Extracto
Notas sobre las licencias obligatorias de patentes
Existen supuestos en los que concurren razones de interés público que no pueden satisfacerse con la explotación exclusiva que la Ley otorga al titular de la patente, o que no se satisfacen dada la forma en que el titular explota o no explota su derecho exclusivo.
En tales casos la contraposición entre el interés público y el interés privado del titular de la patente puede solucionarse a través de instrumentos jurIdicos diversos. Una primera forma de solucionar esa contradicción consiste en excluir, en la propia Ley, determinadas actuaciones del ámbito de protección de la patente. Se trata, por tanto, de exclusiones legales como las que se refieren a los actos con fines experimentales, a la preparación de medicamentos realizada en farmacias extemporáneamente o a la utilización de objetos patentados en medios de locomoción que penetran temporalmente en el territorio en que rige la Ley de Patentes. Éste es el supuesto previsto en el artículo 52 de la Ley de Patentes española que se corresponde con lo dispuesto también en el proyecto de Convenio sobre la patente comunitaria. En otros casos puede utilizarse una institución jurIdica de carácter general, como es la expropiación forzosa. Pero existen dos instrumentos peculiares de la legislación sobre patentes...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
- Concesiones.- Ley por la que se otorga a la Sociedad 'Transportes Aéreos de Guadarrama, S.A.', la de un ferrocarril telesilla en el puerto de Navacerrada, de Guarramillas a la Bola del Mundo.
Ver Otros Documentos que Citan la Misma Legislación
