Algunas novedades en materia Derecho mercantil de la Ley de Economía Sostenible
Actualidad Jurídica (Uría & Menéndez) › Núm. 29, Mayo 2011
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La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible ha entrado en vigor el pasado 6 de marzo de 2011, con la excepción de la modificación prevista en la disposición final decimocuarta al artículo 60.3 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, que sólo resultará de aplicación para las pólizas de seguros suscritas o renovadas a partir del 1 de enero de 2013. Los cambios introducidos por esta norma, que en su propia exposición de motivos se califica como transversal y de carácter estructural, tienen por objeto incentivar y acelerar el desarrollo de la economía española.
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Algunas novedades en materia Derecho mercantil de la Ley de Economía Sostenible
El pasado 5 de marzo de 2011 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la tan anunciada Ley 2/2011, de Economía Sostenible (la «Ley de Economía Sostenible»). Con 114 artículos, 20 disposiciones adicionales, nueve transitorias y 60 finales, la Ley de Economía Sostenible es una amalgama que recoge cuestiones tan dispares como la reforma de la actividad catastral, la utilización de las nuevas tecnologías en la banda de frecuencias 900 MHz o el establecimiento de directrices para fomentar la política de internacionalización de las empresas, y modifica más de 50 normas con rango de ley. El presente artículo, mucho menos ambicioso que la ley de la que trae causa, tiene por objeto reflexionar sobre algunas de las novedades en materia mercantil que la Ley de Economía Sostenible ha introducido. En este sentido, se tratarán en primer lugar las novedades en materia de transparencia y gobierno corporativo, para pasar a la responsabilidad social de las empresas, posteriormente, la protección a clientes de servicios financieros y, finalmente, tratar algunas novedades en materia de seguros. A mo...
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