Evolución histórica de la protección de menores

AutorPablo José Abascal Monedero/Concepción Nieto Morales
Páginas20-20

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En las Sociedades Antiguas como regla general no se reconocía a la Infancia derecho alguno.

En Grecia y en Esparta el niño era considerado propiedad del Estado, estando en poder de la madre hasta los 7 años. La pederastía, era lícita entre mayores y menores en el ámbito masculino.

En Roma el niño era en cambio propiedad del paterfamilias. Dicha potestad duraba hasta la muerte, incluía el derecho de vida y muerte del hijo y así se mantuvo hasta el emperador Constantino en el 318 después de Cristo. La tutela era solo privada de derecho civil.

El cristianismo introduce un giro en la visión de la infancia, el evangelio consagra respeto a la personalidad del menor. El sentido protector continúa en el islam.

En el Derecho de los pueblos germánicos, la autoridad reside en todos los varones capaces de tomar las armas sin importar la edad. La patria potestad se transforma en patria potestad. Se establece la prohibición y castigo con pena capital de la muerte del hijo. En nuestro derecho encontramos ejemplos en el Fuero Juzgo y en el Fuero Real.

En España no podemos hablar de instituciones dedicadas a la atención de la infancia hasta muy avanzada la Edad Media, cuando comience a actuar el Padre de Huérfanos en 1373. La creación se debe a Pedro IV el Ceremonioso, apareciendo por primera vez en Valencia y extendiéndose por Zaragoza, Huesca y Tarragona. Los menores que cometían algún delito recibían un trato semejante al de los adultos. No estaban libres de recibir tormento y otras penas que se regularan en el Código de las Siete Partidas de Alfonso X, que supusieron un avance en la defensa de los menores. Y en este ambiente era impensable que recibieran algún tipo de formación o enseñanza. Podemos considerar así la figura del Padre de Huérfanos como el primer...

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