La responsabilidad penal de la persona jurídica y el Derecho Comunitario: un caso de tensión constitucional (a propósito de los artículos 2.º y 4.º del Protocolo de Defensa de la Competencia del Mercosur)

Anuario de Derecho Penal y Ciencias PenalesNúm. LVII, Enero 2004

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Abogados Penal

Resumen


I. Propósito y método II ¿Existen, entre los instrumentos legales del mercosur, disposiciones que permitan aplicar sanciones penales a la persona jurídica? III. Las normas constitucionales de los estados partes y la posibilidad de tensión: los casos de Brasil y Argentina l. Introducción 2. La responsabilidad penal de la persona jurídica en el sistema jurídico brasileño 3. Los artículos 2 y 4 del protocolo y el modelo Constitucional argentino: un caso de tensión IV. A modo de conclusión

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Extracto


La responsabilidad penal de la persona jurídica y el Derecho Comunitario: un caso de tensión constitucional (a propósito de los artículos 2.º y 4.º del Protocolo de Defensa de la Competencia del Mercosur)

I. Propósito y método

Una de las dificultades que se presentan al momento de intentar elaborar cualquier política criminal que se pretenda multinacional, deriva de las distintas configuraciones dogmáticas propias de los sistemas normativos de cada uno de los Estados que conforman la región cuya integración se pretende. En este sentido, lleva razón Terradillos Basoco cuando, en un muy reciente trabajo, expresara que: "En el plano puramente dogmático, directamente condicionado por la realidad normativa, el primer obstáculo a superar en la elaboración de propuestas supranacionales es el de la heterogeneidad. No sólo por la diversidad de sistemas jurídicos, sino porque la distancia que separa, en lo económico, lo político o lo cultural, a los distintos países, hace difícilmente compartibles valoraciones y métodos" 12.

Si lo dicho anteriormente es una afirmación valida respecto a la política criminal en general, mayor lo será para el caso de que estos mecanismos de integración se refieran, concretamente, a una de las formas de criminalidad más típicas que se evidencian en el actual proceso globalizador: la denominada delincuencia económica-empresarial organizada. Ello es así, por cuanto las figuras delictivas que nutren esta forma de criminalidad se han venido caracterizando, en estos últimos tiempos, por captar comportamientos alejados del paradigma de los clásicos delitos convencionales que vienen legislando, en forma tradicional, los códigos penales (v.gr. delitos contra la vida o el patrimonio; o, incluso, tratándose de bienes jurídicos colectivos, la salud pública) y que, por ende, carecen de una regulación legal suficientemente asentada, encontrándose, en buena medida, pendientes de elaboración teórica 3.

Precisamente a partir de la constatación de este último aspecto -y como producto directo de ello-, algunos autores han comenzado a pensar en la necesidad de constru...

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