Miguel Reale (Brasil, 1910-2006). Una concepción integral del derecho

AutorMaría de los Ángeles Mateos García
Páginas89-102

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1. Consideraciones previas; planteamiento del artículo

En la línea de trabajo marcada este año académico en el seno del Seminario de Filosofía del Derecho de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, se presenta este artículo sobre la concepción del derecho de uno de los juristas más relevantes del siglo XX, encuadrado en el contexto general de la cultura iberoamericana y estrechamente relacionado con nuestro País, y más concretamente con la Universidad Complutense de Madrid y el Catedrático de Filosofía del Derecho que en aquellos años dirigía dicho Departamento: Miguel Reale y Ángel Sánchez de la Torre, autores ambos que compartieron doctrina, amistad y admiración mutua; gracias a lo cual la que escribe estas páginas pudo dedicar los años de doctorado al estudio de su obra, culminado en la presentación de mi Tesis Doctoral, dirigida por D. Ángel Sánchez de la Torre; presentada en Madrid, en la Universidad Complutense, en 1996, y contado como miembro de honor con el autor objeto de investigación, Miguel Reale y su esposa. Durante la semana que estuvo en Madrid fue objeto de un reconocido homenaje, al que se sumaron la Embajada de Brasil en España, la Universidad Complutense, el Tribunal Constitucional y el Colegio de Abogados de Madrid. No puedo dejar pasar esta oportunidad de laurear aquellos días y sus intervenciones, agradecida por todo lo aprendido y por haber tenido la oportunidad de compartir aquellos momentos y escenarios con dos grandes maestros del derecho. Mi reconocimiento y afecto sincero

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para ambos. En las páginas que siguen, se presentará un recorrido por la obra de Miguel Reale, con la intención de ofrecer su concepción del derecho, una de las más inluyentes de los últimos tiempos.

2. Vida y obra

Como ya se ha señalado, conocí a Miguel Reale a propósito de la realización de mi Tesis doctoral dirigida por D. Ángel Sánchez de la Torre. Fue el propio profesor Sánchez de la Torre, entonces Jefe del Departamento de Filosofía del Derecho, Moral y Política I, el que me proporcionó el primer contacto con su obra y su pensamiento, debido a la estrecha amistad y colaboración que durante años ambos se habían profesado. Este vínculo común es el que agilizó el trabajo y puso el entusiasmo necesario para que en poco más de un año pudiera realizar mi trabajo de investigación, así como poder conocer personalmente al autor objeto de mi investigación. En un primer momento, fue el propio Profesor Miguel Reale, cuando fue informado por D. Ángel Sánchez de la Torre del interés por investigar su obra, el que me invitó, al “V Congreso Brasileiro de Filosofía”, celebrado en Sao Paulo y donde pude conocerle personalmente; hecho que se pudo repetir en otras dos ocasiones a propósito de otros dos Congresos de Filosofía jurídica que él mismo dirigió y coordinó, también en Brasil. Posteriormente, en 1996, como ya se ha dicho, el propio Miguel Reale fue invitado por la Universidad Complutense de Madrid a propósito de la defensa y presentación de mi Tesis doctoral sobre su pensamiento1.

La obra de Miguel Reale, se desarrolla en el contexto de un movimiento intelectual de gran fuerza y relevancia en su país, que ha contribuido a inscribir el pensamiento brasileño en la historia del pensamiento contemporáneo, junto a nombres como V. Ferreira da Silva, Theóilo Cavalcanti, Machado Neto, Tobias Barreto o Antonio Paim. De este nutrido grupo de intelectuales destaca con luz propia la obra de Miguel Reale, tanto por las dimensiones de su pensamiento, como por el papel político y social que siempre ha ejercido. En efecto, su amplia y dilataba

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vida y carrera profesional, se caracteriza en todo momento por su “peril polifacético”, porque, como dicen los que más de cerca lo conocieron; “Miguel Reale es un hombre de muchas vidas: ilósofo, jurista, erudito, hombre de letras, poeta, político, jurista, educador, y un largo etcétera2.

Así pues, el legado de Miguel Reale no puede cifrase solo por sus escritos, aun constituyendo una obra ingente, sino por la multitud de proyectos y empresas que se han movido en torno suyo.

