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AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Investigaciones en las oficinas de Intel

Según informaciones publicadas el 12 de julio pasado, los funcionarios de la Comisión acompañados por agentes de las autoridades nacionales de competencia, llevaron a cabo una serie de inspecciones domiciliarias en las oficinas de Intel Corporation (Intel) en varios Estados miembros de la UE. Este asunto surge a raíz de la denuncia presentada por Advanced Micro Devices (AMD) al considerar que Intel desarrolla diversas prácticas comerciales con el objetivo de expulsarla del mercado. Las inspecciones se desarrollaron en las sedes de la empresa en Madrid, Munich, Milán y Swindom a fin de buscar pruebas sobre la realización de conductas anticompetitivas por parte de Intel. Además, la investigación se extendió a empresas fabricantes de tecnologías de la información para ordenadores, así como a las grandes compañías de distribución.

Bruselas pide la modificación de la acción de oro sobre Repsol, Endesa y Telefónica

La Comisión ha solicitado a España, mediante Dictamen motivado, la definitiva adecuación de la Ley de Privatizaciones (Ley 5/1995) a la normativa comunitaria. La Ley establecía un régimen de autorización previa en relación con las adquisiciones y decisiones en empresas privatizadas que operaban en sectores estratégicos -régimen conocido como acción de oro. Este régimen, que en la actualidad afecta a Repsol, Telefónica y Endesa, fue declarado por el TJCE incompatible con el Tratado CE al entender que obstaculizaba la libre circulación de capitales (sentencia de 13.5.2003). Tras la sentencia, el Gobierno modificó la Ley con el objeto de adaptarla al pronunciamiento comunitario. La modificación consistió fundamentalmente en sustituir el régimen de autorización por la notificación previa. No obstante, este régimen de notificación mantiene los efectos suspensivos sobre los ejercicios de derechos de voto de las participaciones adquiridas o sobre las decisiones en tanto no transcurre un plazo determinado en el que el Gobierno puede vetar la decisión, por lo que los efectos son similares a los de un régimen de autorización. Así las cosas, la Comisión considera que el régimen español no cumple plenamente con lo establecido por la sentencia. Si el Estado español no procede a adecuar la legislación de acuerdo con las indicaciones comunitarias, la Comisión puede llevar al Estado español de nuevo ante el TJCE por inejecución de la sentencia comunitaria (Vid. Números 15, 21 y 29).

Nuevo Reglamento de Exención por categorías en el sector aéreo

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