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AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
La Comisión considera que las condiciones de la CNE a Enel y Acciona violan el derecho comunitario

La Comisión ha remitido a España la evaluación preliminar respecto de la legalidad de la actuación de la CNE en relación a la OPA de Acciona y Enel sobre Endesa. En su análisis, la Comisión considera que las condiciones impuestas por la CNE en su decisión de 26 de abril (resolución sobre la adquisición por Enel del 24,99% de Endesa, parcialmente modificada por el Ministro de Industria el 30 de agosto de 2007) así como en la decisión de 4 de julio (relativa a la autorización solicitada de manera conjunta por Acciona y Enel por el 100% de Endesa) violan las normas sobre libre circulación de capitales, mercancías, así como con libertad de establecimiento (Artículo 56, 28 y 43 del TCE respectivamente). Si finalmente se demuestra la incompatibilidad de las condiciones de la CNE con el derecho comunitario, la Comisión declararía que España ha infringido el artículo 21 del Reglamento 139/2004, en la medida en que el Gobierno español habría interferido en la competencia exclusiva de la Comisión para decidir sobre una operación de concentración de dimensión comunitaria (operación que fue autorizada sin condiciones por la Comisión Europea el 5 de julio de 2007) exigiendo, asimismo, la retirada de las condiciones. En caso de incumplimiento, la Comisión llevaría de nuevo a España ante el TJCE, al igual que ocurrió en el caso de las condiciones impuestas por la CNE a E.On, demanda que se encuentra actualmente pendiente de sentencia. Las autoridades españolas tienen 30 días para manifestar sus puntos de vista al respecto.

Borrador de Directrices para el transporte marítimo

La Comisión ha publicado un borrador de Directrices sobre aplicación del derecho de la Competencia en el sector del transporte marítimo. La Directrices afectan no sólo al transporte regular de mercancías sino también al cabotaje y a los servicios internacionales de fletamiento (tramp), a los que les es plenamente aplicable la normativa de competencia desde la aprobación del Reglamento (CE) 1419/2006.

Los dos aspectos fundamentales tratados en las Directrices son los criterios que deben tenerse en cuenta a la hora de definir los mercados y de valorar determinados acuerdos de cooperación del sector de los servicios de...

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