Noticias fiscal

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios

En las últimas semanas se está hablando de las numerosas novedades fiscales, casi todas de carácter puntual y sin conexión entre ellas, que están apareciendo en distintos textos legales.

Así, en la propia Ley reguladora de las denominadas SOCIMIS, ya publicada en el BOE, se incorporó un paquete de diversas medidas tributarias; también hay algunos proyectos de Ley actualmente en tramitación parlamentaria que incluyen algunas modificaciones de ámbito fiscal, como son los correspondientes a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, a la Ley de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas y a la Ley que regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas. Este conjunto de iniciativas legislativas se completa con el tan anunciado Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible que acaba de enviar el Gobierno al Congreso de los Diputados.

Es necesario hacer un adecuado seguimiento de estos textos, no sólo por la relevancia de algunos de los cambios que en ellos se proponen, sino también por las correcciones y las modificaciones que todavía se pueden introducir durante su discusión parlamentaria. Igualmente ha de tenerse en cuenta que no todas ellas tienen prevista una entrada en vigor a corto plazo, además de considerar que, al contrario de lo que ocurre con los proyectos de Ley mencionados, al Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible le queda todavía toda la tramitación parlamentaria por recorrer. Todo esto hace que en las próximas semanas sigamos oyendo propuestas y discusiones de cambios legislativos tributarios.

1. Sentencias

1.1 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Los intereses de demora por el retraso en el pago del justiprecio de una expropiación forzosa no son ganancia patrimonial (Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sentencia de 1 de julio de 2009)

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana considera que los intereses moratorios percibidos por el retraso en el pago del justiprecio, con motivo de una expropiación forzosa, no se califican como ganancia patrimonial, ya que los mismos tratan de resarcir los daños causados por la no disposición del capital o justiprecio.

En definitiva, a juicio del Tribunal, la "ganancia" derivada del pago de los intereses compensa la "pérdida" por el daño causado, siendo el efecto neto nulo.

1.2 Procedimiento administrativo. - La presentación extemporánea de una solicitud de devolución por causa imputable a la Administración no puede perjudicar al administrado (Audiencia Nacional. Sentencia de 19 de octubre de 2009)

En esta Sentencia, se analiza un supuesto en el que la Administración Tributaria había denegado una solicitud de devolución del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte efectuada por un empresario dedicado a la reventa de vehículos, al considerar que se había presentado fuera de plazo.

De acuerdo con el recurrente, la presentación extemporánea se debió a que la documentación que era necesario presentar con la solicitud fue entregada con retraso por la Jefatura de Tráfico de Barcelona.

En contra del criterio de la Administración Tributaria, entiende la Audiencia Nacional que no debe denegarse la devolución porque la extemporaneidad se debió a un retraso por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico. Así, a pesar de que las Administraciones competentes son distintas en cada caso, entiende el Tribunal que la actuación defectuosa de la Administración -en un sentido amplio del término- no puede ser utilizada en contra del propio administrado.

2. Resoluciones y consultas

2.1 Impuesto sobre Sociedades.- La deducción por actividades de exportación exige que la inversión guarde relación directa con la actividad exportadora, pero esta finalidad puede coexistir con otras sin que por ello se pierda el derecho a la deducción (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 6179/2008 de 28 de septiembre de 2009)

Existe una consolidada doctrina administrativa según la cual, la deducción por actividades dem exportación exige que exista una relación directa entre la inversión realizada y la actividad exportadora, no perdiéndose el derecho a la deducción en caso de fracaso de la inversión, esto es, que la inversión no llegue a traducirse en la realización de operaciones concretas de exportación, siempre que quede acreditada la intención exportadora y la concurrencia de circunstancias ajenas a la voluntad del inversor que han motivado tal ausencia de éxito.

Esta Resolución añade que es posible que la inversión no tenga como única finalidad la de iniciar o incrementar la actividad exportadora, en cuyo caso sólo podrá aplicarse la deducción respecto de la parte de la inversión que guarde la referida relación directa con la actividad exportadora. Así, se reconoce que en el ámbito económico-empresarial es frecuente encontrar decisiones inversoras que no contemplen o persigan un único fin ni, consiguientemente, respondan a una única causa, sino que la finalidad exportadora coexista con otras, como puede ser, simplemente, la de participar en los resultados que obtienen las entidades participadas por el desarrollo de su propia actividad (produciéndose el retorno de la inversión tanto por el incremento de las exportaciones como por la participación en los beneficios de la filial).

En el caso concreto analizado, además, el contribuyente había estimado el valor actual de los servicios a prestar durante treinta años aplicando una tasa de descuento y, con base en dicho cálculo, había aplicado la deducción. El Tribunal acepta este cálculo tras comprobar que la Inspección no había realizado un cálculo (o esfuerzo probatorio) alternativo.

2.2 Impuesto sobre Sociedades. - No cabe discutir el saldo pendiente de aplicar de deducciones acreditadas en ejercicios prescritos (Tribunal Económico- Administrativo Central. Resolución 2449/2007, de 10 de septiembre de 2009)

En esta Resolución se analiza (entre otras cuestiones) la facultad de la Inspección para comprobar las deducciones acreditadas en ejercicios prescritos, pendientes de aplicación en los ejercicios...

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