Los peligros y el impacto de los residuos: desde la clasificación normativa hasta la compatibilidad medioambiental

AutorJacques Méhu
CargoINSA

Definición/clasificación de los residuos

En el mundo industrializado, los residuos se han definido siempre, empíricamente, en función de cinco aspectos complementarios:

Su supuesta naturaleza peligrosa o innocua.

La fuente (por sectores, actividades industriales, operaciones que los producen, etc.)

Características (combustibles, fermentables, etc.), a menudo asociadas a uno o más subtipos posibles.

Naturaleza o contenido (residuos de plásticos, residuos contaminados con arsénico, etc.).

En el caso de residuos de consumidores, función del producto después del fin de su vida útil (pilas, disolventes, envases, etc.)

Hasta ahora no se han elaborado listas únicas, claras y no ambiguas, y la ausencia de un lenguaje común ha dificultado seriamente el progreso en la gestión de residuos en la industria, de forma que se respeten la ley y el medio ambiente. No es posible establecer incentivos adecuados, ni tampoco una política de control sin una definición y una clasificación comunes.

Algunos Estados Miembros disponen de nomenclaturas o catálogos, resultado de su deseo de lograr un lenguaje común pragmático: los más importantes son el catálogo alemán y la nomenclatura francesa.

A nivel comunitario, la directiva marco 75/442/EEC se basaba en una definición insatisfactoria de los residuos. Las 16 categorías incluidas en el Anexo I tienen títulos vagos, que indican las razones por las que se abandonó el material en cuestión (productos que no cumplen las normas o caducados, material dañado accidentalmente, sustancias inadecuadas para el consumo, etc.) pero no resultan utilizables para una gestión pragmática y eficaz de los residuos.

La versión actualizada (91/156/EEC) liga la definición de los residuos con su pertenencia a una lista publicada tres años antes. La Comisión encargó la elaboración de esta lista de residuos a un grupo de ocho consultores, de acuerdo con los principios siguientes:

Necesidad de una lista única

Exhaustividad. Objetivo difuso, ya que depende de la exactitud de las definiciones y no puede tener en cuenta la aparición de nuevas tecnologías.

Aspecto pragmático del texto descriptivo utilizado, relacionado con la operación en la que se generan los residuos.

Ausencia de referencias a las sustancias que contienen los residuos, o a la concentración de un elemento dado.

Preocupación por la coherencia con los documentos comunitarios que se refieren a residuos.

Tener en cuenta la realidad industrial, a través del trabajo de los consultores para preparar una serie de proyectos en el sector de fabricación.

Además del trabajo de traducción e información realizado por los consultores sobre los distintos sistemas y textos nacionales existentes, como resultado de esta tarea se sometió a la Comisión un Catálogo Europeo de Residuos. Después de una labor de "retoque" en la que no intervino el grupo de consultores, el Catálogo se publicó el 7 de enero de 1994. En esta versión se advirtieron una serie de errores. Por ejemplo, la confusión entre las escorias producidas por la primera y por la segunda fusión del plomo (10 04 01), que no tienen nada en común, excepto que sus textos descriptivos son casi sinónimos. Dada la naturaleza muy contaminante de la segunda, su asimilación a la primera categoría pone en peligro las operaciones de recuperación de la escoria de la primera fusión, que es poco contaminante.

La supresión de la categoría 19 01 (residuos producidos por la incineración de residuos industriales peligrosos) hace que se excluya del catálogo una parte esencial del tratamiento de residuos, incluyendo residuos importantes, como escoria de hierro y, sobre todo, residuos del control de la contaminación del aire. La razón que se aduce es la imposibilidad de referirse a residuos cuya lista no se ha publicado todavía, dadas las dificultades encontradas para elaborarla.

El trabajo del Comité de Adaptación al Progreso Científico y Técnico (CAPST) para actualizar el Catálogo, debe resolver este problema.

Definición/clasificación de residuos peligrosos

El grupo de consultores, cuya segunda tarea consistía en sentar las bases de la lista de residuos peligrosos, apreció en seguida la dificultad de legislar sistemáticamente, de una vez por todas, sobre la naturaleza peligrosa de la mayoría de los residuos. De hecho, un cambio de un país a otro, de una empresa a otra, o incluso de un día a otro, puede alterar tanto la naturaleza de la sustancia contenida como su disponibilidad medioambiental (solubilidad, volatilidad, etc.). En consecuencia, el impacto potencial sobre el hombre y el medio ambiente puede verse radicalmente alterado.

A sugerencia de algunos Estados Miembros (principalmente Francia y Alemania), se ha establecido una lista mínima (decisión 94/904/EEC) cuya actualización y extensión progresiva depende de los criterios para clasificar un residuo como peligroso y, sobre todo, de sus posibilidades de aplicación efectiva.

