Legislació estatal

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas225-242

MES DE NOVIEMBRE DE 2002

  1. - CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO.-ACUERDO sobre inmunidades y prerrogativas entre la Corporación Andina de Fomento y el Reino de España, hecho en Madrid el 18 de febrero de 2002. Publica BOE de 1 de noviembre.

  2. - IMPUESTOS. MODELOS.- ORDEN HAC/2752/2002, de 29 de octubre, por la que se modifica la Orden de 26 de noviembre de 1999 por la que se aprueban los modelos 126, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, y los modelos 196, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación obligatoria de los citados modelos 196 por soporte directamente legible por ordenador. Publica BOE de 7 de noviembre. Corrección de errores BOE de 20 de noviembre.

  3. - IMPUESTOS. MODELO 030.- COMUNICACIÓN DE VARIACIÓN DE DATOS PERSONALES. RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2002, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 030, de comunicación de cambio de domicilio o de variación de datos personales o familiares, que pueden utilizar las personas físicas y se determinan el lugar y forma de presentación del mismo. Publica BOE de 7 de noviembre.

  4. - PLANTA JUDICIAL.- REAL DECRETO 1161/2002, de 8 de noviembre, por el que se completa el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2002. Publica BOE de 9 de noviembre.

  5. - MEDIO AMBIENTE. COMITÉ CIENTÍFICO.- ORDEN MAM/2795/2002, de 28 de octubre, por la que se crea el Comité Científico del Ministerio de Medio Ambiente. Publica BOE de 12 de noviembre.

  6. - RECURSOS DE DERECHO PÚBLICO RECAUDADOS POR LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.- ORDEN HAC/2816/ 2002, de 5 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 41.3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en relación con determinados recursos de Derecho público recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Publica BOE de 13 de noviembre.

  7. - TRIBUNALES. IMPRESOS NORMALIZADOS.- INSTRUCCIÓN 1/2002, de 5 de noviembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por la que se aprueban los impresos normalizados para su presentación directa por los ciudadanos en los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil. Publica BOE de 14 de noviembre. Corrección de errores BOE de 28 de noviembre.

    Los impresos se aprueban con carácter de material informativo y a efectos orientativos. (Juicio verbal y procesos monitorios.)

  8. - APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS.- LEY 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos. Publica BOE de 15 de noviembre.

    Establece el régimen jurídico aplicable a los aparcamientos en los que una persona cede, como actividad mercantil, un espacio en un local o recinto del que es titular, para el estacionamiento de vehículos de motor, con los deberes de vigilancia y custodia durante el tiempo de ocupación, a cambio de un precio determinado en función del tiempo de estacionamiento.

    Están excluidos de su ámbito de aplicación los estacionamientos en las denominadas zonas de estacionamiento regulado o en la vía pública, aunque devengaran tasas, así como los estacionamientos que se realicen en locales o recintos dependientes o accesorios de otras instalaciones, o que sean gratuitos.

    La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación.

  9. - AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MATERIA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA.- LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Publica BOE de 15 de noviembre.

    La Ley proclama su condición de básica, de conformidad con lo establecido en el artículo 149.1.1 .a y 16.a de la Constitución.

    Entra en vigor en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al de su publicación.

    El artículo 11 regula las «Instrucciones previas».

    Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas.

    Cada servicio de salud regulará el procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, que deberán constar siempre por escrito.

    No serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico, a la "lex artis", ni las que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas.

    Las instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito.

    Con el fin de asegurar la eficacia en todo el territorio nacional de las instrucciones previas manifestadas por los pacientes y formalizadas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de las respectivas Comunidades Autónomas, se creará en el Ministerio de Sanidad y Consumo el Registro nacional de instrucciones previas.

    Las normas de la Ley relativas a la información asistencial, la información para el ejercicio de la libertad de elección de médico y de centro, el consentimiento informado del paciente y la documentación clínica, serán de aplicación supletoria en los proyectos de investigación médica, en los procesos de extracción y trasplante de órganos, en los de aplicación de técnicas de reproducción humana asistida y en los que carezcan de regulación especial.

  10. -PATRIMONIO DOCUMENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.- REAL DECRETO 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original. Publica BOE de 15 de noviembre.

    Entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

    Regula la eliminación de los documentos administrativos y de series de los mismos, así como su conservación en soporte diferente al de su producción original.

    Es de aplicación a los documentos y series documentales producidos, conservados o reunidos por la Administración General del Estado y los Organismos públicos vinculados o dependientes de ella, cualquiera que sea su soporte.

    En ningún caso se podrá autorizar la eliminación ni proceder a la destrucción de documentos en tanto subsista su valor probatorio de derechos y obligaciones de las personas físicas o jurídicas o no hayan transcurrido los plazos que la legislación vigente establezca para su conservación.

    Modifica el artículo 2.1 del Real Decreto 139/2000, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.

  11. - IMPUESTOS. MODELO 111. PRESENTACIÓN POR INTERNET.- ORDEN HAC/2894/2002, de 8 de noviembre, por la que se establecen las condiciones ge-

    nerales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet de la declaración ajustada al modelo 111 a presentar por las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social. Publica BOE de 16 de noviembre.

  12. - IMPUESTOS. MODELOS 182 Y 188. PRESENTACIÓN POR INTERNET.- ORDEN HAC/2895/2002, de 8 de noviembre, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación por Internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 182 y 188, y se modifican las condiciones de presentación por Internet y por teleproceso de determinados modelos de declaración. Publica BOE de 16 de noviembre.

  13. - GESTIÓN RECAUDATORIA. ENTIDADES DE DEPÓSITO COLABORADORAS.- ORDEN HAC/2901/2002, de 12 de noviembre, por la que se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria. Publica BOE de 19 de noviembre.

  14. - CARTA DE SERVICIO DE NACIONALIDAD.- RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la carta de servicios de nacionalidad correspondiente a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.

    Publica BOE de 19 de noviembre.

  15. - CARTA DE SERVICIO DEL REGISTRO GENERAL DE ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD.- RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la carta de servicios del Registro General de Actos de Última Voluntad correspondiente a la Subdirección General del Notariado y de los Registros de la Propiedad y Mercantiles. Publica BOE de 19 de noviembre.

  16. _ SANIDAD VEGETAL.- LEY 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. Publica BOE de 21 de noviembre.

  17. - PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. ÍNDICES .- RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2002, del Banco de España, por la que se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda correspondientes al mes de octubre de 2002. Publica BOE de 21 de noviembre.

  18. - LEY ORGÁNICA 1/2002, DE 22 DE MARZO, REGULADORA DEL DERECHO...

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