La mediación familiar. Un ejemplo de aplicación práctica: la comunicación a los hijos de la separación de los padres

AutorFermín Romero Navarro
Páginas31-54

INTRODUCCIÓN

Con el término crisis se ha querido definir a la familia moderna en contraposición con el modelo de familia tradicional, caracterizada por la estabilidad y continuidad de sus formas y elementos constitutivos. La familia actual atraviesa un largo periodo de cambios profundos y acelerados de tal envergadura que ha producido modificaciones que afectan no sólo a sus formas sino a sus elementos estructurales. Desde el punto de vista sociológico hay que hablar menos de familia, como modelo único y generalizado y hablar más de familias, como expresión que alude a las diversas formas de familias, que han adquirido reconocimiento social. Son las llamadas familias «postnucleares» o «postmodernas». ( Meil, G., 1999. del Campo, 1991).

En ningún momento de la historia humana se han experimentado tantos cambios en tan corto periodo de tiempo. Muchas sociedades cambian a tal velocidad, que solo el ritmo tan acelerado con que se produce, constituye uno de los principales factores de tensión para las familias. En muchas sociedades, las normas relacionadas con la crianza de los hijos y las relaciones entre los cónyuges se están viendo desbancadas por otras nuevas orientaciones y costumbres en proceso de establecimiento, produciéndose una especie de anomía en relación con las normas generalmente aceptadas.

El conflicto es un fenómeno consustancial a las relaciones humanas. Las familias no escapan a esta ley del conflicto humano, con sus potencialidades para el crecimiento y para la destrucción. Lo peculiar del conflicto familiar en las sociedades modernas se circunscribe principalmente en el ámbito de la pareja, aunque no se reduce a ella, afectando por lo general a la familia de procreación y a las familias de origen. La pareja, casada o no, está en el núcleo de la familia. «La pareja vino al centro de la vida familiar al mermar el papel económico de la familia y convertirse el amor, o el amor y la atracción sexual, en la base de los lazos matrimoniales» (Giddens, 2.000, pp. 74) La comunicación, la intimidad y la satisfacción emocional se han convertido en la razón para establecer el vínculo y el motivo principal para legitimar su continución. Por ello, el conflicto se gesta principalmente en los espacios propios de la pareja y es dirimido por la misma, teniendo en cuenta para su solución la satisfacción o insatisfacción de las dimensiones emocionales y afectivas y no tanto otros criterios externos a ella (Romero, 2001, pp. 369).

Cuando una pareja salda sus conflictos con la separación está tomando una de las decisiones más difíciles que debe afrontar, siendo con frecuencia una experiencia dolorosa, aunque también liberadora. La separación genera, con mucha frecuencia, una fuerte carga de sufrimiento en todas las partes implicadas, lo que se vivirá como frustración, engaño, abandono, etc. En función de cómo se manejan estos sentimientos, se podrán canalizar más o menos adecuadamente o podrán incrementarse o incluso desviarse en una espiral perversa del conflicto.

Los conflictos y desacuerdos que surgen durante el proceso de ruptura de la pareja contienen tanto aspectos emocionales y afectivos, como aspectos legales y económicos, todos los cuales deben ser contemplados para una adecuada solución. Estos últimos aspectos, sobre todo en el caso de parejas con hijos, serán siempre aspectos transidos por el mundo de las relaciones y emociones. Ello explica en gran medida que el procedimiento contencioso no sea el más adecuado (y así lo confirma la experiencia) para afrontar disputas con una clara base relacional y afectiva.

La cultura ganador / perdedor prima en los escenarios de los conflictos y, en el caso de la separación y el divorcio, hace que el sistema legal, a través de los abogados, sea habitualmente la primera puerta de entrada para la solución, consolidando las diferencias entre quienes han de continuar relacionándose como padres, dejándolos en una situación de enfrentamiento prolongado, que ni el paso del tiempo mitiga.

La mediación, y en su caso la mediación familiar, requiere y a la vez promueve la «cultura del acuerdo», del consenso entre las partes en conflicto, definiendo el conflicto como una dificultad a resolver por las partes, ya que la solución adecuada al mismo está en las manos de éstas y compromete el futuro de ambas partes, que son principalmente los hijos.

Si la pareja consigue llegar a acuerdos en mediación, puede tramitar su procedimiento de separación legal por vía consensual. Este procedimiento tiene la ventaja de que puede utilizar un mismo abogado y procurador, lo cual abarata el coste, disminuye la duración del procedimiento, elimina la figura del adversario repercutiendo de forma beneficiosa sobre ellos y sus hijos, y evitar agresividad y represalias, tan frecuentes en estas situaciones conflictivas.

La mediación familiar se entiende como un método que construye puentes entre partes en conflicto, generando capacidad de consenso. Proporciona a la familia un espacio en el que puedan tener cabida todos aquellos temas sobre los que sus miembros deben tomar decisiones, tengan o no tengan relevancia legal (custodia, visitas, régimen económico...), integrando de forma armoniosa tales decisiones y las emociones asociadas a éstas.

La mediación familiar ha entrado en las agendas de las políticas sociales de muchos países como un recurso que permite a los potenciales usuarios de las misma afrontar la separación o la disolución de la pareja y la continuidad en las funciones parentales.

El Estado Español, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de las Comunidades Autónomas, tres de las cuales han publicado sus correspondientes leyes de Mediación Familiar (Cataluña, Galicia y la Comunidad Valenciana), así como la iniciativa privada a través de múltiples organizaciones, se han sumado a este nuevo movimiento de la mediación familiar, promoviendo y favoreciendo su implantación en el tejido social.

La producción literaria sobre la mediación en general, y sobre las técnicas de negociación y de la mediación familiar en particular, constituye un indicador más de la importancia que la mediación está adquiriendo. Galdeano (2000) ha confeccionado una selección parcial, que será completada, de 94 referencias bibliográficas entre manuales y capítulos de libros sólo en lengua española, editados en los últimos años.

El presente artículo se estructura en dos partes. En la primera, de carácter introductorio, se pretende desarrollar tres aspectos: la mediación familiar, la cultura del acuerdo y la mediación y el campo de acción de la mediación familiar.

En la segunda parte, a modo de ensayo, trato de abordar un tema particular, pero recurrente y preocupante entre los padres que deciden separarse: la comunicación a los hijos de la separación y, para finalizar, trataré el papel del mediador familiar respecto a este aspecto.

PRIMERA PARTE

LA MEDIACIÓN FAMILIAR

  1. Contexto histórico

    La mediación familiar se inició en la segunda mitad de los años 70 en los Estados Unidos de América, extendiéndose posteriormente a otros países de nuestro entorno. Para el caso de Europa es particularmente relevante la Recomendación número R(98)1 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros. Recomienda a los Estados miembros instituir y promover la mediación familiar o, en su caso, reforzar la mediación familiar existente. Subraya la eficacia de esta institución y señala entre otros beneficios la mejora de la comunicación entre los miembros de la familia, la reducción de los conflictos entre las partes en desacuerdo, el favorecimiento de convenios amistosos y el mantenimiento de relaciones personales entre padres e hijos.

    La mediación no es un recurso nuevo para la resolución de los conflictos. Ha existido siempre. La historia está llena de ejemplos en los que algunas personas de la comunidad, como los líderes religiosos o personas con autoridad e influencia, actuaban como instancia directa cuando se acudía a ellos en busca de la resolución de los conflictos, cuando estos se presentaban. En la medida en que el Estado organiza y toma para sí la función de impartir justicia, la mediación va perdiendo el papel relevante que poseía.

    El ímpetu y desarrollo de la mediación hay que situarlo en el seno del movimiento de Resolución Alternativa de Litigios, conocido con las siglas ADR (Alternative Dispute Resolution), surgido en Estados Unidos a impulsos de dos fenómenos: la aparición de nuevas instituciones civiles como respuesta a las crisis de representatividad (Gotheil J. Y

    1. Schiffrin, 1996) y el aumento en cantidad y en complejidad de los procesos judiciales, produciéndose la invasión de litigios y la ineficacia del sistema legal para resolver los problemas (Singer, 1996 pp. 11-21).

    La mediación viene asociada, en la corriente norteamericana, a la idea de resolución de conflictos entre diferencias, tal como indica Six, 1997. Al lado de esta corriente americana existe otra, la europea, para la que la mediación es considerada como un trabajo de regulación constante de las relaciones de las partes en conflicto: «Se trata, entonces, en la mediación, de poner en práctica sin cesar lazos nuevos entre unos y otros, en una verdadera creatividad; o de reparar los lazos que están flojos o que han sufrido algún accidente; o de gestionar rupturas de lazos, de diferencias» (pp. 186). Giró Paris (1997) prefiere hablar de «gestión de conflictos» en vez de «resolución de conflictos» y argumenta diciendo que «(...) El mediador no es un solucionador ingenioso de situaciones a las que los contrayentes no pueden hallar salida por su falta de genialidad, sino un atento gestor respetuoso con la dinámica interna del conflicto y de su transformación» (pp.226)

  2. En torno al concepto de mediación

    Moore, 1995 estudia la mediación dentro de un continuo de métodos de administración y resolución de conflictos, constituido por nueve formas:

    1) La evitación del conflicto.

