"Naturaleza Jurídica de los Web Sites Comerciales en el Ambito Colombiano".

AutorAlvaro Gutierrez Godoy
CargoAbogado Egresado del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Santa Fe de Bogota.

El comercio electrónico está generando nuevas oportunidades de negocios, tanto para los consumidores y usuarios como para las empresas. Para ambos el mercado se amplifica, de un lado, con una impresionante variedad de nuevos productos que se pueden adquirir en cualquier parte del planeta, a su vez, las empresas llegan a consumidores y lugares nunca antes previstos. Implicaciones tan importantes para la sociedad, obligan a la ciencia del derecho a replantear la aplicabilidad y la conveniencia de la normatividad existente.

Con miras a colaborar en alguna medida con tan ardua labor, este breve ensayo pretende indagar desde la óptica del derecho comercial, la naturaleza jurídica de los sitios en Internet por medio del cual se llevan a cabo dichos negocios.

De acuerdo con el artículo 25 del Código de Comercio de Colombia (1) , estamos en presencia de una empresa, siempre que se presenten tres elementos inseparables.

El Empresario:

Es la persona jurídica o natural que organiza una determinada actividad económica con el fin de producir e intercambiar bienes en el mercado u ofrecer servicios a la comunidad.

La Actividad Económica Organizada:

Es el objeto que desarrolla el empresario y que puede ser de carácter industrial, comercial o de servicios.

El Conjunto de Bienes:

Son todos los bienes tangibles o corporales, los inmateriales, y la fuerza de trabajo, que organiza el empresario para el desarrollo del objeto que se ha propuesto. Este conjunto de bienes no se forma por el simple inventario físico, sino por una unidad de explotación económica, en virtud de la organización y adaptación de todos los elementos para el uso coordinado, y que el Estatuto Comercial en su artículo 515, denomina Establecimiento de Comercio.

De la anterior descripción, surgen unas preguntas necesarias, ¿ qué papel juega el sitio web dentro de la noción de empresa? ¿Es una empresa en sí misma? ¿ Es un establecimiento de comercio? ¿Es un simple elemento de un establecimiento de comercio?

Bajo una primera impresión se tendría la inclinación de afirmar que el sitio web es un establecimiento de comercio en sí mismo, por representar éste usualmente el punto de organización de los elementos que el empresario dedica a la explotación comercial

A pesar de lo anterior, somos de la opinión que de acuerdo con el numeral segundo del artículo 516, un sitio web corresponde a uno de los elementos de que es titular la empresa y que por lo tanto hace parte del conjunto de bienes que conforman el establecimiento de comercio.

En efecto, no puede olvidarse que el establecimiento corresponde al conjunto de elementos, y es claro que el sitio web no es el conjunto sino un elemento más de dicho conjunto (2) , razón por la cual nos corresponderá determinar el régimen particular de este elemento especial.

  1. ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO SIN LOCAL COMERCIAL

    Según Velásquez Restrepo, "puede darse el caso de que un empresario posea un establecimiento de comercio que no tenga asiento físico en un lugar determinado, tal sería el caso del vendedor ambulante, o el corredor de seguros o el vendedor profesional de propiedad raíz (...)quienes no precisan de un local comercial como elemento material indispensable para desarrollar sus actividades, de lo que se deduce que el local comercial no es imprescindible para que pueda existir la explotación efectiva de un establecimiento de comercio, ya que este lo conforman un conjunto de bienes materiales e inmateriales y de los que puede o no hacer parte, un determinado local comercial"(3) .

    Es perfectamente viable un establecimiento de comercio que no tenga entre sus bienes un inmueble en el que se desarrolle la explotación económica. Esto lo reafirma el profesor Narváez, quien da como una de las características del establecimiento de comercio el no comprender inmuebles(4) . Aun más, se puede prescindir de él en el caso de comerciantes que no tienen un lugar estable para desempeñar sus actividades.

    Cuando nos encontramos ante un establecimiento de comercio que funciona a través de un sitio web, surge el interrogante de saber si el mismo sería un establecimiento sin asiento físico similar al de un vendedor ambulante, o si tiene dicho asiento.

    Frente a esta circunstancia debemos...

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