La llegada masiva de inmigrantes a España: varias caras de un mismo problema

AutorLerdys Saray Heredia Sánchez
CargoProfesora Asociada. Área de Derecho internacional privado. Facultad de Derecho. Universidad de Alicante
Páginas92-107

Lerdys Saray Heredia Sánchez. Licenciada en Derecho por la Universidad de Oriente, Cuba en 1993 y Master en Propiedad Industrial e Intelectual y Sociedad de la Información por la Universidad de Alicante, 1996.Desde el curso académico 2000-2001 es profesora Asociada de Derecho internacional privado de la Universidad de Alicante, y, desde el presente curso académico 2005-2006 es Tutora del Centro Asociado de Elche de la UNED. Asimismo es profesora del Master de Comercio Internacional, del Magíster Lvcentinvs y del Curso de Experto en Extranjería, Inmigración, Nacionalidad y Relaciones Internacionales de Familia, todos de la Universidad de Alicante y cuenta con experiencia práctica como Voluntaria del Servicio de Asesoría Jurídica a Inmigrantes del la Sede de Médicos del Mundo en Alicante. Ha sido ponente en numerosos cursos organizados en materia de extranjería, comercio internacional y protección de los derechos de propiedad intelectual, entre otros. Además, es autora de diferentes artículos relacionados con dichas materias, y ha colaborado en los libros colectivos Gestión del cobro de las operaciones de venta internacional, Editorial Club Universitario, 2005, Derecho e Internet. Textos Jurídicos Básicos. Alicante, Compás editorial, 2001, y Estatuto Jurídico del no nacional en España (Nacionalidad y Extranjería), Alicante, Compás editorial, 2001.

Palabras clave: inmigración, desplazados, derechos, protección, masiva, retorno, permiso.

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I Planteamiento

1. La llegada masiva de inmigrantes a territorio español en el último año ha volcado el interés de los actores sociales y políticos en la búsqueda de soluciones a un fenómeno que no hace más que crecer cada día.

Lo que comienza como un sueño se convierte en una pesadilla, ya desde los países de origen, para quienes deciden embarcarse en un viaje hacia los países desarrollados. Tras estas personas queda, en sus lugares de residencia, una situación de pobreza extrema o bien, una larga cadena de conflictos armados o políticos, e incluso, situaciones de esclavitud que –tristemente, en ocasiones se extiende hasta los países de destino.

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2. Es justamente dentro de unas de las lecturas que tiene este fenómeno –la de carácter jurídico- donde se sitúa el objetivo de este trabajo: analizar las principales novedades que incorpora la normativa sobre protección a las personas desplazadas en España y su eficacia práctica.

Para dar cumplimiento a dicho objetivo, el análisis se estructura en las siguientes partes: una primera, que ofrece una perspectiva general acerca de las migraciones forzadas como contexto migratorio en el que se producen los desplazamientos forzado de inmigrantes; una segunda parte, en la que se analizan los aspectos más relevantes acerca de las figura de los desplazados; y a continuación, en tercer lugar, se aborda el régimen jurídico previsto en el ordenamiento español vigente para la protección de las personas que llegan a España formando parte de grupos masivos de inmigrantes. Finalmente, se aportan unas conclusiones generales de carácter crítico.

II Las migraciones forzadas. Tipos de inmigrantes

3. Los procesos migratorios se han venido produciendo a lo largo de toda la historia de la humanidad y, al igual que antes, hoy se siguen produciendo movimientos y desplazamientos de seres humanos que dejan sus países de origen motivados por diferentes causas. Entre ellas, ls continuas guerras, los conflictos interétnicos, o bien, la insostenible situación económica que divide el mundo entre países ricos y pobres1.

Seguramente, el objetivo común de estas personas que huyen de sus lugares habituales de residencia sea el de lograr una vida mejor y digna –sobre todas las cosas-para ellos y sus familiares, lo que desgraciadamente, tras largos viajes y los riesgos que sufren, no encuentran en los países de destino.

