Jurisprudencia del Tribunal Supremo civil

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 84, Diciembre 1931

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Abogados Civil

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Jurisprudencia del Tribunal Supremo civil

34. . Es de la exclusiva competencia del Tribunal «a quo» la declaración del valor de la prueba testifical y de las condiciones indispensables para que los documentos auténticos prueben por si mismos las alegaciones del recurrente. No es posible entender en casación de cuestiones nuevas no debatidas en el pleito. Sentencia de 6 de Abril de 1931.

Ante el Juzgado de Santoña, don J. demandó a una Sociedad de Seguros mutuos marítimos, diciendo que había comprado el vapor M. L., que había pertenecido como asociado a dicha Mutua de Seguros y le cambió el nombre por el de S. C, habiendo recibido un oficio de la Compañía preguntándole si pensaba seguir como asociado en la Mutua. Este oficio iba dirigido al primer nombre del barco, pero él tachó este nombre, puso en su lugar el nuevo y afirmó su deseo de seguir siendo socio de la Mutua, por la que se le cobraron varios recibos, suspendiendo luego ésta la presentación de los sucesivos. En esto ocurrió el siniestro en el barco, y por tal motivo reclamaba de la aseguradora la indemnización correspondiente.

La Sociedad aseguradora respondió que ni pagaba, ni nombraba amigables componedores, porque el demandante no era socio, por cuya razón éste se vio obligado a entablar la demanda.

La Mutua contestó a esta demanda diciendo que el barco M. L. fue dado de baja, por escrito, por su dueño, por traslado de residencia a otro puerto, siendo condición indispensable para pertenecer a ella el tener la residencia en Santoña. El actor adquirió elbarco en subasta pública, cambiándole el nombre ; pero ni pidió el ingreso en la Mutua, ni pagó la cuota de entrada, y aunque se le presentaron al cobro cuatro recibos, esto fue, según la Mutua, por error.

El Juzgado condenó a la aseguradora, pero la Audiencia absuelve a la Sociedad y el Supremo confirma esta sentencia, no admitiendo el recurso.

En el razonamiento, en el que se prescinde de importantes cuestiones nacidas de...

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