Estos 14 criterios, que se enumeran en el Anexo III de la directiva 91/689/EEC, son de cuatro tipos: H1 a H3, "peligros físicos"; H4 a H12, "peligros para la salud humana"; H13, "peligros que siguen a la eliminación del residuo"; H14, "peligros medioambientales".

El criterio H14 es fundamental, dados los riesgos que presentan los contaminantes en contacto incontrolado con el medio y en ausencia de reglamentos adecuados. Además, la clasificación a priori de los residuos catalogados como peligrosos ha mostrado que, en torno al 80 % de los residuos considerados peligrosos, lo son en función del criterio H14 únicamente. En 1994, la DGXI ha encargado a POLDEN el estudio de una metodología para la atribución del criterio H14.

Estos criterios no están operativos en los Estados Miembros, dado el retraso en la adopción de la lista misma. Sin embargo, algunos países, como el Reino Unido, Austria y Francia, han comenzado a utilizar las listas a nivel nacional, adoptando los 14 criterios para añadir o eliminar residuos de la lista.

Desde principios de 1997, Francia está trabajando activamente para establecer modalidades prácticas de aplicación de los criterios de peligrosidad (H1 a H14). Para ello, la Red de Investigación Cooperativa sobre Residuos RECORD (Réseau Coopératif de Recherche sur les Déchets) y el Ministerio de Medio Ambiente francés han lanzado programas experimentales conjuntos sobre la aplicación de los criterios de peligrosidad a una amplia gama de residuos. La Resolución que desarrolla el Decreto de 15 de mayo de 1997 (aplicando la decisión 94/904/CEE), publicada en enero de 1998, contiene el método mínimo y los valores límite para el criterio H14. El actual proyecto es similar al llevado a cabo por POLDEN para la Comisión, en 1994.

La principal cuestión pendiente se refiere a las condiciones en las que se han de poner en práctica estos criterios. Sobre este punto existen varias interpretaciones:

Aplicación con vistas a la modificación de la lista europea (incorporaciones o eliminaciones según el trabajo del CAPST, a petición de los Estados Miembros). Es lo que espera la Comisión.

Extensión a nivel nacional (como desea Francia)

Eliminación de la lista de cierto número de residuos, basándose en los datos del productor (lo que desea la industria).

La ley francesa sobre residuos de 13 de julio de 1992, que se refiere a todos los residuos (peligrosos, urbanos, inertes, etc.) estipula que, para el año 2002, sólo se admitirán en los vertederos los residuos "finales". Según esta ley, un residuo final es "un material que ya no puede ser tratado más, en las actuales condiciones técnicas y económicas, en particular por extracción de la fracción recuperable o reutilizable o por reducción de su carácter peligroso o contaminante".

Desde luego, este concepto puede evolucionar. Además, como no está basado en criterios cuantitativos, es a menudo objeto de controversias sobre su aplicación, especialmente en lo que se refiere a residuos domésticos.

La pregunta que se plantea es hasta qué punto deben tratarse los residuos.

Las perspectivas de la aplicación de nuevos reglamentos sobre el vertido de residuos finales industriales a vertederos amenazan con un aumento drástico de los costes de gestión de estos residuos (vertido con estabilización previa en ciertos casos). Ello hace que las industrias reconsideren los procesos que generan residuos (reducción en la fuente, pretratamiento) para reducir la cantidad que debe tratarse o el carácter contaminante. En algunos casos extremos, el propio proceso se ha puesto en cuestión y se ha reconsiderado la eliminación de los residuos peligrosos.

Respecto a la gestión de residuos finales peligrosos "inevitables", procedentes de la industria, se abren dos zonas de reflexión:

Eliminarlos de la lista (autorizando su vertido como "no peligrosos", e incluso como potencialmente "inertes").

Recuperar los residuos tal como están o después de estabilizarlos, sin llevarlos a vertedero (de hecho, obtener ingresos de ellos).

En ambos casos, se necesita un verdadero estudio del comportamiento medioambiental del residuo, en situaciones reales de vertido o utilización, considerando este estudio como complemento de la verificación del carácter oficialmente "peligroso" del residuo.

Eliminación de residuos industriales de la lista de residuos peligrosos

Esta claro que para eliminar residuos industriales de la lista de residuos peligrosos, hay que tomar en consideración alguna técnica de estabilización, como por ejemplo los procesos de extracción. Esta posición se puede justificar porque, por una parte, la composición del residuo, y por tanto su potencial contaminante, se modifica en gran medida con la extracción de la fracción más soluble y de parte de los metales lixiviables; y, de otro lado, porque parte de la fracción salina se puede a veces recuperar para reutilizarla después.