4. En los últimos tiempos, España ha desatado las alarmas ante la llegada continua de personas a las costas andaluzas y canarias2. Más, para poder entender dónde y cómo se sitúan las diferentes categorías migratorias de personas que llegan a nuestras costas, es preciso hacer referencia a las principales causas de las denominadas migraciones forzadas y a los tipos o categorías migratorias en lo que se pueden encuadrar, desde el punto de vista jurídico, las diferentes situaciones migratorias de las personas que viajan por razones forzosas

5. Un primer apunte sobre las causas de las migraciones forzadas, obliga a reconocer que, a priori, los procesos migratorios que tienen en su base -como única motivación- a las razones económicas y el carácter voluntario del traslado de lugar de residencia de las personas que emigran, no son consideradas como migraciones forzadas. Los criterios de clasificación que tienen como base las causas que originan los movimientos migratorios reservan determinadas causas asociadas a guerras, desastres, cuestiones políticas o de conflicto para justificar la protección jurídica dispensada a lasPage 94 personas desplazadas como resultado de las mismas y, por tanto, para hacerles corresponder el atributo de emigrantes forzados3.

Ahora bien, sobre este punto conviene hacer mención (a pesar de no ser el objetivo de este análisis, ya que desbordaría el alcance del mismo) a que desconocer el papel que juega el factor económico -y el grave nivel de desestructuración de la economía mundial- como impulsor de los movimientos migratorios masivos que se dirigen hacia los países desarrollados, sería como hacer oídos sordos a las consecuencias nefastas de la globalización capitalista y la terrible situación de pobreza que provoca el abandono masivo de las personas que huyen de las hambrunas, las sequías y la falta de acceso a fuentes de empleo, entre otras razones, derivadas de esta situación.

La realidad es que un análisis sobre por qué tantas personas se arriesgan a emigrar en condiciones extremadamente peligrosas para sus vidas, nos conduce a reflexionar sobre la gran cantidad de factores socioeconómicos que están detrás de estos movimientos, y plantearnos si una vida digna, ¿es un privilegio o un derecho fundamental de todos los seres humanos?

6. Una vez hechas las puntualizaciones anteriores, se analizan a continuación las principales categorías migratorias en las que pueden encuadrar los distintos tipos de emigrantes que se mueven por el mundo.

De acuerdo con el criterio más generalizado4, que sitúa como eje de clasificación de las personas emigrantes a la causa o razón del desplazamiento, podemos decir que existen tres grandes tipos de emigrantes: los emigrantes por causas socio-económicas; los emigrantes por el acaecimiento de desastres naturales; y, los emigrantes por razones políticas, religiosas o étnicas.

En cuanto a los emigrantes por causas socio-económicas, se definen como aquellos que abandonan sus lugares de residencia debido al deterioro de las condiciones económicas de sus países, del proceso de producción y la consiguiente ausencia de medios de subsistencia.

Respecto a los emigrantes por desastres naturales, su situación se deriva de la ocurrencia de los grandes procesos climatológicos como aquellos originados por inundaciones, avanlanchas, deslizamientos, huracanes, seísmos, tsunamis, etc.

Por último, en relación con los emigrantes por razones políticas, étnicas o religiosas es hacer alusión a aquellas personas que se ven obligados a emigrar en razón de los procesos políticos de sus países, lo que incluye, desde una perspectiva amplia, a las personas que sufren persecución, en especial, por razones ideológicas, políticas, étnicas, religiosas, por su condición sexual, racial o bien como resultado de conflictos violentos, tanto de carácter civil como militar. Dentro de esta categoría, los asilados y/o refugiados, encuentran amparo en el ius gentium de los Estados que ofrecen protección a los perseguidos políticos y que adquieren en estatuto de refugiados como forma dePage 95 proteger a estas personas de agresiones o sucesos que atentan contra sus vidas, su seguridad o libertad, con especial referencia a la violación continua de sus derechos fundamentales5.

III Especial referencia a los desplazados. Categorías de personas desplazadas

7. Es precisamente dentro del marco de los emigrantes por razones políticas donde se encuadra la figura de la persona desplazada. Así pues, dentro de la categoría general de desplazados, encontramos una noción general que engloba a “toda persona que se ha visto obligada a emigrar, dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o sus actividades económicas habituales, porque su vida, integridad física o libertad han sido vulneradas o se encuentran amenazadas, debido a la existencia de cualquiera de los siguientes situaciones causadas por el hombre: conflicto armado interno, disturbios o tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de Derechos Humanos u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público"6.

III 1 Categorías específicas de personas desplazadas

8. Dentro de la categoría general de personas desplazadas hay que hacer referencia a la doble distinción que los divide en dos grupos: uno, el de los desplazados internos y, dos, el de los desplazados...

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