La justicia social en la enseñanza social de la Iglesia

AutorVíctor M. Pérez Valera, S. J.
Páginas339 - 360

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En una brillante conferencia titulada El cristiano en la experiencia del mal, Antonio Marzal dijo: #x201c;La fe es fundamentalmente una praxis, no una teoría. eso tiene el cristiano de común con la ideología marxista. Por eso el planteamiento que le interesa, no es la teoría del mal, sino un análisis práctico de él desde la fe interpelada dialécticamente por la vida#x201d;1 Así pues, que la doctrina social de la Iglesia fuera de una actualidad práctica era algo que Antonio anhelaba sinceramente. el fue desde la academia un luchador social y con las conferencias y seminarios que en el ESADE convocaba buscaba la actualización de los ideales sociales que contribuyeran a la realización de un mundo mejor.

Nos parece, pues, muy adecuado que este libro dedicado a la memoria de Antonio Marzal tenga como tema central la actualidad de la justicia social. Hemos escogido para este ensayo el tema actualidad de la justicia social en el pensamiento social cristiano porque era un tópico que le interesaba y preocupaba no sólo en su madurez, sino desde su época de estudiante en Paris.2

Dado el espacio con el que contamos abordaremos, de modo sintético tres temas: la justicia social en las relaciones laborales (Rerum novarum), en el ámbi-Page 340to mundial del progreso de los pueblos (Populorum progressio), y finalmente el tema de la paz como fruto de la justicia (Pacem in terris). Sobre todo en los dos primeros tópicos haremos especial énfasis en la relevancia que estas enseñanzas sociales han tenido en América Latina.3

I Relevancia de la doctrina social de la iglesia

Patrick de Laubier profesor ordinario de Sociología en la Universidad de Ginebra afirma que si el imponente corpus del pensamiento de los romanos pontífices no ha tenido el lugar que debería en algunos tratados de historia de las ideas políticas, económicas y sociales, se debe, al genero literario de dichos documentos.4

En efecto, escribe Laubier, se trata de una Ética social que en parte es teología y en parte filosofía o reflexión pastoral, dirigida principalmente a los católicos, pero también a los #x201c;hombres de buena voluntad#x201d; sean creyentes o no. Sin embargo, el conjunto de estos escritos sui generis, no deja de ser una de las obras maestras de nuestro tiempo.

Si sólo consideráramos los escritos sociales del último siglo, nos encontraríamos con una impresionante biblioteca de cientos de libros y artículos publicados en decenas de revistas especializadas, que profundizan y/o divulgan el pensamiento social de la iglesia. el reciente compendio de la Doctrina Social de la Iglesia elaborado y editado por el Pontificio Consejo #x201c;Justicia y Paz#x201d; contiene más de 300 páginas. Así mismo son muy numerosos los temas que se tratan, al grado que el compendio del que acabamos de hablar dedica 200 páginas al índice de temas. Esta riqueza de pensamiento, no obstante la peculiaridad histórica de cada documento, presenta un conjunto coherente, un #x201c;principio arquitectónico#x201d; que une las diversas problemáticas y soluciones inspiradas en elementos comunes clave, como la dignidad de la persona humana y el ideal de la justicia social, ambos de inspiración bíblica.

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Cada documento tuvo un peculiar impacto en su época, pero el dinamismo de este pensamiento hace que cada nuevo documento aclare y complete el anterior: el documento antiguo conserva su actualidad. Hay evolución y continuidad, avance y apertura a las nuevas situaciones. Se da un continuo ensanchamiento de horizontes sin rompimientos ni rupturas graves. este dinamismo, es el que le da al bloque de la enseñanza social de la Iglesia, un cierto sentido, una perenne actualidad.

La iglesia no presenta un modelo político-económico-social. ella no pretende suplantar a los poderes públicos, sino con su humanismo social, inspirarlos. No se presenta como maestra en técnicas económicas, sino #x201c;experta en humanidad#x201d;.

La Doctrina Social de la iglesia es una elocuente respuesta a J. J. rousseau que en El Contrato Social, libro IV cap. VIII escribió: #x201c;El cristianismo es una religión completamente espiritual, que se ocupa de las cosas del cielo; la patria del cristianismo no es de este mundo. Cumple con su deber, es cierto; pero lo cumple con una profunda indiferencia sobre el buen o mal éxito. Con tal que no haya nada que reprocharle, nada le importa que vaya bien o mal aquí abajo. Si el Estado es floreciente, apenas si se atreve a gozar de la felicidad pública; teme enorgullecerse de la gloria de su país; si el Estado decae, bendice la mano de Dios, que se deja sentir sobre su pueblo#x201d;. En esta respuesta o respuestas de la Iglesia a los problemas sociales, algunos admiten la calidad de esta Doctrina, pero, como veremos más adelante le reprochan su ineficacia. En efecto, en la conclusión de su magnífico libro La enseñanza Social de la Iglesia, escribe Jean Villain, S. J., sin precisar mucho el dato, que a principios del siglo XX un diputado francés, desde la tribuna de la Cámara, dirigiéndose a sus colegas católicos, declaró: #x201c;Yo no os reprocho las Encíclicas pontificias; lo que yo os reprocho es no ponerlas en práctica#x201d;.5