Esto puede aplicarse también a la vitrificación, cuyo coste es generalmente más alto que el del vertido después de estabilización con ligantes minerales. Actualmente se está diseñando un método de evaluación para el proceso de vitrificación. Su aplicación puede permitir la eliminación de residuos de la lista de residuos peligrosos, o incluso el uso generalizado de materiales vitrificados en ciertas condiciones y respetando ciertos límites que han de ser definidos todavía.

Hay que señalar aquí que, puesto que los residuos estabilizados no se consideran peligrosos en la lista europea, los reglamentos franceses que estipulan su vertido como residuos peligrosos (según la tipología del proyecto de Directiva sobre Vertidos) podrían revisarse caso por caso, considerando los aspectos técnicos y científicos, en particular para los residuos que se han sometido a extracción o a reducción de su potencial contaminante.

La red RECORD ha financiado un estudio sobre el uso generalizado de materiales derivados de residuos, que conduce a la definición de las especificaciones técnicas (criterios de uso) y medioambientales (presentes y futuras) que deben tenerse en cuenta. De este estudio se derivan algunas conclusiones:

Para que un residuo se pueda recuperar debe ser capaz de sustituir a un material en uso (arena, granulados, cargas), respetando las especificaciones técnicas como granulometría, resistencia mecánica y reactividad frente a otros componentes. Por ejemplo, el problema de la compatibilidad entre los ligantes hidráulicos y las matrices vítreas hizo que varios vitrificantes adoptasen un enfriamiento lento, que refuerza la cristalización.

Además, el coste debe ser menor que el del material al que sustituye, y su disponibilidad cuantitativa y geográfica al menos equivalente.

En Francia hay una lamentable falta de especificaciones medioambientales. La elaboración de la norma ENV 12-920 debe llenar este vacío, a largo plazo (véase más adelante).

Se excluye la recuperación que consiste simplemente en diluir el residuo en una construcción, sin que participe, por sus propiedades, en las especificaciones de la misma.

El simple hecho de que la estabilización de un residuo para su vertido es cara no le confiere ningún valor respecto a su reutilización en ingeniería civil.

El futuro de la utilización de residuos (incluida la escoria de hierro procedente de la incineración de residuos domésticos) necesita tener en cuenta su comportamiento a largo plazo en un escenario bien definido, lo que conduce a especificaciones medioambientales.

Comportamiento a largo plazo

El proyecto de Directiva Europea sobre Vertidos menciona tres niveles de evaluación de residuos:

Nivel 1: caracterización básica, comportamiento frente a la lixiviación, a largo plazo.

Nivel 2: ensayos de comprobación, verificación de los parámetros de comportamiento a largo plazo.

Nivel 3: ensayos rápidos; control in situ.

El nivel 2 se corresponde con los ensayos de comprobación que existen en muchos países europeos para aceptar los vertidos. El Grupo de Trabajo 2 del CEN/TC 292 se encarga de la normalización de estos ensayos a nivel europeo.

El Grupo de Trabajo 6 se encarga del nivel 1, que tiene importancia estratégica, ya que se supone que condiciona los otros niveles. El trabajo ha conducido a la norma ENV 19 920 "Metodología sobre el comportamiento frente a la lixiviación de residuos en condiciones específicas".

Se utilizan tanto ensayos paramétricos específicos como ensayos de simulación, y se ha propuesto un modelo de comportamiento. Sobre esta base, se puede hacer una predicción de la liberación de sustancias, en un período determinado. En este marco, los tres ensayos que son objeto de prioridad en la normalización europea son:

Un ensayo paramétrico para medir la influencia del contexto químico (en particular del pH) sobre la solubilización de los contaminantes de un residuo.

Un ensayo de simulación sobre el comportamiento frente a la percolación de un volumen de residuo granular.

Un ensayo de simulación de la transferencia superficial de contaminantes para residuos monolíticos.

El campo de aplicación de este trabajo excede con mucho del marco de los vertidos de residuos peligrosos. También concierne a otros tipos de vertidos (el proyecto en preparación de un marco reglamentario francés para el vertido de distintos tipos de residuos inertes, incorpora esta idea), a la recuperación o reutilización de residuos en obras públicas (construcción de carreteras, por ejemplo) y, en general, a cualquier evaluación de la difusión de contaminantes en el medio ambiente, a partir de una fuente determinada, en condiciones específicas (mecánicas, geo-técnicas, climáticas, biológicas, de utilización del terreno, factores de riesgo, etc.) y en un período de tiempo dado.