    2) Las discusiones informales.

    3) La negociación.

    4) La mediación.

    5) La decisión administrativa.

    6) El arbitraje.

    7) La decisión judicial.

    8) La decisión legislativa.

    9) El método extralegal.

    En las cuatro primeras formas, la solución del conflicto está en las manos de la decisión privada de las partes, en la quinta y la sexta la decisión está en las manos de un tercero de carácter privado, en la séptima y octava la decisión queda en manos de un tercero autorizado, legal (público) y en la novena la solución queda en la decisión extralegal mediante la coerción. Cuanto más se aleja la solución del conflicto de la participación privada de las partes, más aumenta el poder y la coerción de un tercero y la probabilidad de un resultado basado en el binomio gana-pierde.

    Con frecuencia se suele confundir la mediación con arbitraje, negociación y conciliación. En el arbitraje interviene un tercero, pero éste tiene poder decisorio. En la negociación no interviene un tercero. La negociación se hace directamente entre las partes. La conciliación se realiza ante un tercero con poder coactivo. La mediación, por el contrario, elegida voluntariamente por las partes, es un proceso orientado a la consecución de unos acuerdos de interés para las mismas y, en el caso de la mediación familiar, de interés también para los hijos, conducido por el mediador, cuya figura está dotada de imparcialidad, neutralidad, confidencialidad y de la preparación adecuada en técnicas de comunicación humana y de negociación.

    Difícil es precisar en todos sus términos qué es la mediación, debido a los diversos enfoques que al respecto tienen las escuelas. Moore define la mediación como «la intervención en una disputa o negociación de un tercero aceptable, imparcial y neutral, que carece de un poder de decisión, para ayudar a las partes en disputa a alcanzar voluntariamente un arreglo aceptable mutuamente». (opus cit. pp. 44)

    La mediación es algo más que una habilidad que puedan usar el abogado o el psicólogo. Es un método de gestión y de resolución de conflictos, que se desarrolla en un proceso de interacción humana, cargada de intereses contrapuestos e influenciada por las emociones y los afectos de los implicados. Está orientada a hacer que cada parte empatice con el punto de vista del otro y que a su vez ambas sean los protagonistas del acuerdo, para todo lo cual el mediador utilizará las técnicas de comunicación y de negociación adecuadas. En otras palabras, «la mediación debe contribuir a restablecer los patrones constructivos de comunicación y negociación mediante la definición de expectativas razonables para ambas partes» (Folberg y Taylor, 1994, pp. 157).

    La mediación es una práctica que no tiene corpus teórico propio, sino que se nutre de diversas fuentes, como son la Sociología, la Psicología, el Derecho y las técnicas de comunicación y de resolución de conflictos. De ahí que su epistemología sea interdisciplinaria. Como método de trabajo promueve la actitud de devolver a las partes implicadas las responsabilidades y el control de los conflictos. Permite que las mismas estructuren las propias relaciones y posiciones ante los problemas, identifiquen las áreas de desacuerdo, desarrollen alternativas para resolver los conflictos y así llegar a acuerdos y a satisfacer los intereses de ambas partes.

    La mediación se constituye en un proceso creador de soluciones originales allí donde parecía que las puertas estaban cerradas. Ello supone la premisa básica de aceptar que las partes, salvo situaciones excepcionales, tienen recursos suficientes para resolver sus conflictos. La mediación es un escenario en el que, a modo de espejo, las partes redescubren sus capacidades para afrontar sus conflictos. La fe en sí mismas, que facilita el mediador, actuará de palanca o acicate. Entender así la mediación implica asumir que el resultado no será únicamente el acuerdo conseguido sino, sobre todo, el aprendizaje que se adquiere a lo largo de todo el proceso sobre las interacciones necesarias para conseguirlo. Todo ello tendrá efectos positivos en el proceso socializador de los hijos, en cuanto se les ofrece una oportunidad, una imagen, de cómo los padres, los adultos, resuelven sus conflictos.

  3. La mediación familiar

    Respecto a la mediación familiar, el Tribunal de Montreal la explica de la siguiente forma: La mediación familiar puede ser definida como una intervención en un conflicto o una negociación por parte de una tercera persona aceptable a las partes, imparcial y neutral sin ningún poder de decisión y que pretende ayudarles a que ellos mismos desarrollen un acuerdo (una «entente») viable, satisfactorio y capaz de responder a las necesidades de todos los miembros de una familia, en particular las de los hijos e hijas».(Ripol-Millet, 2001. pp. 44).

    La mediación familiar no es una fórmula más o menos eficaz. Es un procedimiento mediante el cual las partes hacen un recorrido en el que redefinen un conflicto irresoluble como resoluble, comprendiéndose a sí mismas como competentes para ello. El logro final no está tanto en los acuerdos logrados cuanto en el aprendizaje vivencial alcanzado, que lleva a la pareja a reajustar las propias creencias, las expectativas y las relaciones que ha de seguir manteniendo con el otro cónyuge. Así mismo le permitirá resolver conflictos futuros de forma autónoma y eficaz. En este sentido, la mediación constituye un proceso creador de soluciones originales.

    De entre las muchas virtualidades que ofrece la mediación familiar, deseo subrayar dos de ellas:

    1) La medición familiar como ritual de la separación (Romero, 2001.) Así como existen los ritos esponsales, sean civiles o religiosos, no existen ritos que acompañan a los individuos en el tránsito de la separación. La mediación familiar actúa a modo de ritual de tránsito. Es un método que ofrece a los miembros de la pareja que se separa un adecuado tránsito a través del camino marcado por el conflicto, integrando de forma armoniosa las decisiones que las partes deben tomar, las emociones asociadas a aquellas y los cambios de status y roles. Favorece a que la ruptura de la pareja se constituya en un paso hacia delante en el ciclo evolutivo de la familia, y no en un obstáculo insalvable para construir relaciones diferentes entre todos sus miembros y con el entorno de éstos. En la vida de cualquier matrimonio con hijos confluyen dos instituciones, la pareja parental y la pareja conyugal, imbricándose la una en la otra en la vida cotidiana, por lo que, al producirse la separación, se origina una afección más o menos importante en las funciones parentales, debido al enfrentamiento de la pareja conyugal. La mediación familiar permite realizar este tránsito, desvinculando ambas instituciones y redefiniendo las relaciones de padres en situación de separados, integrando de esta forma la antinomia que subyace, con el fin de introducir el punto de vista del mejor interés del hijo.

    2) La mediación familiar y la reorganización familiar. Toda familia, en mayor o menor medida, tiene un orden o coherencia interna, arropado por la cultura y la ideología dominante, por el que establece vínculos que soportan las relaciones, distribuye zonas de poder entre sus miembros y establece normas, estatus y roles. De esta forma, la organización familiar realiza funciones especializadas y tareas en su interior, marcando la división y autonomía de sus miembros. Toda separación matrimonial supone en mayor o menor medida un desajuste de esta jerarquía u organización familiar, desfavoreciendo o impidiendo que cada miembro pueda desarrollarse como individuo diferencialmente de los demás. Cuando la organización familiar persiste en mantener el orden en las relaciones familiares, que la ruptura conyugal ha perturbado, se cuestionan las reglas para el funcionamiento, se entra en un proceso de crisis y se producen escisiones, segregaciones entre sus miembros y sistemas de exclusión. El objetivo final de la mediación es ayudar a restablecer la organización familiar desde una nueva configuración, ofreciendo una nueva identidad familiar, donde las figuras familiares adquieren nuevos significados, respecto a la configuración familiar anterior. De esta forma se favorece el restablecimiento de las relaciones, aunque ello será desde nuevos significados.

  4. Características básicas de la mediación

    Existen unas características, recogidas con frecuencia por diversos autores, que son consustanciales a toda mediación para que ésta funcione con eficacia. (Ripol-Millet, 2001. Suares, M 1997).

    1. La mediación es un proceso que se desarrolla durante un tiempo cronológico, que más o menos se puede medir, y durante un tiempo psicológico según las singularidades de cada pareja. Es un proceso que empieza de una determinada forma y va evolucionando y avanzando a través de fases con pasos entremezclados hacia delante y hacia atrás en función de las características de las partes en conflicto, hasta llegar a los acuerdos satisfactorios. En este proceso, la palabra y la escucha, junto a la mutua confianza que se va creando, tendrán un lugar privilegiado.

