Movimientos criminológicos

AutorCarlos Blanco Lozano
Cargo del AutorProfesor Contratado Doctor de Derecho Penal en la Universidad de Sevilla
Páginas223-262

Page 223

I Orígenes: la escuela positiva
1. Premisas

Con antecedentes en el mismo GALILEO o en CLAUDIO BERNAL, hacia mediados del siglo XIX el positivismo científico irrumpe con fuerza en la esfera del pensamiento, de la mano de autores como COMTE en Francia, ARDIGIO en Italia, WUNDT en Alemania o SPENCER en Inglaterra, que abogan por la aplicación de la metodología empírica a las ciencias morales y sociológicas1.

En el ámbito jurídico-penal, los excesos y rigideces de la Escuela clásica2, y en suma, de la propia Dogmática, dan lugar a la consiguiente reacción en sentido opuesto, protagonizada por la denominada Scuola positiva, cuyos principales representantes fueron el médico CESARE3 LOMBROSO4 y los juristas RAFAEL5 Page 224 GAROFALO6 y ENRICO7 FERRI8, fieles seguidores de las aportaciones lombrosianas.

El propio FERRI presenta así a la Escuela positiva: "Hablamos dos lenguajes diferentes. Para nosotros, el método experimental (inductivo) es la llave de todo conocimiento; para ellos, todo deriva de deducciones lógicas y de la opinión tradicional. Para ellos, los hechos deben ceder su sitio al silogismo; para nosotros, los hechos mandan (...) Para ellos, la ciencia sólo necesita papel, pluma y lápiz, y el resto sale de un cerebro relleno de lecturas de libros, más o menos abundantes, y de hecho de la misma materia. Para nosotros, la ciencia requiere un gasto de mucho tiempo, examinando uno a uno los hechos, evaluándolos, reduciéndolos a un denominador común y extrayendo de ellos la idea nuclear; para ellos, un silogismo o una anécdota es suficiente para demoler miles de hechos recabados durante años de observación y análisis; para nosotros, lo contrario es la verdad (...) La Escuela criminal positiva no consiste únicamente en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal y de lo que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos ofrece. La ciencia de los delitos y las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra Escuela ha hecho de ello una ciencia de observación positiva, que fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, así como en el Derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo Sociología criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia criminal clásica el soplo vivificador de las últimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y de la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas"9.

Para FERRI, en tal sentido, se ha exagerado demasiado a favor de los delincuentes, de modo que la conciencia universal reclama que se ponga fin a exagerados sentimentalismos en favor de los malhechores, cuando se olvidan la miseria y los dolores de tantos millones de pobres honrados. Sin embargo, existe un hecho doloroso, revelado por la estadística criminal: que la delin- Page 225 cuencia aumenta continuamente y que las penas hasta ahora aplicadas, no sólo no sirven para defender a los honrados, sino que corrompen aún más a los criminales. Tal insuficiencia de las penas hasta ahora usadas para contener los delitos; el aumento continuo de las reincidencias; las consecuencias peligrosas y a veces absurdas de teorías sobre la locura que razona y sobre la fuerza irresistible; la exageración de algunas formas procesales; el injerto inorgánico de instituciones extranjeras sobre el viejo tronco del procedimiento patrio; todo esto y aún más reclama, según observa FERRI, en la conciencia común un remedio científico y legislativo que quite ciertos abusos que favorecen a los delincuentes y perjudican a los honrados10.

2. El nacimiento de la Criminología

Con las obras de estos autores nacen formalmente disciplinas tales como la antropología criminal, la sociología criminal o la estadística criminal, entre otras, y de la mano de todas ellas, agrupándolas, la Criminología.

En efecto, la primera obra que lleva por título Criminología es la que firma GAROFALO hacia 188511, si bien el término ya había sido acuñado antes por el antropólogo francés TOPINARD12.

3. Postulados de la Escuela positiva

Los principales postulados sobre los que se asentó la Escuela positiva venían a ser de signo opuesto a los de la Escuela clásica, esto es:

  1. La atribución al Derecho penal de una naturaleza que excedía con mucho de la meramente normativa y que penetraba de lleno en la esfera de lo empírico. Consecuentemente a ello, se propone un método de carácter netamente experimental, al que FERRI gustaba denominar galileico13. En el extremo de tal consideración, se reduce el Derecho penal a una rama de la sociología o, a lo más, a un capítulo jurídico de la sociología criminal14.

    En efecto, como el propio FERRI destaca, por haberse extendido el método inductivo o positivo (de observación y experiencia), desde el campo de las ciencias físicas y naturales, a la fisiología, a la psicología y a las ciencias morales y sociales, surge en Italia, entre los años 1876 y 1880, la Escuela criminal positiva, que renueva y reafirma para dicho país aquella primacía en las ciencias penales15. Page 226

    Por tanto, "de hoy en adelante, no se debe hacer Derecho penal doctrinario, sino sociología criminal positiva"16, y ello por cuanto "todas las ciencias tienen una misma esencia y un objeto idéntico: el estudio de la naturaleza y el descubrimiento de sus leyes, en beneficio de la humanidad"17.

    Y es que las profundas divergencias entre las Escuelas clásica y positiva las matiza FERRI entendiendo que la diferencia profunda entre la Escuela clásica y la Escuela positiva no radica tanto en sus conclusiones particulares, entre las que, a veces, puede existir acuerdo. En efecto, por una parte, algunos clásicos se avienen a admitir ciertas propuestas prácticas de los positivistas (manicomios criminales, pena indeterminada, tratamiento de los delincuentes habituales, menores, etc.), y, por otra, los positivistas han declarado siempre que pensaban utilizar las conclusiones más o menos ciertas y realistas, a las que en la anatomía jurídica del delito y de la pena habían llegado los clásicos, aunque proponiéndose, no obstante, completarlas con los datos positivos sobre el delincuente hacia el que debe orientarse la Justicia penal. La diferencia principal, por tanto, radica en el método: deductivo, de lógica abstracta, para la Escuela clásica; inductivo y de observación de los hechos para la Escuela positiva. En efecto, la Escuela clásica tiene por objeto el delito, como entidad jurídica; la positiva, en cambio, el delincuente, como persona que se revela más o menos socialmente peligrosa en el hecho cometido18.

    Así las cosas, en primer lugar se necesita hacer desaparecer la idea incompleta de LOMBROSO y de algún jurista, de que la Escuela positiva no es sino un parcial connubio, una simpática alianza entre el Derecho penal y la antropología criminal. Tal Escuela, como matiza FERRI, es algo más, tiene un mayor valor científico y práctico: es la aplicación del método experimental al estudio de los delitos y de las penas, y como tal introduce en el tecnicismo jurídico abstracto el refuerzo de nuevas observaciones hechas, no sólo por la antropología criminal, sino por la psicología y por la sociología. Con ello, representa una nueva fase en la evolución de la ciencia criminal19.

  2. La consideración del delito no ya en cuanto ente jurídico abstracto, sino en cuanto hecho natural, humano, físico, psíquico y social.

    En tal sentido, GAROFALO apunta que la concepción positiva del delito no tiene otro objeto más que distinguir, entre los hechos punibles, cuáles son los que están regidos por las mismas leyes naturales, porque acusan...

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