Sobre modernización del registro de la propiedad: libros, asientos, caducidad de inscripciones y de cargas. Conferencia pronunciada en la Academia Matritense del Notariado el día 26 de enero de 1970

AutorBartolomé Menchen Benítez
Cargo del AutorRegistrador de la Propiedad

SOBRE MODERNIZACIÓN DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD: LIBROS, ASIENTOS, CADUCIDAD DE INSCRIPCIONES Y DE CARGA

CONFERENCIA PRONUNCIADA EN LA ACADEMIA MATRITENSE DEL NOTARIADO EL DÍA 26 DE ENERO DE 1970

POR D. BARTOLOMÉ MENCHEN BENÍTEZ

Registrador de la Propiedad

Excmos. señores, señoras y señores, compañeros y amigos todos:

Conste mi reconocimiento a esta ilustre e histórica Academia Matritense del Notariado, a su Director, a sus rectores, que me requirieron para este acto académico.

No hay duda de que supone un honor para mí; tengo que agradecerlo y lo agradezco.

Esta honra, esta distinción tiene, claro está, una contrapartida, cual es la responsabilidad que echa sobre mis hombros, no acostumbrados a cargas de esta naturaleza.

Soy consciente de esa responsabilidad.

Para salir medianamente airoso de ella, para cumplir siquiera, en este trance, en esta cátedra académica que ha visto y escuchado a tantos profesionales ilustres, a tantos maestros en las disciplinas jurídicas y afines, ante este auditorio tan escogido, y tan preparado, yo solamente tenía una solución: Escoger un tema de índole práctica, conocido, elaborado no sólo por mí, sino también por otros compañeros; que representa, que implica al mismo tiempo cierta novedad, porque de novedades se trata en su mayor parte. Un tema que, si poco enseñara por mi parte, pudiera ayudar a que ustedes mediten sobre él, a que diera luego entre ustedes, entre vosotros, mejores frutos.

El contenido, pues, de esta disertación se divide en dos partes; a saber, una sobre la modernización de los libros y de los asientos del Registro de la Propiedad; otra, de la caducidad de inscripciones y cargas. De las ideas de la primera parte sólo soy coautor. La segunda ha salido más de mi pluma, responde a una preocupación ya vieja en mí, nacida y crecida sobre los libros del Registro en las diferentes Oficinas que he servido.

Y vamos con la primera parte:

Sobre modernización del Registro de la Propiedad: libros y asientos.

Ocioso es decir que me refiero a una modernización adjetiva: mecanización de la escritura, libros de hojas acumulables o intercalables, simplificación de asientos, modelos de certificaciones, y como materia muy ligada con ello, escrituras con cláusulas tipo y especialmente poderes.

Pero ante todo, meditemos un momento sobre esta cuestión capital. ¿Cumple su función el Registro después de más de 100 años de vida?

¿Hay que perfeccionarlo?

El Registro, como una de las piedras angulares de la paz jurídica, de la seguridad jurídica, del tráfico de inmuebles ha cumplido, en general, bien y sigue dando buen juego, cada vez con más eficacia. Las circunstancias de la vida actual lo hace más necesario que cuando nació a la vida jurídica. Para que esta opinión no sea la mía, traigamos, por ejemplo, la de un Notario prestigioso de este Ilustre Colegio -ciencia y experiencia- que por su formación -honda y filosífica formación-; parece debiera estar un poco escorado a la banda, al lado del Derecho Civil puro. Vallet de Goytisolo ha escrito en «Estudios sobre Derecho de Cosas y Garantías reales», página 189: «Ocioso es decir que tanto para los intereses individuales como para fines sociales, así desde el punto de vista del Estado como del propietario o del banquero, del que vende y del que compra, el Registro de la Propiedad es, sin duda alguna, uno de los más grandes adelantos de la técnica jurídica.

Es un legítimo desiderat,III, tal vez no tan lejano como a primera vista parece en ciertas regiones, que toda la propiedad inmueble está debidamente inscrita...»

El Registro -repetimos nosotros- no ha perdido con los años fuerza vital. Antes al contrarío, la ha aumentado. La seguridad jurídica que requiere una nación en plan de desarrollo, la garantía de los créditos sobre nuevas edificaciones, nuevos regadíos, la eficaz Concentración parcelaría, etc., sólo se puede montar sobre el Registro de la Propiedad o institución de análogo contenido.

Ahora bien, ¿necesita perfeccionarse? Es evidente la contestación afirmativa. La escritura manual está superada hace muchos años. La existencia de libros encuadernados dificulta el trabajo de varias personas: en un libro donde hay que practicar decenas de inscripciones sólo puede trabajar uno.

De ahí que se haya planteado la necesidad de la reforma, reforma que estimamos indispensable y justa.

Ya hace tiempo que al Colegio de Registradores le preocupa la cuestión.

