Lema Devesa, C. (dir.) y Patiño Alves, B. (coord.), Prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los competidores y consumidores, Bosch, Hospitalet de Llobregat, 2012, 815 págs.

AutorManuel Areán Lalín
Páginas622-624

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En los tiempos revueltos que nos ha tocado vivir, son muchas las tentaciones que por doquier asaltan para romper las reglas del juego. Por eso urge resaltar la impor-

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tancia de la competencia leal en el seno de la actividad empresarial. Si de principios o valores quisiéramos hablar, la corrección, la buena fe o la transparencia se hacen más necesarias que nunca para curar la infección del sistema económico. Y si de eficiencia en la asignación de los cada vez más limitados recursos pretendiéramos tratar, sólo sobre la base de las propias prestaciones se podrá alcanzar un resultado satisfactorio. Las conductas parásitas y aprovechadas frenan la iniciativa, el esfuerzo, la inversión y, en mayor o menor medida, producen la gangrena del sano tejido empresarial.

Se comprende así que el ordenamiento jurídico deba prestar la debida atención a la represión de la competencia desleal. No es mi intención minusvalorar las aportaciones que desde la legislación, la jurisprudencia y la doctrina se han efectuado a esta área del Derecho. Mas no me resisto a compartir la sensación de «asignatura pendiente del jurista» que a este respecto me invade. El Derecho de la competencia desleal es un ejemplo paradigmático del déficit de claridad, seguridad y estabilidad que asola a nuestro ordenamiento. Es verdad que nuestro Estado complejo de las autonomías integrado en la Unión Europea obliga a vincular normas estatales, europeas y autonómicas de no fácil engarce. Y lo que todavía es más complicado, exige tomar en consideración diferentes títulos competenciales: legislación mercantil, obligaciones contractuales, defensa de la competencia, publicidad, comercio interior, protección de los consumidores... A su vez, la apertura de los mercados reclama un mayor protagonismo del Derecho internacional. Y las legítimas tendencias de autorregulación y corregulación propician la proliferación de códigos de conducta. Pero alguna mejora en la «calidad» de nuestras normas se hace imprescindible. En tanto las tan avanzadas tecnologías de la información y de la comunicación no alumbren nuevos conceptos o figuras, cuando menos debiéramos tratar de reactivar alguna de las viejas técnicas con las que nuestros clásicos trataron y lograron poner orden y sistema en el caos normativo: códigos, recopilaciones, refundiciones, etcétera.

Las anteriores reflexiones agrandan el valor de la obra objeto de esta recensión. Un comentario articulado de las cuatro leyes...

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