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- Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, Del Impuesto Sobre el Valor Añadido
- Titulo I. Delimitación Del Hecho Imponible
Artículo 12. Operaciones asimiladas a las prestaciones de servicios
Autor | Julio Banacloche Pérez-Roldán |
Artículo 12.—OPERACIONES ASIMILADAS A LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS
Se considerarán operaciones asimiladas a las prestaciones de servicios a título oneroso los autoconsumos de servicios.
A efectos de este impuesto, serán autoconsumos de servicios las siguientes operaciones realizadas sin contraprestación:
-
Las transferencias de bienes y derechos, no comprendidas en el artículo 9.º número 1.º, de esta Ley, del patrimonio empresarial o profesional al patrimonio personal del sujeto pasivo.
-
La aplicación total o parcial al uso particular del sujeto pasivo o, en general, a fines ajenos a su actividad empresarial o profesional de los bienes integrantes de su patrimonio empresarial o profesional.
-
Las demás prestaciones de servicios efectuadas a título gratuito por el sujeto pasivo no mencionadas en los números anteriores de este artículo.
COMENTARIO
En paralelo al artículo 9 respecto de las «entregas» (reguladas en el art. 8) se asimila a la prestación de servicios el autoconsumo de los mismos en cualquiera de los tres siguientes casos:
— Las transferencias que no constituyan autoconsumo por «entrega» según el artículo 9.1.º, lo que significa que, como la única diferencia con este precepto y apartado sólo se localiza en el objeto de la transferencia (un bien corporal), son servicios las transferencias de bienes incorporales (un derecho, por ejemplo) para su ejercicio o empleo fuera de la actividad empresarial o profesional a la que se debían considerar afectos.
Se debe entender por transferencia aquella operación en la que sólo interviene una parte, el propio empresario o profesional, que decide desafectar un bien del patrimonio de su actividad para otros fines o utilizaciones.
— El mero uso o cesión (la aplicación; ¿temporal?) de bienes afectos a la actividad para fines ajenos a ella.
— Y las prestaciones de servicios gratuitas a...
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- Titulo I. Delimitación del hecho imponible
- Artículo 4. Entregas de bienes y prestaciones de servicioes. Hecho imponible
- Artículo 5. Concepto de empresario o profesional
- Artículo 6. Concepto de edificaciones
- Artículo 7. Operaciones no sujetas al impuesto
- Artículo 8. Concepto de entrega de bienes
- Artículo 9. Operaciones asimiladas a las entregas de bienes
- Artículo 10. Concepto de transformación
- Artículo 11. Concepto de prestación de servicios
- Artículo 12. Operaciones asimiladas a las prestaciones de servicios
- Artículo 13. Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Hecho imponible
- Artículo 14. Adquisiciones no sujetas
- Artículo 15. Concepto de adquisición intracomunitaria de bienes
- Artículo 16. Operaciones asimiladas a las adquisiciones intracomunitarias de bienes
- Artículo 17. Importaciones de bienes. Hecho imponible
- Artículo 18. Concepto de importación de bienes
- Artículo 19. Operaciones asimiladas a las importaciones de bienes
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