    2. Neutralidad e imparcialidad. Son dos características que se matizan entre sí y que tocan de lleno a la figura del mediador. Significa que el mediador no podrá tomar partido por una de las partes, ni aun en el supuesto de que una de ellas ocupe la posición del débil. En tal supuesto, el mediador tratará de equilibrar el poder entre las partes mediante el uso de las técnicas adecuadas de comunicación. En el caso de que el mediador prevea que los acuerdos van a dañar a una de las partes, tendrá que interrumpir la mediación. La neutralidad e imparcialidad del mediador permiten que las partes en conflicto se confronten entre ellas mismas y pasen de mantener posiciones a buscar intereses comunes. Con esta posición neutral e imparcial el mediador les ayuda a descentrar el conflicto de su posición dual, de enfrentamiento cara a cara, y les abre un espacio que no es ni de uno ni de otro, sino que pertenece a ambos, donde pueden ver el punto de vista del otro, redefinir las propias posiciones y encontrar los intereses comunes.

    3. Confidencialidad. Tanto las personas en conflicto como el mediador se com

      prometen a guardar secreto de todo lo que se hable en las sesiones, incluidas las entrevistas individuales, y a no utilizar la información, que en éstas se produzca, en un posterior juicio o en contra el uno del otro. Las excepciones a este secreto se refieren a aquellas situaciones que dañan gravemente a un tercero y sean constitutivas de delito.

    4. Voluntariedad. La voluntad manifestada libremente en la elección de un mediador expresa el deseo de las partes de resolver el conflicto. Es verdad que la voluntad que se requiere no tiene el mismo tono y la misma transparencia en ambas partes del conflicto. Esta voluntad pasa por un proceso de superación de resistencias que será más agudo en uno que en el otro miembro de la pareja y que el mediador ha de gestionar en la fase de premediación. La voluntariedad junto con la imparcialidad y neutralidad son condiciones indispensables para que funcione la mediación. La voluntariedad impregna de protagonismo a las partes, las convierte en autoras de las acciones que desarrollan, de los discursos y narrativas que construyen y las responsabiliza de las consecuencias que ocurren en el proceso y de los acuerdos a los que llegan o dejan de llegar. La voluntariedad afecta también al mediador en un doble sentido:

      – Legitima el papel y el poder del mediador, otorgándole el permiso para actuar como tal. Este permiso es el que concede la autonomía necesaria para iniciar los pasos hacia una legitimación de los intereses que definen el conflicto.

      – Permite al mediador suspender la mediación cuando lo considere oportuno por motivos que así se lo aconsejan.

    5. Es un espacio de encuentro con funciones múltiples, en cuanto que la palabra de los intervinientes adquiere un nuevo valor, se redefinen las relaciones interpersonales y ejerce efectos pedagógicos y terapéuticos no directamente buscados.

      LA MEDIACIÓN Y LA CULTURA DEL ACUERDO

      A pesar de la cultura de la solidaridad por la que hoy se aboga, vivimos en una sociedad competitiva, agresiva y violenta, en la que parece que se impone la competición a la colaboración, la confrontación al consenso y al acuerdo, la disputa al diálogo, el poseer al ser, los derechos individuales a los colectivos, resultando que prima más el éxito, el logro, que los medios.

      En las macrohistorias de los pueblos en conflicto como en las microhistorias de los pequeños grupos humanos ha dominado el paradigma ganador / perdedor, de tal forma que, en virtud de su internalización en el inconsciente colectivo e individual, ha permeabilizado los esquemas mentales y actitudinales con los que los seres humanos buscan la solución a los conflictos. Hemos sido socializados más en la fuerza o razón del poder que en el poder de la razón. Este «modelo cultural» favorece y desarrolla, desde una perspectiva etnocéntrica, el punto de vista personal como el verdadero, el justo, el adecuado, el conveniente. Como consecuencia, dicho modelo promueve la hostilidad frente al que piensa de forma distinta, intensifica la resistencia al cambio y fomenta el conflicto.

      El uso de la vía contenciosa como medio para resolver los conflictos, ( lo que en muchos asuntos es la solución menos mala), tiende a mantener y a reproducir el esquema ganador / perdedor, favoreciendo la confrontación y la imposición en virtud de la fuerza del poder de quien lo posea.

      La falta de información y el desconocimiento de las alternativas de resolución de conflictos hacen que, en el caso de las separaciones y divorcios, la mayoría de las parejas en conflicto decidan iniciar la vía judicial, acudiendo a un abogado que defienda su caso en vez de optar por la mediación familiar.

      La expectativa de vencer al otro, en vez de resolver el conflicto, dinamiza y contagia todo el proceso jurídico. Quien acude a la vía contenciosa se somete a la decisión de un tercero con poder, el veredicto del juez, con el fin de que se le adjudique la razón. Paradójicamente, el camino elegido le impedirá solucionar el conflicto, al menos durante el periodo que dure el proceso, en el mejor de los casos, y le obligará a renunciar al propio protagonismo.

      La dinámica que genera dicha expectativa, trae consigo tres efectos interdependientes: la radicalización de las posiciones de ambos miembros de la pareja y la crispación de la relación interpersonal. De por sí, las sentencias judiciales no ponen de acuerdo a las parejas que se separan y quienes luego han de seguir tratándose como padres. En la postseparación suele agrandarse más la espiral de la confrontación. El tercer efecto tiene que ver, por una parte, con el aprendizaje de las «armas legales» que tiene lugar durante el largo recorrido por el que puede pasar una pareja: medidas provisionales, separación, divorcio, ejecución de sentencia, modificación de medidas, apelaciones, etc. y, por otra parte, con sustituir las normas que conducen las relaciones familiares por las normas legales, generándose así una interminable dependencia judicial.

      Las formas tradicionales de regulación de los conflictos están en crisis. Se precisa de una nueva cultura, la «cultura del acuerdo» que prime el diálogo, la visión bidireccional de los puntos de vista, la empatía, la convergencia y el descubrimiento de los intereses comunes, la salvaguarda de las relaciones interpersonales, la colaboración, la confianza interpersonal, el consenso y el acuerdo. Subrayar más aquellos puntos que unen que los que separan. Los conflictos se resuelven con los acuerdos y se enquistan con los enfrentamientos.

      En la sociedad actual se están produciendo una serie de condiciones que demandan y hacen posible la cultura del acuerdo, como son, dicho de forma breve, la multiplicación de los conflictos, la inadecuación de la respuesta judicial clásica, la incidencia de la complejidad y el incremento del valor de la privacidad y del protagonismo de los individuos frente a las imposiciones institucionales. Además, en el caso de las separaciones y divorcios, la cultura del acuerdo demanda en beneficio de los hijos una autonomía creciente de los esposos, permitiéndoles regular los efectos de la separación en aquellos y proteger las funciones parentales.

      A las condiciones indicadas hay que añadir la situación de multiculturalidad a la que se abren las sociedades actuales. De modelos culturales uniformes, propios de las sociedades tradicionales, pasamos a modelos sociales multiculturales, (Lamo de Espinosa, 1995; Donati, 1997), en los que no caben respuestas de carácter segregacionistas o de asimilación, sino de carácter intercultural, el llamado interculturalismo, (Brotóns Valero, 1994), que aboga por el respeto a la diferencia y el enriquecimiento en la diversidad. Este multiculturalismo no está lejos del hecho familiar. Cada vez aumentan más las llamadas parejas y matrimonios mixtos, quienes en situación de separación y divorcio invocan sus peculiaridades culturales y regímenes jurídicos del país de origen. He aquí un nuevo reto para la sociedad en general y para las nuevas familias en particular, que cada vez más se está convirtiendo en objeto necesario de estudio.

      La mediación es esencialmente cultura del acuerdo, en cuanto se basa en ésta, la desarrolla y la potencia. Mediante la definición de expectativas razonables para ambas partes, la mediación contribuye a restablecer los patrones constructivos de comunicación y negociación (Folberg y Taylor, 1984, pp.157; Bush y Folger, 1994) describen su mediación transformadora como un método en el que la revalorización y el reconocimiento entre las partes en conflicto forman parte esencial de ese cambio que les lleva a pasar del enfrentamiento a la colaboración. Bolaños (2000), por su parte, estudia la mediación como un espacio cooperativo. La mediación familiar ofrece la creación de un contexto donde las partes afectadas pueden encontrar y generar condiciones para un cambio cultural de perspectiva ante el conflicto. Para Risolía de Alcaro (1996) «un objetivo básico de la mediación familiar es lograr no tanto un acuerdo sino la colaboración a través de un acuerdo» (pp. 115-117).