II Actualidad de la doctrina social de la Iglesia

José Ramón López de la Osa se pregunta: ¿Tiene la Doctrina Social de los Papas un lugar en nuestro mundo?6 Aunque el artículo tiene un talante crítico, el autor reconoce la relevancia de la Doctrina Social de la iglesia a partir del Vati-Page 342cano II, y resalta sobre todo la influencia de Juan Pablo II en los acontecimientos del este europeo. Por lo demás, admite que ha sido una constante de la Iglesia el defender en todos los ámbitos los derechos de los oprimidos, si bien existen ambigüedades e inconsistencias en varios aspectos. López de la Osa cita a Donald Dorr (Option for the Poor, New York, 1984) que reconoce la actitud y el valor, tanto de Populorum progressio que llevó el problema social al ámbito internacional, como de Laborem exercens, que renueva la preocupación de la iglesia por los trabajadores y se distancia de modo #x201c;más profundo#x201d; del capitalismo. Esta última idea también la destaca Carlo Marzani en su artículo, The Vatican as a Left Ally?7 Así mismo para Peter Hebblethwaite, en The Popes and Politics: Shifting in #x201c;Catholic Social Doctrine#x201d;8 la Laborem exercens es #x201c;un intento de dejar en claro que la Iglesia, los Papas y el Evangelio#x2026; han tenido siempre algo que decir acerca de la cuestión social#x201d;.

López de la Osa destaca que es de gran actualidad la centralidad del trabajo y su dignidad y el peligro de su instrumentación. Sin embargo algunos críticos insisten en que aunque las Encíclicas enseñan y hacen hincapié en cosas relevantes también se echa de menos, como lo decía el Vaticano II, una Iglesia que aprende: la búsqueda de la verdad conlleva, no sólo rebuscar en el pasado, por más valioso que sea, sino también analizar los repuntes que se intentan todos los días.

III Justicia social

Vamos a hacer continua referencia a la justicia social, conviene por consiguiente describirla u ofrecer algún esbozo de definición. Aunque la expresión brota en el Siglo XIX, es el Siglo XX el que resulta incomprensible sin estas dos palabras. La expresión está en boca de los políticos y grupos gobernantes, de luchadores sociales, y del hombre de la calle. Pero ¿qué es justicia social? Sería trágico que su fuerza, como ciertas palabras mágicas provinieran del hecho de no ser entendidas. Desde luego la fórmula justicia social tiene que, de alguna manera, referirse al concepto primitivo de justicia, al #x201c;dar a cada quien lo suyo#x201d;. Pero ¿qué es #x201c;lo suyo#x201d;? no puede referirse a lo que se posee porque entonces al que no tiene nada, nada o casi nada se le debería, entonces lo suyo debe referirse a #x201c;lo que le es debido#x201d;, a aquello a lo que el hombre #x201c;tiene derecho#x201d;. Estas preguntas de Kelsen son justas, piden un análisis y una reflexión sobre el hombre que es sujeto de derecho. Ahora bien, independientemente de la relación entrePage 343justicia y derecho en el mundo jurídico contemporáneo se ha impuesto la distinción entre derecho y ley. De aquí surge la pregunta si el derecho es justo. esto de alguna manera nos lleva a la concepción del derecho subjetivo, y en el fondo a una antropología filosófica que nos indique qué es el hombre y qué prerrogativas brotan de su esencia.

Lo justo en los tratados clásicos hace alusión a la igualdad, pero no siempre a la igualdad matemática, sino en ocasiones a una igualdad proporcional. En otras palabras se admite que, aunque todos sean iguales ante la ley en teoría, conviene en la práctica caer en la cuenta que existen desigualdades entre los hombres. De esta consideración van a surgir en ética y en derecho, normas que tienen en cuenta las diferentes situaciones y condiciones humanas. Así, es obvio que no se puede exigir lo mismo al niño que al adulto, a la persona sana que a la que tiene impedimentos físicos o mentales. También hay factores sociales que influyen en la vida colectiva que afectan y condicionan a los individuos particulares.

Así mismo es oportuno distinguir entre la privación de algunos bienes de la mera carencia. Las carencias suelen ser parte de la condición humana, de su limitación: existen cosas que no tengo, por ejemplo la capacidad de ver más allá del violeta en el espectro, y hay otras...

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