El contrato de mandato inmobiliario: Una definición y algunas precisiones sobre su contenido

AutorJesús Vázquez Márquez
CargoLicenciado en derecho por la universidad de deusto master en derecho privado curso superior de seguridad socila y derecho laboral

En primer lugar quiero señalar que este es una propuesta de contrato (más relacionado con los mandatos de comercialización de locales comerciales), entre las muchas y muy variadas que se pueden realizar, ni mejor ni peor, simplemente un modelo basado en mí experiencia.

El artículo 1709 del Código Civil define de la siguiente manera al mandato:

“Por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra”.

Descendiendo al ámbito inmobiliario podemos definir el “Mandato Inmobiliario”, como aquel contrato en virtud del cual el mandatario (especialista en el sector inmobiliario, ya sea persona física o jurídica) se obliga a prestar un servicio de consultoría inmobiliaria (ya sea este de alquiler, de venta, de búsqueda de inmuebles ya sea para al compra o alquiler) por encargo del mandante.

Este mandato inmobiliario puede ser en exclusiva (cuando durante un periodo determinado de tiempo se le otorga a un mandatario concreto la realización de las gestiones descriptas en el apartado anterior), o en no exclusiva (cuando para la comercialización o búsqueda de un inmueble puede haber más de un mandatario).

Algunas cláusulas a tener en cuenta en la redacción de un mandato inmobiliario de comercialización
Identificiación de las partes

Este contrato comenzara por la identificación de las partes intervinientes en el mismo.

Primeramente se describirá al Mandante identificándolo con su nombre y apellidos, mayor de edad, documento de identidad y domicilio.

En el supuesto de que el mandante sea una persona jurídica, se identificara con su denominación social, CIF, domicilio y persona que la representa (se hará mención a su apoderamiento). Se adjuntara a este contrato como documento una copia del apoderamiento.

Una vez realizada la descripción del mandante se procederá a realizar la del mandatario. Si es persona física se hará mención a su nombre y apellidos, mayor de edad, documento de identidad y domicilio. Si es una persona jurídica se hará mención a su denominación social, CIF, domicilio y persona que al representa (mención e identificación del apoderamiento). Se adjuntara a este contrato...

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