      La mediación es, pues, transformación de actitudes y valores competitivos en actitudes y valores cooperativos. Conlleva un aprendizaje nuevo que afecta no sólo al conflicto concreto, objeto de la mediación, sino a nuevas formas de resolver futuros conflictos, lo que incidirá saludablemente en el tejido social.

      La expansión y la utilización de la mediación en general y de la mediación familiar en particular se encuentran aún en la sociedad española en un estado incipiente. Por ahora la mediación ha llegado más a los profesionales que a los usuarios potenciales, y no porque sea una necesidad inventada, sino porque al suponer un cambio cultural, es una necesidad no expresada todavía de forma explícita. Late en los espacios de profesionales sensibles a la mediación una cierta confrontación por conservar monopolios y competir con aquellos otros a los que consideran ajenos a esta materia. Al igual que ha sucedido en otros países, que se han adelantado al movimiento de Alternativas de Resolución de Conflictos, en España está surgiendo una nueva profesión de gestión y resolución de conflictos, el mediador, que puede proceder de formación de origen distinta al licenciado en derecho, y cuyo papel no pertenece en exclusivo a una disciplina. Por el contrario, el ejercicio profesional de la mediación exige una formación multidisciplinar e interdisciplinar. La interdisciplinariedad será el reto a asumir por parte de los profesionales que se acercan a la mediación.

      Se impone, pues, un conjunto de medidas de carácter múltiple (culturales, académicos, socio-profesionales, políticas...) encaminadas a potenciar la introducción y el uso en la sociedad española de la mediación en general y de la mediación familiar en particular, superando todo sectarismo profesional. La información a la ciudadanía acerca de la existencia de la mediación como recurso a usar en situaciones de conflicto y la formación académica de los profesionales mediadores son piezas fundamentales para el desarrollo adecuado de la mediación familiar.

      EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR

      El ámbito de actuación de la mediación familiar viene determinado principalmente por dos situaciones que afectan a los procesos de separación y a las relaciones entre los miembros de la unidad familiar: la separación de la pareja, sea o no casada, y sus efectos, y las situaciones conflictivas entre los miembros de la unidad familiar, sean éstas derivadas o no de la separación de los cónyuges.

      Estas dos situaciones quedan aclaradas si precisamos a continuación las dos cuestiones siguientes:

    6. En qué situaciones mediar.

    7. Sobre qué mediar, es decir, cuál es el contenido de la mediación.

    8. Finalización y contraindicación de la mediación

      1. En qué situaciones mediar

      Se ha de precisar bien cuál es el campo de actuación de la mediación para no confundir

      la ni con el asesoramiento jurídico, ni con la orientación o consulting, ni tampoco con la terapia psicológica. (Ripol-Millet, 2001, pp. 57). La mediación supone haber tomado la decisión en firme de separarse, al menos por una de las dos partes de la pareja. Supuesto lo indicado, señalamos las siguientes situaciones en las que se puede mediar:

  5. El ideal es que la mediación sea solicitada antes de comenzar el proceso jurídico, no obstante, la mediación tiene cabida en cualquier momento del citado proceso: antes, en y después de la separación, con la salvedad de que no se puede realizar la mediación si, en caso de estar el proceso jurídico en marcha, no se paraliza previamente. Nada impide en el Ordenamiento jurídico español que el proceso de negociación, normalmente previo a la interposición de la demanda, prosiga o se inicie después de comenzado el proceso.

  6. Cuando los cónyuges no están satisfechos con las medidas establecidas en la resolución judicial de la separación y solicitan la intervención del mediador para replantearlos y llegar acuerdos entre ellos.

  7. Cuando el propio juez considere oportuno indicar la mediación en beneficio del menor, apoyándose en el art. 158.3 del Código Civil donde se dice: «En general, las demás disposiciones que considere oportunas a fin de apartar al menos de un peligro, o de evitarles perjuicios». El peligro del menor, al que se refiere el citado artículo, puede ser de índole psicológica y provenir del enfrentamiento grave entre los progenitores, por lo que puede ser recomendable la mediación.

  8. Cuando una vez separados, los padres quieren retomar y reelaborar los acuerdos contenidos en el convenio regulador, lo que puede suceder en uno de los tres supuestos siguientes:

    – Porque ha cambiado alguna circunstancia de uno o de ambos cónyuges.

    – Porque los acuerdos tomados ya no se ajustan a las nuevas circunstancias de los hijos.

    – Porque han surgido aspectos puntuales no previstos en el convenio regulador.

  9. En aquellas situaciones de conflicto que se generan por dificultades que bloquean los procesos de acuerdos entre los miembros de la unidad familiar, como son entre otros los siguientes:

    – Conflictos entre hermanos generados por responsabilidades que han de compartir o de asumir respecto a otros miembros de la unidad familiar, como suele ser el cuidado de enfermos, disminuidos psíquicos o físicos, ancianos, etc.

    – Conflictos derivados por procesos de emancipación no concluidos, como sucede con los jóvenes adultos que alargan la dependencia de los padres.

    – Conflictos generados por motivos de herencia que enfrentan a los miembros de la familia.

    – Familias en situación de acogentes o de padres adoptivos que necesitan llegar a acuerdos con los padres o madres biológicos/as o con sus familiares más directos.

    – Otras situaciones.

    1. Sobre qué mediar: el contenido de la mediación

      El contenido de la mediación está en relación con todos aquellos aspectos que dificultan o posibilitan el desarrollo armónico y fluido de las funciones parentales, las relaciones entre padres, hijos, hermanos y las relaciones de la pareja en su condición de ex-esposos. En dos ámbitos principales se concentra la mediación familiar: los aspectos jurídicos – económicos y los aspectos educativos.

      b.1. Aspectos jurídicos-económicos

      Dada la importancia de la familia como institución social, el proceso de ruptura familiar lleva aparejado inevitablemente consecuencias judiciales. Su carácter coercitivo, alienado al esquema «gana/pierde», le otorga un considerable potencial de escalonamiento del conflicto, por lo que constituye un área prioritaria para la mediación, todo lo cual se agudiza con los aspectos económicos y financieros, como son los siguientes:

      1) Pensión alimenticia para los hijos

      2) Pensión compensatoria para el cónyuge que la solicita.

      3) Guarda y custodia

      4) Patria potestad (salud, ocio, educación integral, ...)

      5) Régimen de visitas.

      6) Separación de bienes.

      7) Liquidación de bienes.

      8) Uso del domicilio conyugal.

      9) Cambio de vivienda.

      10) Cambio de lugar de residencia.

      11) Obligaciones fiscales: declaración conjunta o separada de la renta, de venta de los bienes, etc.

      Aspectos legales a tener en cuenta:

      1) Patria potestad compartida.

      2) Patria potestad con excepciones.

      3) Separaciones de hecho no judiciales: capitulaciones de bienes ante notario, con remisión al Registro de Propiedad.

      4) Prescripciones legales en relación con los cambios de guarda y custodia, y régimen de visitas.

      5) Aspectos que no pueden ser objeto de mediación:

      • Violencia sexual

      • Malos tratos: físicos y psíquicos a menores o entre adultos.

      • Abusos sexuales.

      • Falta del libre consentimiento.

      b.2. Aspectos educativos

      Como se mencionó anteriormente, otro objetivo prioritario de la mediación es la reducción de los posibles daños de la separación en los hijos y el mantenimiento de las responsabilidades parentales en la tarea educativa. A continuación se señalan algunos de los aspectos relacionados con la educación de los hijos que, en beneficio de estos, deben ser objeto de acuerdo por parte de los padres.

      1) Pautas de autoridad a consensuar y a respetar en la situación de separados.

      2) Clarificación de las figuras paterna y materna, de las responsabilidades educativas y del cuidado de los hijos en relación con la nueva situación de separados. Distribución de responsabilidades.

      3) Criterios educativos y pautas básicas a consensuar a favor de la educación de los hijos según las edades y circunstancias.

      4) Control de la tendencia existente a utilizar a los hijos como «portavoces» o «mercancías» de cambio o de chantaje emocional por parte de los padres.

      5) Definición de la relación con las nuevas figuras paterno/materna y/o de hermanastros que se pudieran dar en caso de

      que uno de los dos creara una nueva familia, lo que a su vez conlleva relaciones con la nueva familia extensa.

      6) Bloqueos o resistencias emocionales que dificultan las relaciones armónicas entre padres e hijos, entre hermanos y entre otros miembros.

      7) Dinámica de la protección y educación de los hijos que el padre no custodio ha de seguir durante el cumplimiento del régimen de visitas.

