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ARTÍCULO 1380. TRANSMISIÓN POR TESTAMENTO.
El art. 1380 CC, dispone: La disposición testamentaria de un bien ganancial producirá todos sus efectos si fuere adju...Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Comentario al Artículo 1380 del Régimen económico matrimonial, sobre transmisión por testamento
En el art. 1380 CC se da una regla, sólo una: si el legado recayere en el cuaderno particional de la mitad correspondiente al cónyuge que ha testado, se hará entrega del mismo; si por el contrario, ese bien en la distribución de los bienes recayere en la mitad correspondiente al otro cónyuge, se sustituirá el legado por su valor, actualizado al tiempo del fallecimiento.
La correcta interpretación del ar...Ver el contenido completo de este documento