Miguel REALE nace en 1910, estudia en el Instituto Medio Dante Alighieri de inluencia italiana, de donde arranca, según el mismo nos cuenta, su interés por las letras, el arte y las humanidades3. Estudia Derecho en la Universidad de Sao Paulo, empezando a publicar, aún como estudiante, sus primeros artículos. En 1940 obtiene la Cátedra de Derecho de esta Universidad, de la que llegó a ser rector en dos ocasiones. Su actividad docente-universitaria está llena de testimonios que dan buena cuenta de su infatigable actividad: promotor de congresos, conferencias, publicaciones, creador del Instituto Brasileiro de Filosofía y de la revista a él adscrita –Revista Brasileira de Filosofía–, fundador de la Sociedad Internacional de Filosofía, doctor honoris causa por diversas universidades europeas y latinoamericanas. El profesor Miguel REALE, como le gustaba ser llamado, nunca abandonó esta actividad de investigación docente, aunque la hizo compatible con otras muchas actividades. Fue abogado militante desde 1934, hombre público y político, ocupando importantes cargos, de los que cabe destacar: miembro de la «Comisión de alto nivel» que revisó la Constitución brasileira de 1967, Presidente de la Comisión preparatoria del nuevo Código Civil brasileiro, Secretario de Justicia, representante de su país en diferentes encuentros internacionales, etc. Por todo lo cual, puede ser considerado como uno de los nombres que

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más ha contribuido a «la emancipación intelectual»4, diríamos también, sociocultural de Brasil.

Prescindiremos en este momento de sus otras facetas, con el propósito de centrarnos en el análisis de su pensamiento, que, por lo demás, cons-tituye un sistema ilosóico-jurídico personal que ha ejercido una fuerte inluencia en las corrientes iusilosóicas latinoamericanas y europeas. Siendo, sin duda alguna, su interpretación o cornprensión tridimensional del Derecho, asunto central de este artículo y Seminario que nos ocupa, una de sus teorías más conocidas, en torno a la cual irá desarrollándose la evolución y trayectoria de todo su pensamiento.

3. Trayectoria de su pensamiento

El pensamiento de Miguel Reale parte del mundo jurídico y de un de-seo imperioso de encontrar una explicación suiciente y objetiva, lo más realista posible, sobre lo que sea la experiencia jurídica en la cual se había formado. Con este propósito inicia su andadura como investigador del derecho, buscando su comprensión y fundamentación ultima. Empresa que empieza abordando ya en su tesis doctoral, titulada “Fundamentos del Derecho”5. En esta obra, tras un recorrido histórico por las más representativas teorías o explicaciones del derecho, como son el iusnaturalismo o derecho natural, el sociologismo o historicismo jurídico y el positivismo jurídico, Miguel Reale llega a dos conclusiones fundamentales.

En primer lugar, el convencimiento de que ninguna de las propuestas estudiadas ofrecía una explicación suiciente del derecho, pues todas ellas se basan en concepciones unilaterales de la experiencia jurídica, es decir, que lo explican teniendo en cuenta sólo alguno de sus elementos. El derecho natural, atendiendo a su elemento axiológico, entendiendo el derecho como salvaguarda y relejo del valor superior de justicia, que puede ser de procedencia teológica o racional; el positivismo jurídico, entendiendo el derecho como solo norma y nada más que norma, con palaras de Kelsen, y el sociologismo jurídico, que lo entiende desde su

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mero aspecto factual e histórico, sin otorgarle otras dimensiones también presentes en el derecho. Para Miguel Reale el derecho es algo más que la mera explicación unilateral dada por cada una de estas corrientes, sin negar, obviamente, su parte de verdad. Ya al inal de su tesis doctoral en la obra antes mencionada, Miguel Reale tuvo, según sus palabras, “su primera intuición de juventud” sobre su explicación posterior del derecho: “El derecho es una síntesis integradora de los tres elementos señalados unilateralmente por las teorías anteriores.”6Es decir, es hecho, pues se desarrolla en un momento determinado y para regular unos casos concretos de la vida social; es valor, pues intenta preservar y garantizar un cierto valor de justicia; y es norma, pues ofrece un camino o pauta a seguir para garantizar el valor de justicia representado. De esta primera intuición o airmación de juventud, surgirá, posteriormente, su teoría tridimensional del derecho, teoría que le hará...

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