 de enero de 1967) y a la jubilación parcial.

Tras la anterior medida, y otra vez utilizando la técnica de la delegación legislativa, se dicta el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo5, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. En esta ocasión el objetivo de la norma no es otro que atender al mandato que la Comisión Europea fijado en el Libro Blanco 2012: Ayuda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles; se impone la necesidad de reformar el actual sistema de las pensiones debido a las previsiones demográficas, que fueron objeto de análisis por parte de la Comisión, y a la necesaria sostenibilidad de las finanzas públicas, máxime en períodos de crisis financiera y económica como el actual (preámbulo).

El presupuesto habilitante de ambos Decretos es el mismo; la extraordinaria y urgente necesidad debido a la crisis económica española.

Como puede observarse, estamos siendo objeto de una serie de vaivenes legislativos motivados por las desavenencias entre los dos partidos que obtienen en las urnas mayoría para formar gobierno. Estas desavenencias, bajo nuestro punto de vista, solo pueden conducir a generar en el ciudadano opiniones contradictorias que no deben permitirse ni prolongarse en un Estado de Derecho.

Siguiendo con el tema que nos ocupa y fruto del resultado de su exhaustivo análisis sobre el actual sistema de pensiones español, el Comité de expertos llega a una serie de conclusiones que se fundamentan en la necesaria inclusión del denominado «factor de sostenibilidad» que consideran «necesario, adecuado y aceptable» y que ha de ir acompañado de «esfuerzo sustancial de transparencia» para asegurar que el sistema sea sostenible6:

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El Factor de Sostenibilidad debe garantizar, en todo momento, el equilibrio entre los gastos e ingresos de un sistema público de pensiones que debe estar en observación permanente y puede necesitar cambios y reformas para que cumpla con sus objetivos: pensiones adecuadas, equidad intergeneracional y sostenibilidad a largo plazo

.7Volviendo al factor demográfico, claramente influyente en el sistema público de pensiones, volvemos a incidir en la importancia del riesgo que implica el envejecimiento de la población europea y del espectacular incremento del mismo en cuanto a España se refiere. Según el último Informe sobre envejecimiento elaborado por la Comisión Europea en 20128, de los 517 millones de ciudadanos europeos que se

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prevén en 2060, un tercio de ellos alcanzarán la edad de 65 años9. Además y como contrapartida el número de personas en edad de trabajar disminuirá de manera considerable. El porcentaje de población entre 15 y 64 años de edad se verá disminuido del 67% al 56%. En lo que a nuestro país atañe podemos afirmar que sigue inmerso en su proceso de envejecimiento de la población. Un informe del CSIC10

(Instituto Superior de Investigaciones Científicas) revela los siguientes datos:

La longevidad se ha incrementado de forma espectacular durante todo el siglo XX. En 1900 la esperanza de vida era de 34,8 años, y ahora es de 82,0. El factor que más ha incidido es el descenso de la mortalidad infantil.

El número de personas de 85 y más años por cada 100 de 45 a 65 años (ratio de apoyo familiar) ha ido aumentando progresivamente en los últimos años y se estima que seguirá haciéndolo, de manera que cada vez serán menores los recursos familiares disponibles para apoyar a una cifra tan alta de mayores.

A los 65 años, la esperanza de vida de las mujeres es de las más altas de la UE, detrás de Francia; lo mismo sucede con los varones (2010). Sigue existiendo un declive de la mortalidad a edades altas lo que provocará una mayor supervivencia de los mayores y un envejecimiento de los ya viejos.

España es un país con una cifra de años esperados de vida tras la jubilación para los hombres bastante alta (17,3 años), por encima de países como Estados Unidos y buena parte de la Unión Europea

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Así las cosas, y teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, nos preguntamos si nuestro sistema público de pensiones sería capaz de afrontar estos riesgos y nos planteamos la conveniencia y viabilidad futura de los sistemas privados de pensiones como formulas alternativas al sistema público actual11. El

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presente trabajo tiene como principales objetivos el estudio y análisis de la fórmula relativamente novedosa y alternativa que suponen los planes de previsión social empresarial. Comenzaremos nuestra exposición por el análisis de su marco jurídico. En segundo lugar, nos centraremos en su definición, características y delimitación con otras modalidades como son los planes de pensiones y los sistemas de previsión social. Posteriormente abordaremos su tratamiento fiscal y analizaremos la calificación de las aportaciones para el empresario o empleador así como para el...

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