      8) Criterios a consensuar para la toma de decisiones ante situaciones extraordinarias de los hijos: enfermedades, cambios de colegio o de residencia estudiantil, etc.

      9) Criterios a tener en cuenta para desarrollar conjuntamente la educación integral de los hijos: educación moral, ética, religiosa, elección de estudios profesionales o universitarios, actividades extraescolares, etc.

      10) Criterios que orientan la conveniencia de la ayuda o intervención de terceros en la crianza, protección, ayuda y educación de los hijos: abuelos, tíos u otras personas que se acercan a la nueva situación de la familia.

      11) Asistencia a las reuniones convocadas por los colegios de los hijos.

    2. Finalización y contraindicación de la mediación

      La filosofía que rige la mediación resulta tan atrayente que puede dar lugar a una visión excesivamente optimista de la misma, llegando al error de creer que la mediación es la panacea para la resolución de todos los problemas o conflictos familiares. La mediación opera esencialmente partiendo de la libre voluntad de las partes, y es ahí donde se puede encontrar mediatizada por alguna circunstancia, ya que la mediación tiene sus limitaciones. En este sentido, y a tenor de lo que se indicó más arriba, la mediación familiar está contraindicada en los siguientes casos:

      – Cuando alguno de los miembros de la pareja no ejerza control sobre su voluntad y, por lo tanto, sea incapaz de asumir compromisos adquiridos, como sucede en los casos de alcoholismo, drogadicción, trastornos mentales graves y otras patologías psicosociales.

      – Tampoco es aconsejable la mediación en los supuestos en los que uno de los miembros de la pareja, o sus hijos, sean objetos de violencia familiar física o psíquica grave. En tales supuestos, las decisiones estarían inevitablemente condicionadas por el desequilibrio de poder existente en la pareja. La responsabilidad del mediador exige en estos casos tomar las precauciones necesarias para garantizar en todo momento la seguridad del sujeto objeto de agresión. En síntesis, no cabe la mediación familiar en las situaciones siguientes: Violencia sexual, malos tratos físicos y psíquicos a menores o entre adultos, abusos sexuales y la falta del libre consentimiento. La mediación concluye de distinta forma: por la firma de los acuerdos, por la interrupción de una de las partes o por decisión del mediador, cuando considere que se ha dado alguna de las contraindicaciones, antes mencionadas.

      SEGUNDA PARTE

      INTRODUCCIÓN

      Un tema recurrente en los procesos de separación tratado en la terapia y en la mediación familiar es el que se refiere a la comunicación a los hijos acerca de la separación de los padres. Es un tema que genera gran preocupación a los padres quienes

      temen hacer daño a los hijos y perder el cariño y el control sobre ellos.

      El acierto en la forma de comunicar a los hijos dicha decisión permite amortiguar los efectos contraproducentes de la separación y orientar más fácilmente el futuro de los hijos después de la misma.

      Las parejas que se separan terminan paradójicamente «trabadas como parejas y enfrentadas como padres». Cuando se logra superar la paradoja, es decir, separándose efectivamente como parejas, asumiendo las diferencias que no pueden superar y uniéndose como padres en el ejercicio de las funciones parentales, se está en la disposición más favorable de afrontar la comunicación a los hijos sobre tal decisión.

      El tema que nos ocupa en esta segunda parte se desarrolla en ocho puntos:

  10. Consideraciones previas sobre la separación conyugal.

  11. Los impactos de la separación en los hijos.

  12. Las posiciones de los padres e hijos ante la separación.

  13. La importancia de la comunicación de la decisión de separarse.

  14. La doble vía de la comunicación familiar.

  15. Los condicionantes de la comunicación de la separación.

  16. Cuestiones prácticas: cuándo y cómo comunicar a los hijos la decisión de separarse.

  17. El papel del mediador.

    CONSIDERACIONES PREVIAS SOBRE LA SEPARACIÓN CONYUGAL

    La separación de la pareja no es un acontecimiento que, por lo general, surge de súbito sin que previamente se produjeran señales de aviso. Es un acontecimiento que se genera a lo largo de un proceso, según el cual cada miembro de la pareja, aunque con ritmos distintos, lo va elaborando de alguna forma en su foro interno como la solución última ante una situación problemática, que la pareja no logra resolver.

    Las energías emocionales y los intentos de solución que se emplean, las expectativas y frustraciones que se experimentan en dicho proceso adquieren tal calibre que los afectados se vuelven muy agobiados con importantes dificultades para responder con lucidez y serenidad a las necesidades de los hijos. Llevados por la angustia, los padres recurren a los hijos, las más de las veces sin previa reflexión sobre sus efectos, en busca de apoyo y ayuda, lo que supone agregar sobre los débiles hombros de éstos una carga demasiado pesada, y, cuando no, los utilizan, unas veces, como chivos expiatorios sobre los que descargan toda su agresividad y, otras, como puentes para enviar a través de los mismos, a vuelta de correo, las facturas pendientes, es decir, las mutuas frustraciones, decepciones y solapados desquites.

    Así pues, cuando la pareja se desgarra en el proceso de separación o divorcio, ofuscada por la situación y perturbada emocionalmente, ambos miembros de la misma entran en un estado de ambigüedad o incertidumbre por el que oscilan entre ceder o retener, imputarse o comunicarse, agredirse con o sin violencia, manejando estrategias que aumentan la confrontación. En estas circunstancias, los niños son víctimas de un gran sufrimiento e incertidumbre. Se convierten en testigos de la violencia, que se dispara entre sus padres y en objeto de castigo y de monedas de cambio. De ellos se espera, en la maraña del conflicto, que tomen parte en el interés de uno de los dos.

    Afrontar una situación de separación y divorcio suele ser en la mayoría de los casos una experiencia penosa y estresante para la vida de la familia y la propia pareja. El nivel de estrés y de ansiedad que produce la separación está reconocido por los estudiosos dentro de los más elevados que se puede experimentar en la biografía de cualquier persona. Se ha constatado que los tres acontecimientos que producen más estrés son: la muerte del cónyuge o de un miembro de la familia, la separación conyugal y la mudanza de una casa. A lo indicado hay que añadir que el nivel de estrés que produce la separación correlaciona con un conjunto de variables como son las siguientes: el tipo de conflicto que ha generado la separación, el tiempo que ha durado, la edad de los cónyuges, los años de convivencia marital, el número de hijos y sus edades, y los recursos que tiene la pareja para afrontar la situación de separación, etc.

    La separación matrimonial es un acontecimiento de múltiples dimensiones: jurídica, ética, social, económica y principalmente emocional, psicológica.

    Refiriéndonos a la dimensión psicológica, conviene señalar que la separación supone un proceso de redefinición del significado de los estatus y roles de ambos miembros de la pareja. Supone redefinir al otro cónyuge como alguien que ya no es «mi pareja», el complemento afectivo para el futuro; todo lo cual entraña desandar el camino del enamoramiento, elaborado durante el tiempo de convivencia habido en la pareja. Supone también redefinirse a sí mismo y entrar en otro estatus social, el de «separado», «divorciado», es decir, «no casado», lo que implica el aprendizaje de nuevos roles y tareas. En fin, se experimenta un nuevo estado de resocialización, no exento de dificultades de adaptación y aprendizaje, en el que hay que definir nuevas funciones parentales, un nuevo ajuste personal y la reconstrucción de las relaciones con la red social. ( Navarro Góngora y J. Pereira, 2000, pp. 188).

    LOS IMPACTOS DE LA SEPARACIÓN EN LOS HIJOS

    Las tasas de separación y divorcio en España han seguido una evolución ascendente desde la aprobación en 1981 de la Ley por la que se regulan las rupturas conyugales.

    Según los datos del Consejo General del Poder Judicial se ha pasado de 16.363 (6.880 separaciones y 9.483 divorcios) en 1981 a 59.463 (36.272 separaciones y 23.191 divorcios) en 1990, alcanzándose, en 1998, 92.909 rupturas (56.837 separaciones y 36.072 divorcios). Estas cifras continúan aumentando en los dos últimos años contabilizados: 1999 y 2000, siendo respectivamente como siguen: año 1999: 96.580 (59.547 separaciones y 36.900 divorcios), año 2000: 103.548 (63.430 separaciones y 39.973 divorcios). Comparando estos últimos datos con el número de matrimonios que se celebran, se puede afirmar que por cada dos parejas que se casan se rompe un matrimonio.

    En España, el 90% de las mujeres y hombres que se separan tienen hijos. Más de la mitad tiene uno o dos hijos. En un 25% de los casados hay tres o cuatro hijos.

    Respecto a la edad de los hijos, uno de cada tres hijos de familia separada tiene menos de cinco años, y uno de cada cinco ronda la mayoría de edad o la sobrepasa.