En 1967, la Junta de gobierno, con autorización de la Superioridad, comisionó a tres Registradores, Ignacio Martínez de Bedoya, Ramón Sánchez de Frutos y Fernando Muñoz Caríñanos para que realizaran el Curso de «Organización del Trabajo Administrativo de la Empresa», desarrollado del 13 de enero al 20 de marzo de 1967 en el Instituto Nacional de Racionalización del Trabajo, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La presencia de tres Registradores de la Propiedad en tales tareas, a las que asistían técnicos de empresas privadas en su mayoría, causó cierta sorpresa en los organizadores y dirigentes. Los Registradores fueron tratados con las máximas consideraciones y sacaron del cursillo gran provecho a juzgar por la Memoria que elevaron a la Junta de gobierno. Después, siempre con la autorización de la Superioridad, se nombró una Comisión compuesta por los Registradores Pedro Cabello de la Sota, como presidente, Tirso Carretero García, los citados Martínez de Bedoya y Muñoz Cariñanos, José Serrano Terrades y el que tiene el honor de acaparar vuestra atención en estos momentos. Esta Comisión ha expuesto una serie de ideas pensadas y elaboradas a la vista de las necesidades experimentadas en los Registros y de los estudios hechos por la Comisión primeramente citada y por los que se han ocupado de estos temas.

Lo que vais a oír en esta primera parte de mi disertación, está tomado de ellas.

Y entramos ya en problemas concretos.

Primera cuestión: ¿Son necesarios libros de hojas acumulables o intercalables, escritas por medios mecánicos?

Evidentemente, sí. ¿Cómo han de ser estas hojas? ¿Cómo se han de archivar? He aquí las ideas principales:

Es indudable que el Registro de la Propiedad deberá poder llevarse en libros de hojas intercalables que permitan la escritura mecánica; los cuales se formarán bajo la dirección del Ministerio de Justicia, con todas las precauciones que éste determine, a fin de impedir cualquier fraude o falsedad.

A cada finca se le abrirá un folio registral particular. Cada nuevo libro puede contener cien fincas o folios registrales y estará formado por tos volúmenes necesarios de modo que todas las hojas de una finca estén en el mismo volumen, con el fin de que queden suprimidos los actuales llamados «pases», que dificultan, a veces, el estudio del historial de una finca, puesto que hay que tener abiertos y a la vista numerosos tomos e incluso distinto folio dentro de cada tomo.

En cuanto al formato de las hojas intercalables, debe tenerse en cuenta que el espacio útil dedicado a la práctica de asientos principales es conveniente, por no decir necesario, que coincida con el espacio útil de las copias de las escrituras y de las certificaciones regístrales. Ello permitirá, en su caso, la reproducción en ellas, por procedimientos xerográficos o similares, de los estatutos de propiedad horizontal, de los numerosos pactos usuales en las escrituras de hipoteca, etc. Incrementado este espacio con el destinado a notas marginales, columna de numeración y márgenes, puede dar una anchura de unos doscientos noventa y siete milímetros de las series A3 y A4 de la Norma UNE-1.011. La dimensión vertical podría fijarse, acoplándola a las medidas normalizadas, en 420 milímetros, con lo que se llega al resultado de poder emplear formatos de papel ajustado al A3v de la citada norma 1.011, segunda revisión.

En resumen, parece procedente que las hojas intercalables tengan el formato A3v de los UNE-1.011. Cada hoja contendrá horizontalmente, en su anverso y de izquierda a derecha, un margen de 35 milímetros para unión a las cubiertas; un espacio de 70 milímetros para las notas marginales; dos líneas verticales formando columna con separación de 10 milímetros para el número o letra del asiento; otro espacio de 165 milímetros para extender los asientos principales; y un margen final de 17 milímetros. En el reservo, el orden de estos márgenes y espacios será el del diseño de las hojas actuales.

Verticalmente, la hoja puede tener un margen de 20 milímetros para muesca de control; un espacio de 20 milímetros para el sellado, visado, número y diligencia de continuación; otro de 20 milímetros para indicar el Ayuntamiento, número de finca y número de hojas.

Las tapas o cubiertas de los nuevos libros de inscripciones deberán ser de materia incombustible y tendrán un eficaz mecanismo de sujeción de las hojas intercalables que permita escribir en ellas con o sin extracción de la hoja.

Pueden coexistir los libros antiguos y los nuevos. Los antiguos, mientras se vayan llenando los folios que tengan en blanco cada finca al entrar en vigor la posible reforma. Ha de procurarse, claro está, que un asiento no esté parte en el libro nuevo y parte en el viejo.

Libro Diario.-Es muy difícil prescindir del actual formato del Diario si se quiere seguir manteniendo con toda seriedad frente al interesado el «prior tempore potior jure ».

No se nos alcanza, vosotros podéis aportar ideas, cómo pueda ser posible su modificación.

Si se inventara una forma mecánica de escritura sobre libro encuadernado, no habría inconveniente en admitirla.

Ahora bien, podría simplificarse el contenido del asiento, y no parece que ofrezca inconvenientes el llevar en los Registros de mucho trabajo, de capitales divididas por secciones, tantos diarios abiertos como secciones, o en su caso, dos o más diarios, destinando cada uno a varios o a un término. Con ello se evitaría el «cuello de botella» del Diario.

Asientos.-Simplificación de inscripciones extensas.

Puede suprimirse la medida superficial expresada en medidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR