Dirección de la organización como autoría mediata

Anuario de Derecho Penal y Ciencias PenalesNúm. LXII, Enero 2009

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Resumen


I. Introducción - II. El rechazo de la coautoría - III. El rechazo de la instigación - IV. La fundamentación de la autoría mediata en los casos de dominio de la organización - V. Los presupuestos del dominio de la organización - VI. Palabras finales

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Dirección de la organización como autoría mediata

I. Introducción

La autoría* mediata a través del empleo de aparatos organizados de poder, que también es denominada resumidamente como «dominio de la organización», constituye en la actualidad un tema básico de la discusión en la teoría penal de la autoría. Esto no solamente rige para la ciencia penal sino también para la jurisprudencia de los tribunales de las máximas instancias. Es más, la influencia de esta figura jurídica no solamente se limita a la práctica de los tribunales nacionales, sino se extiende cada vez más también a los tribunales internacionales con jurisdicción penal.

En el año 1963 desarrollé por primera vez esta forma de autoría1. ésta se basa en la tesis de que, en una organización delictiva, los que están detrás de ella y que ordenan la comisión de delitos, teniendo un poder autónomo de dar órdenes, también podrían ser hechos responsables como autores mediatos aun cuando los ejecutores directos puedan ser penados igualmente como autores plenamenteresponsables. En el lenguaje coloquial alemán se designa a estos maquinadores como «autores de escritorio». Mi idea consistía en volcar este concepto cotidiano en una categoría precisa de la dogmática jurídica. Detrás de estos esfuerzos se encontraba, como motivación directa, el proceso que acababa de culminarse en Jerusalén contra Adolf Eichmann; uno de los principales responsables de la matanza de judíos en la época nazi.

En las décadas siguientes, esta novedosa construcción jurídica se ha impuesto mayoritariamente en la literatura alemana2 y en 1994 ha sido acogida por el Tribunal Federal alemán 3. En el fallo pertinente, se condenó, como autores mediatos de homicidios dolosos, a los miembros del llamado «Consejo Nacional de Defensa» del antiguo gobierno de Alemania del Este, porque ellos habían ordenado impedir, en caso necesario mediante disparos mortales, la ejecución de los planes de fuga...

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