    La bibliografía existente relacionada con los efectos de la separación en los hijos es muy amplia, lo que señala la gran importancia que los investigadores conceden al estudio de las repercusiones (a nivel emocional, cognitivo y social) de la ruptura del núcleo familiar sobre sus miembros más vulnerables (Doménech, 1994). La mayoría de los trabajos se centran en los efectos a corto plazo siendo escasos los que contemplan los efectos a largo plazo.

    La mayoría de las parejas superan el proceso de separación física, psíquica, legal y económica entre el primer y segundo año de la ruptura. Por parte de los hijos, se ha observado que existen más problemas de adaptación en niños de familia de padres separados o divorciados que en las familias intactas,

    aunque los investigadores no se han puesto de acuerdo en cuanto a la extensión, gravedad y duración de los efectos en los mismos, dada la gran variedad de factores intervinientes y las diversas respuestas de los menores (Emery et al. 1994). Pittman, por su parte, señala que la mayoría de los hijos de padres divorciados vuelve a la normalidad transcurrido un año, que la experiencia del divorcio es terrible y deben estar preparados para lo peor. No obstante son miles las parejas que se separan todos los años y sobreviven. (1990).

    Los efectos más importantes de la separación en los niños se dan en los primeros años posteriores a la separación, disminuyendo con el paso del tiempo, aunque se prolongarán si los conflictos y tensiones entre los progenitores continúan. Sean como fueren, las situaciones de crisis familiar en general, y las rupturas matrimoniales en particular, suponen para los hijos menores de edad una serie de eventos estresantes y adaptativos, en cuyas circunstancias se hace imprescindible la necesidad de proteger y respetar el bienestar de los mismos en consonancia con el momento evolutivo por el que están pasando.

    Para el tema que nos ocupa y al hilo de estas observaciones, conviene que reparemos, aunque sea brevemente, acerca de la percepción que los hijos pueden tener sobre la separación de sus padres, lo que describimos en tres aspectos:

    1. El sentimiento de privación: Los hijos sienten sin lugar a dudas el malestar de sus padres y experimentan el sentimiento de la pérdida del progenitor que se separa o se va de casa, lo que sucederá en mayor grado cuanto menor edad tengan los hijos.

    2. El sentimiento de desasosiego: Los hijos viven con frecuencia dicho acontecimiento con preocupación y temor frente a su futuro, produciéndose a veces conductas episodios preocupantes o irregulares.

    3. La triangulación en el conflicto parental. Se produce una triangulación en el sentido de que el hijo es convertido en portavoz de mensajes y arreglos de cuentas de sus padres, obligándoles a tomar partido por uno de los dos.

      LAS POSICIONES DE LOS PADRES E HIJOS ANTE LA SEPARACIÓN

      Para poder responder a la pregunta cómo orientar a los padres a la hora de comunicar a los hijos la decisión de separarse, conviene reparar en las posiciones bien distintas que adoptan los padres y los hijos, aunque todo está condicionado por el conjunto de variables arriba indicadas:

      · Entre los adultos podemos destacar dos posiciones:

    4. Considerar la separación como una solución a los conflictos y en muchos casos como una liberación del otro cónyuge conflictivo.

    5. Definir la separación, al menos por una de las partes, como una solución problemática no deseada, ya sea porque va en contra de las condiciones o intereses de una de las partes o porque va en contra de las actuales condiciones de los hijos, al estimarse que de esa forma su futuro experimentará importantes riesgos.

      · Los hijos, por su parte, y cuanto más niños son, presienten la separación de sus padres como una amenaza a su futuro, es decir, como una rotura de su vida. En este estado de cosas se disparan en los niños un conjunto de reacciones que van desde el miedo a perder el amor de sus padres a las fabulaciones que construyen sobre estos, como son las posibles reconciliaciones, la vuelta a la situación anterior, etc.

      LA IMPORTANCIA DE LA COMUNICACIÓN DE LA DECISIÓN DE SEPARARSE

      El capítulo referido a la importancia acerca de la adecuada comunicación a los hijos de la decisión de separarse, viene determinado por múltiples factores. Aquí nos vamos a referir a dos: por la relación, que en el caso de los hijos menores, tiene con la construcción de la identidad de éstos, y por el sentimiento de padres «fracasados» que dicha comunicación puede generar en los padres.

      La construcción de la identidad es un proceso que pasa por una serie de etapas, unas más importantes que otras, siendo decisivas para cualquier hijo las fases más tempranas. En dicha construcción juegan un papel primordial los agentes socializadores significativos, que en el presente caso son los padres.

      El proceso de construcción de la identidad pasa por la elaboración del autoconcepto y de la autoestima. El primero hace referencia al conjunto de percepciones que cada individuo tiene de sí mismo. Es un constructo mental formado por las múltiples percepciones, sentimientos, actitudes, valoraciones y expectativas que cada persona va elaborando de sí mismo en los espacios interactivos donde se desarrolla, principalmente en los grupos primarios, uno de los cuales es la familia. (Machargo, 1991). El segundo, la autoestima, hace referencia al valor que los individuos depositan en el yo que perciben. Es un aspecto básico del autoconcepto, en cuanto implica un juicio valorativo del yo. (Palacios e Hidalgo, 1999). Así pues, el primer concepto se refiere a los aspectos cognitivos, a la percepción e imagen que cada uno tiene de sí mismo, el segundo concepto, la autoestima, señala los aspectos evaluativos y afectivos, es decir, cómo se valora y se acepta una persona.

      La construcción de la identidad es una realidad dinámica que se inicia desde los primeros años de la vida y se irá consolidando positiva o negativamente, dependiendo de múltiples condiciones. Así mismo, es una realidad multidimensional en cuanto que abarca tres áreas básicas: el área sexual, el área social y el área profesional. El área sexual implica la identidad y aceptación del propio sexo y de las consecuencias físicas, psicológicas y sociales del hecho sexual humano. Es decir, supone la realización del potencial sexual humano. El área social comprende la construcción de la identidad familiar, nacional, étnica, religiosa, así como también la asunción del patrimonio cultural al que los individuos se adhieren en los micro y macrogrupos humanos, lo que en el caso de los hijos le vendrá por la vía paterna y la vía materna. El área profesional comprende las diferentes competencias, recursos y habilidades que permiten a los individuos desarrollarse y elaborar su futuro valor económico y social con el que integrarse en la sociedad lo mejor equipado posible: el orden escolar, el orden profesional y el orden sociorelacional.

      Las funciones parentales están orientadas a ofrecer las bases de la construcción de la personalidad de los hijos con la que estos se insertan en la sociedad, favoreciendo la mejor socialización posible, previendo sus dificultades, protegiéndoles, ofreciéndoles seguridad y fortaleciéndoles ante las dificultades que les supone realizar el camino de la autonomía personal, la necesaria emancipación.

      En este contexto se comprende la importancia de la comunicación a los hijos de la decisión de separarse, de tal manara que dicha comunicación altere lo menos posible el proceso de construcción de la identidad de los hijos, se prevea los posibles impactos negativos, y ambos padres refuercen y conjunten la orientación y el ejercicio de sus funciones socializadoras en un proyecto común de estabilización.

      Una segunda razón de la importancia de la comunicación a los hijos de la decisión de separarse viene requerida por el sentimiento de fracaso como padres que puede asaltar al ánimo de la pareja que decide separarse.

      La experiencia clínica y de mediación familiar indica al respecto que muchos padres, cuando se plantean seriamente la comunicación de la separación a los hijos, lo vivencian con tal angustia y desasosiego que se ven asaltados por los sentimientos de culpa y de padres fracasados. Todo ello les lleva a replantearse si procede o no la separación, o si es el momento oportuno. Tales supuestos les pueden generar o una actitud positiva de reflexión y de revisión, o una situación de pseudoreconciliación. (Navarro Góngora y J. Pereira, 2000, pp.182) Tal condición no supondría otra cosa que alargar el conflicto que han de resolver, empeorándose las relaciones y profundizándose dichos sentimientos negativos.

      Una adecuada comunicación supone encauzar las perspectivas de los hijos respecto al hecho de la separación, disipando dudas, temores, incertidumbre, etc., y facilitando la asunción de la separación y la adaptación a sus consecuencias. Todo ello disminuirá la confusión lógica de los hijos ante los aspectos penosos de la separación.

      LA DOBLE VÍA DE LA COMUNICACIÓN FAMILIAR: LA EXPLÍCITA Y LA IMPLÍCITA

      La comunicación que los padres hacen a sus hijos acerca de la decisión de separarse es algo más que un acto transitorio e impuesto por la precipitación de los hechos, aunque no exento de preocupación e incertidumbre. Dicha comunicación se ha de situar en un contexto mucho más amplio, dentro de un modelo educativo familiar omnicomprensivo, que permita satisfacer las necesidades básicas de seguridad, protección y desarrollo integral de los hijos.

