La pensión de jubilación

AutorVíctor Santa-Bárbara Rupérez
CargoDirector Provincial de Barcelona; Coordinador Territorial del Servicio Público de Empleo Estatal
1. Regulación normativa

Ha sido objeto de una extensa y ardua regulación modificada intensamente a lo largo de los años hasta llegar al momento actual.

Todo parte del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, y a continuación en el año 2007 entra en vigor la Ley 40/2007de 4 de diciembre de medidas en materia de Seguridad Social.

Sin duda las modificaciones más importantes y transcendentales por lo que a la prestación de jubilación se refiere, vienen dadas por la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la seguridad social. Resultan especialmente significativos, cambios tales como la exigencia de forma progresiva y gradual a la edad de acceso a la jubilación, la modificación paulatina del sistema de cálculo de la base reguladora, el establecimiento de nuevos porcentajes aplicables a la base reguladora para determinar la cuantía de la pensión, variación de porcentajes por prolongación de la vida activa laboral o la fijación de nuevos coeficientes reductores de la edad de jubilación anticipada.

Con el objeto de desarrollar determinados aspectos de esta nueva ordenación legal, necesarios para facilitar la aplicación paulatina y gradual de estas medidas adoptadas y efectivas desde el 1 de enero del 2013 surge el Real Decreto 1716/2012 de 28 de diciembre de “desarrollo de disposiciones establecidas en materia de prestaciones, por la ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la seguridad social”.

En la misma fecha que este Real Decreto se publica el Real Decreto-Ley 29/2012 “de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social”. En su disposición adicional primera suspende la aplicación de determinados preceptos de la Ley 27/2011, relativos a la jubilación anticipada y parcial. Tales preceptos serán definitivamente regulados a través del Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo “de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo”, en cuyo artículo 8 modifica la disposición final 12ªen su punto 2 que regula la regulación de la normativa anterior después de enero de 2013, el cual será de aplicación a partir del 17...

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