La aplicación progresiva de estas etapas ambiciosas en el campo medioambiental mejorará considerablemente la evaluación de los flujos de contaminantes emitidos por diversas fuentes de residuos hacia el medio ambiente, y su evolución en el tiempo. Se plantea, pues, la cuestión de cuál sea el impacto real de estos flujos de contaminantes sobre el hombre y el medio. La integración de estas dos nociones, el "término fuente" y el "efecto sobre el medio receptor" es la base del nuevo concepto de compatibilidad medioambiental.

La compatibilidad medioambiental: un concepto fundamental

Las condiciones de eliminación o utilización de recursos se definen todavía hoy sobre bases técnicas y reglamentarias de las mejores tecnologías disponibles. Trabajar con la lógica del impacto consistiría en basar los reglamentos sobre medidas e instrumentos fiables para la evaluación del impacto real de los residuos sobre el hombre y el medio.

La compatibilidad medioambiental de un residuo se puede definir como una situación en la que los flujos de contaminantes procedentes de un residuo situado en un contexto físico, hidrológico y bio-físico-químico determinado, son compatibles con el flujo de contaminantes aceptable para este medio receptor. La evaluación de la compatibilidad medioambiental exige tener en cuenta tres términos principales:

La emisión de flujos de contaminantes al verter el residuo, o "término fuente". Este término es función del potencial contaminante intrínseco de los residuos ("término A") y del modo de vertido del residuo en el medio ("término B" o "término envoltura").

El transporte de los flujos contaminantes que salen de la envoltura hacia el medio receptor, o "término T".

El nivel de aceptación de los flujos contaminantes por el medio receptor o "término C".

Actualmente se persigue este ambicioso objetivo mediante un programa de investigación multianual, financiado por la agencia francesa de medio ambiente y energía, ADEME (Agence française de l'Environnement et de la Maîtrise de l'Energie) y coordinado por la división POLDEN de INSA Lyon Développement. En él intervienen especialistas de muchas disciplinas: físico-química, microbiología, geo-tecnología, hidrología, eco-toxicología, ecología, etc. y debe permitir la definición de las condiciones óptimas de vertido y utilización de residuos.

A su vez, la compatibilidad medioambiental puede convertirse en un instrumento de comunicación útil al abrir nuevos vertederos o iniciar operaciones de recuperación.

En abril de 1999, INSA Lyon va a organizar una conferencia internacional sobre "La estabilización de residuos y el Medio Ambiente", con objeto de subrayar la necesidad de complementariedad entre las tres etapas sucesivas de la evaluación:

Control de la emisión de contaminantes desde residuos estabilizados, en función de sus propiedades intrínsecas y de las condiciones del escenario.

Transporte y evolución de los contaminantes emanados de estos residuos, en el medio ambiente natural.

Impacto de esos contaminantes sobre la salud y sobre el medio ambiente.

El objetivo final será proporcionar información a los organismos responsables de dictar los reglamentos y a la industria de gestión de residuos.

Conclusión

La Directiva 91/689 ha conducido a establecer una lista mínima de residuos peligrosos, junto con 14 criterios de peligrosidad. Dichos criterios se pueden utilizar, a priori, tanto para ampliar la lista como para eliminar ciertos residuos de ella, sea a nivel nacional o a nivel europeo.

Hay una tendencia creciente a completar estos criterios intrínsecos o incluso a que sustituyan a los criterios de comportamiento en las situaciones reales en las que los residuos se vierten o se recuperan. En especial, para la reutilización en ingeniería civil o para el vertido de residuos finales, tales como los residuos de procesos térmicos (escorias, cenizas volantes y residuos del control de la contaminación del aire).

Se debe fomentar el desarrollo de nuevos métodos de evaluación, como la norma ENV 12-920 del Grupo de Trabajo 6 del CEN/TC292 y, a largo plazo, la investigación de la compatibilidad medioambiental de los residuos. El objetivo a largo plazo es, desde luego, proporcionar información a los organismos responsables de redactar los reglamentos y a las industrias de gestión de residuos estabilizados.

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Palabras clave

residuos peligrosos, legislación europea sobre residuos, compatibilidad medioambiental, criterios, ensayos

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Correo electrónico: polden@insa-lyon.fr

Sobre el autor

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Jacques Méhu posee un diploma en Ingeniería Energética con especialización en estudios medioambientales y ha sido directivo de POLDEN (Contaminación, Residuos, Medio Ambiente) desde 1988. Sus principales temas de interés son el análisis y la caracterización del comportamiento de los residuos frente a la lixiviación, y la clasificación, estabilización, solidificación y vitrificación de residuos. Ha trabajado como experto para la Comisión Europea y en proyectos de cooperación internacional en Estados Unidos, Canadá, Japón, Corea del Sur y China.

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