      Así como existe una educación o currículo formal, explícito, y una educación implícita o currículo informal, también existe una doble comunicación familiar: la explícita y la implícita.

      Por comunicación familiar explícita se entiende aquella por la que los padres transmiten a sus hijos de manera expresa cualquier criterio educativo, norma, prohibición, consejo, deseo, sentimiento, expectativa, decisión, etc. Cuanto mayor importancia concedan los padres al contenido de su comunicación, mayor tiempo dedicarán a buscar las mejores circunstancias y el mejor modo de hacerla, pues de todo ello dependerá el efecto deseado.

      La comunicación implícita o informal se da cuando no se utilizan los canales explícitos sino que se recurre a múltiples formas y estrategias como son las frases de doble sentido, frases con supuestos no explicados, quejas y desautorizaciones respecto al cónyuge, etc. Es decir, tal comunicación se articula a través de las múltiples y diversas frases con doble sentido, signos orales y gestuales que implican un «meta – lenguaje» y otros.

      Se puede afirmar de manera analógica, que así como los modelos educativos familiares están sustentados por «teorías implícitas» (Rodorigo Rodríguez, A. y Marrero, 1993. Rodrigo y Correa, 1999), también la comunicación informal a los hijos de la separación de los padres está influida por teorías implícitas. Éstas se construyen mediante la recolección espontánea de experiencias en escenarios interpersonales, contienen conceptos, ideas, sobre el origen y causas de los conflictos y de la separación y facilitan la comprensión, la toma de decisiones frente a la ruptura de la pareja, la predicción del comportamiento de los otros y la organización de las propias acciones.

      Este tipo de comunicación suele ser incontrolado e irreflexivo por parte de los padres, sin reparar en los impactos que pueden producir en los hijos, ya que, con este tipo de comunicación y a causa de los estados de ánimo que origina la separación, se corre el riesgo de hacer ante los hijos proyecciones negativas e inculpatorias respecto al cónyuge.

      Con frecuencia sucede que los hijos prevén y saben de antemano de la separación de sus padres antes de que estos se lo digan explícitamente. De alguna forma, los padres ya la han transmitido informalmente y los hijos, por su parte, la deducen y a veces la prefieren, supuesta la historia de conflictividad habida entre los padres.

      Cuando la comunicación de la separación se hace a los hijos de manera informal, se acrecientan en ellos el sentimiento de desasosiego y de incertidumbre, pues no saben en qué condiciones van a quedar después de la separación y cómo van a ser satisfechas sus necesidades. Estos sentimientos se traducirán en conductas negativas que a los padres les resultan difíciles de controlar.

      LOS CONDICIONANTES DE LA COMUNICACIÓN DE LA SEPARACIÓN

      La comunicación explícita, o en el peor de los casos la implícita, que los padres hacen a los hijos acerca de la separación, que ya han decidido, o que van a decidir, no se limita de ordinario a un momento histórico concreto, determinado por un comienzo y un final, cargado sin duda de tensión e incertidumbre, sino que se inserta en un contexto psicosocial más amplio, constituido por un conjunto de elementos psicosociales, relacionados con los siguientes factores o condiciones:

    6. Las condiciones socioeconómicas de la unidad familiar. Éstas producirán mayor o menor desasosiego e inseguridad, dependiendo de la solvencia o precariedad de la familia en general y de la pareja en particular. Cuando tales condiciones son o se prevé que serán más desfavorables para una de las partes, y debido a los efectos negativos que esto pueda producir en los hijos, la comunicación que se les transmita acerca de la separación estará teñida de un discurso acusatorio y basado en la queja, para lo que se utilizan frases como las siguientes: «tu padre o tu madre te abandonó»; «si él quisiera a sus hijos no haría lo que está haciendo»; «yo no tengo dinero, pídeselo a tu padre»; «no sé qué ha visto en esa mujer que yo no tenga», «yo he dado mi vida por él y por ustedes», «tu madre nos abandonó», etc.

    7. Condiciones psico-personales de la pareja. La discreción de juicio para diferenciar entre los impulsos emotivos y la racionalidad para tomar decisiones, la capacidad para asumir las consecuencias de las propias decisiones, la fortaleza y estabilidad de ánimo para afrontar las dificultades, son elementos que revelan la consistencia y madurez personal, necesarias para que cualquier pareja pueda afrontar la confusión y el estado de cierto caos o debacle que irremediablemente siguen de ordinario a la ruptura del matrimonio. Las parejas que viven la experiencia de la separación con escasa consistencia o madurez personal suelen adoptar alguna de las siguientes actitudes, lo que a su vez va a dificultar la comunicación a los hijos:

      1) Negar lo ocurrido durante un largo tiempo. Esto impedirá reconocer, aceptar y superar las emociones abrumadoras que invaden el estado de ánimo de la pareja afectada. Tal disposición llevará a utilizar el lenguaje del engaño para explicar a los hijos la ausencia del otro cónyuge.

      2) Adoptar la postura autodestructiva. Ésta se da cuando la pareja en cuestión se estanca en los sentimientos de angustia y tristeza profunda, para así dar a conocer a través de los episodios de enfermedad o de somatizaciones diversas que el causante

      de su estado de deterioro es su ex – pareja que se ha separado y le ha abandonado.

      3) Uso de la venganza. En esta categoría o disposición se encuentran aquellas personas que, motivadas por el resentimiento hacia sí mismos o hacia su pareja, se lanzan a una lucha por la custodia de los hijos, movidos más por el deseo de venganza que por el temor a perderlos. En tales circunstancias los hijos se sienten cuando menos manipulados y forzados a tomar partido a favor de uno y en contra del otro progenitor.

      4) La huída hacia delante. Esta actitud se da en aquellas parejas que, huyendo del calvario que les supone la separación, prefieren abandonar y huir de las responsabilidades, cayendo en el alcohol o en las drogas. En tales personas se produce un proceso de deterioro, lo que a su vez se convierte en un mensaje subliminal por el que se les transmite a los hijos una imagen negativa y generadora de compasión.

    8. Los estilos educativos. Muchos autores defienden la hipótesis según la cual los modelos educativos que presidían los criterios y normas educativas previas a la separación, continuarán después de la misma. La comunicación a los hijos acerca de la separación de los padres tiene su ubicación natural en los estilos educativos de los padres. Estos estilos se mueven entre dos parámetros que caracterizan los estilos de socialización familiar: el control de los hijos y el apoyo parental. El primero se refiere al eje que discurre entre la permisividad y la coacción, la libertad de acción y la vigilancia. El segundo, relativo al soporte emocional que los padres brindan a sus hijos, se articula a lo largo de un continuum que va desde la calidez afectiva a la hostilidad. Del énfasis que los padres pongan en estos ejes educativos dependerá la forma con la que comunican a sus hijos la decisión de separarse y el control sobres los posibles efectos.

      CUESTIONES PRÁCTICAS: CUÁNDO Y CÓMO COMUNICAR A LOS HIJOS LA DECISIÓN DE SEPARARSE

      No se trata de ofrecer un recetario, pues son los padres quienes bien conocen a sus hijos y saben cuándo y cómo llegar a ellos y darles una noticia que ya presienten o saben, aunque no oficialmente. Se trata de ofrecerles la palabra para permitirles así expresar su vivencia, su visión de la situación conflictiva, a veces dramatizada por sus efectos devastadores, y aclararles la incertidumbre de su futuro que les produce la separación de sus padres, para lo cual proponemos unas orientaciones basadas en cuatro principios:

      Primero: El ajuste emocional de los padres. Los hijos no sufren tanto por la separación de sus padres cuanto por la mala o inadecuada relación que éstos manifiestan ante ellos. Cuanto más cordial, controlada y coordinada sea la relación de los padres, mayor serenidad y estabilidad generan en los hijos a pesar de la separación. El éxito de los hijos en su adaptación a la separación o divorcio de sus padres «se liga directamente a las posibilidades de ajuste emocional de los padres y a las posibilidades de ambos de compartir, desde la distancia, la función parental» (Navarro Góngora y J. Pereira, 2000, pp. 188).

      Segundo: La pareja ya separada debe anteponer las necesidades de los hijos a las suyas propias. Los padres han de estar atentos a satisfacer las necesidades básicas que de forma especial reviven los hijos en estas circunstancias de crisis: seguridad de afecto y de protección, previsión de su futuro, liberación de posibles sentimientos de culpabilidad con relación a sí mismo y con relación a sus progenitores, educación integral, etc.

      Tercero: Dar una imagen estable y compacta de padres unidos, manifestando de esta forma criterios educativos y normas coincidentes y acordadas con las que orientan el proceso educativo de los hijos.

