Jurisprudencia ambiental en España: Derecho adminsitrativo

AutorAitana de la Varga Pastor
CargoProfesora lectora, acreditada por ANECA a contratada doctora, Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-19
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VI Núm. 2 (2015): 1 19
-Crònica-
JURISPRUDENCIA GENERAL: DERECHO ADMINISTRATIVO
AITANA DE LA VARGA PASTOR
Profesora lectora, acreditada por ANECA a contratada doctora
Universitat Rovira i Virgili
A. de la Varga RCDA Vol. VI Núm. 2 (2015)
1
En el período que nos concierne, en esta ocasión de abril de 2015 a octubre de 2015, la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto, una vez más,
numerosos recursos en los que el objeto está relacionado directa o indirectamente con el
derecho ambiental y, en definitiva, con el medio ambiente. De todas las sentencias
vamos a destacar, como de costumbre, aquellas que nos han parecido más relevantes y
vamos a detenernos en aquellos aspectos que consideramos más importantes.
En esta ocasión, el Tribunal ha resuelto sobre numerosos recursos de casación y
contencioso-administrativos que alcanzan distintos ámbitos de relevancia ambiental
como son los relacionados con la evaluación ambiental, en concreto: la evaluación
ambiental estratégica, en su mayor medida en materia de aprobación de planes
urbanísticos y la evaluación de impacto ambiental; con la autorización ambiental, donde
en un gran número de sentencias se trata de la autorización de instalaciones de parques
eólicos; con el recurso agua, en concreto con los informes de disponibilidad de recursos
hídricos, la planificación hidrológica y los caudales ecológicos; y finalmente, con
espacios naturales.
En materia de evaluación ambiental estratégica cabe destacar la STS de 9 de julio de
20151 en la que se resuelve recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala
de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por la
que se desestima el recurso interpuesto contra la Resolución de 27 de diciembre de 2010
de la Consellería de Medio Ambiente Territorio e Infraestructuras, que desestimó el
recurso de alzada interpuesto contra la Decisión de 26-8-10 de la Secretaría Xeral de
Calidade e Avaliación Ambiental sobre no necesidad de evaluación ambiental
estratégica de la “Modificación puntual do Proxecto Sectorial da Plataforma Loxística-
Industrial Salvaterra do Miño-As Neves (PLISAN)”.
Confirma la sentencia de instancia en la que se declara como no obligatoria la
información pública en el trámite de evaluación ambiental estratégica como pone de
manifiesto en el F.J.9:
Se denuncia, al amparo de lo previsto en el art. 88.1 d) LJCA , la infracción del art.
3 de la Ley 27/2006 y de las Directivas 2003/4/CEE y 2003/35/CEE.
La Ley 27/2006, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de
participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y que
1 Roj: STS 3395/2015 - ECLI:ES:TS:2015:3395.

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