      Cuarto: Adaptarse a las edades y características de los hijos. Son los padres los que mejor saben cuáles son estas circunstancias. Ello implica conocer las reacciones y comportamientos propios, al menos a grandes rasgos, de cada etapa, para poder contextualizar y orientar las reacciones de los hijos.

      De la mano de estos presupuestos podemos responder, a título orientativo, a las siguientes preguntas:

      • ¿Cuándo comunicar a los hijos la separación?

      La respuesta ideal es que sea cuando la decisión de la separación se haya tomado en firme por ambas partes de la pareja, y no antes, para así no dar lugar a que se disparen en los hijos fabulaciones, solapadas alianzas o la aparición de episodios preocupantes y así los padres, por su parte, no cedan a pseudoreconciliaciones, que las reacciones de los hijos les puedan provocar.

      • ¿Quién o quiénes han de comunicarlo?

      Han de ser los dos miembros de la pareja, acordando el contenido y la forma, para lo cual es necesario emplear un tiempo de reflexión y de diálogo. El proceso de mediación familiar ofrecerá sin duda un espacio privilegiado, un clima adecuado y motivos que inspiran y orientan este diálogo.

      • ¿Cómo comunicarlo?

      La respuesta al cómo viene dada por la influencia del ambiente que los propios padres creen explícitamente en el proceso de comunicación, al que deben de darle un tiempo concienzudo de preparación. Este ambiente debe estar alimentado por los siguientes mensajes, que han de ser manifestados con gran claridad y sencillez:

      – Manifestar a los hijos la incondicionalidad del amor y protección de ambos padres. Los padres seguirán siendo los protectores y responsables del futuro de sus hijos, pase lo que pase. Ellos no han de temer por su bienestar presente y futuro.

      – Dosificar la explicación según lo precisan la edad de los hijos u otras circunstancias de éstos. No decir o explicar más de lo que los hijos necesitan y quieren saber.

      – No dramatizar la situación, ni ocultar las dificultades existentes entre ellos como pareja, lo que será para los padres un acicate para una mayor y mejor dedicación entre ellos a favor de los hijos.

      – Evitar toda culpabilización tanto con relación a cada miembro de la pareja como en relación con los hijos. Ello permitirá que no se instale el sentimiento de culpa y como consecuencia no se bloqueen las relaciones.

      – No dar pie a encuentros o a conversaciones con los hijos que les sugieran la esperanza de la vuelta o del reencuentro. El divorcio, en principio, es permanente.

      – Proyectar a los hijos el mensaje de que la decisión de la separación es de los padres y no de ellos. A los hijos no se les debe permitir que tomen partido al respecto ni darles pie para que esto suceda.

      – No provocar ni admitir que los hijos se conviertan en portavoces para hacer llegar mensajes al otro padre.

      Es necesario:

      – Transmitir a los hijos que los criterios educativos y normas a seguir continuarán siendo de decisión de los dos.

      – Evitar pautas de autoridad que sean básicamente distintas y contradictorias cuando los hijos están con el otro progenitor, que observa el régimen de visitas.

      – Mantener con los hijos las celebraciones rituales al uso: cumpleaños, algunas fiestas, comidas, salidas, etc.

      – Mantener regularmente por parte del padre no custodio el régimen de visitas que le toca observar, sobre todo cuando los hijos tienen pocos años, prolongando las mismas pautas de conducta que el otro progenitor sigue de ordinario.

      – Evitar expresar ante los hijos las quejas que se pueda tener del otro progenitor y no dar pie a que cualquiera de los hijos se crea en el deber de suplir la figura del padre o madre ausente.

      EL PAPEL DEL MEDIADOR

      Con mucha frecuencia el mediador se ve abordado por las preguntas de los padres sobre cómo transmitir a los hijos la decisión de separarse. La mediación familiar es un espacio privilegiado para plantear esta cuestión y convertirla en contenido de los acuerdos de la pareja. El papel del mediador puede ser descrito en los siguientes términos:

    9. Fortalecer el equipo parental, ayudando a los progenitores a conservar o en su caso a recuperar la competencia como padres y a contraponerla y diferenciarla de la relación de ex – cónyuges. No es fácil preservar aquella al mismo tiempo que se disuelve ésta. Quienes lo consiguen demuestran poseer una capacidad de dominio de sus desavenencias, sobre las que es posible trabajar. La pareja parental y la conyugal se han imbricado en la vida ordinaria. Un trabajo de mediación ha de estar orientado, a través de los acuerdos, a deslindar la una de la otra, favoreciendo el distanciamiento en relación con aquella situación en la que ambos padres permanecen cerrados, pillados en la trampa de rencores recíprocos. El mediador debe facilitar la asimilación de la separación y la adopción de nuevos roles y permitir a los dos padres ser los actores de las modalidades de su separación, pasando por un trabajo de integración psíquica de su ruptura, que se inicia con el proceso de duelo. Con esta condición se dará lugar a la reflexión y al análisis de las buenas condiciones que atañen a los hijos y a las que la pareja ha de llegar a acordar, para seguir actuando como padres.

    10. Manejar adecuadamente el propósito explícito que los padres tienen de no hacer daño a sus hijos, devolviéndoles esta voluntad como el mejor instrumento para actuar positivamente a la hora de comunicar a los hijos la decisión de separarse.

    11. Ayudar a los progenitores a pasar de una paternidad/ maternidad interesada en el disfrute personal del hijo/a a una paternidad/ maternidad centrada en el menor, lo que significa tener un fino sentido de la responsabilidad y de la generosidad.

    12. Ayudar a la pareja a priorizar sus decisiones y actuaciones en función de la satisfacción de las necesidades básicas que tienen los hijos como son: seguridad de afecto y protección, previsión del futuro y liberación de posibles sentimientos de culpabilidad, ya sea en relación consigo mismo, ya sea en relación con sus progenitores.

    13. Ayudar a la pareja a que distinga y controle la comunicación implícita de la separación de la comunicación explícita.

    14. Tener en cuenta la necesaria prevención a cerca de las posibles interferen

      cias de terceros, familiares, amigos, que puedan distorsionar los mensajes acordados que los padres transmiten a sus hijos en estas circunstancias en que deciden separarse.

    15. Plantear en el proceso mediador, como objeto de acuerdo entre las partes, la forma de realizar la comunicación a los hijos sobre la decisión de separación, concretando, según las edades de los hijos y otras circunstancias relevantes, el contenido, el cuándo y el cómo hacer esa comunicación. Con relación a estos acuerdos cabe sugerir las siguientes disposiciones:

      – Preservar la buena imagen de ambas figuras parentales a los ojos de los hijos.

      – Preservar, en la comunicación ordinaria con los hijos, un espacio neutral para que no se vean inducidos a tomar partido por uno de sus progenitores, ni implicarles en un posible conflicto judicial.

      – Transmitir con claridad y firmeza a los hijos menores, que existen límites y que las resoluciones judiciales son de obligado cumplimiento también para ellos.

      – Observar explícitamente las posibles conductas que los hijos puedan tener como reacción ante la decisión de los padres de separarse, para así poder actuar en consecuencia.

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      RESUMEN: El conflicto es un fenómeno consustancial a las relaciones humanas. Las familias no escapan a esta ley del conflicto humano, con sus potencialidades para el crecimiento y para la destrucción. Lo peculiar del conflicto familiar en las sociedades modernas se circunscribe principalmente en el ámbito de la pareja, aunque no se reduce a ella. Cuando una pareja salda sus conflictos con la separación está tomando una de las decisiones más difíciles que debe afrontar, siendo con frecuencia una experiencia dolorosa para la familia de procreación y las familias de origen. La «cultura ganador / perdedor» prima en los escenarios del conflicto y, en el caso de la separación y el divorcio, hace que el sistema legal, a través de los abogados, sea habitualmente la primera puerta de entrada para la solución, consolidando las diferencias entre quienes han de continuar relacionándose como padres, dejándolos en una situación de enfrentamiento prolongado. La mediación, y en su caso la mediación familiar, requiere y a la vez promueve la «cultura del acuerdo», del consenso, entre las partes en conflicto, definiendo el conflicto como una dificultad a resolver por los miembros de la pareja. El presente artículo se estructura en dos partes. En la primera, de carácter introductorio, desarrolla tres aspectos: la mediación familiar, la cultura del acuerdo y la mediación y el campo de acción de la mediación familiar. En la segunda parte, a modo de ensayo, se aborda un tema particular, pero recurrente y preocupante entre los padres que deciden separarse: la comunicación a los hijos de la separación de los padres y, para finalizar, se estudia el papel del mediador familiar respecto a este punto.

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