Introducción

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El presente libro se enmarca en los trabajos de un grupo de investigación que tiene por finalidad analizar aspectos generales y específicos del Derecho Constitucional, sobre todo en materia de derechos fundamentales, que han sido insuficientemente tratados y precisan una reconsideración para tener un encaje adecuado en nuestro Estado constitucional. El objetivo general de este proyecto de investigación, que finaliza con este libro, es abordar de forma integral las diferentes formas de control que están surgiendo en el ámbito jurídico para determinar el alcance y los límites de la libertad de comunicación pública. La posición de los poderes públicos ha estado dominada por la escasa intervención que venía exigida por la propia naturaleza de las sociedades liberales y democráticas, pero en el nuevo contexto comunicativo emerge un escenario distinto en el que los instrumentos de control tienen que tratar de compensar la liberalidad de los medios de comunicación en sus actividades.

El proyecto de investigación se ha centrado en la realización de un estudio integral de los diversos instrumentos de control de los medios de comunicación, es decir, la autorregulación como mecanismo de autocontrol, el control ejercido por administraciones independientes como la nueva Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) o los consejos autonómicos del audiovisual existentes en nuestro Estado, el control de los cibermedios y el control judicial como mecanismo de protección de los derechos fundamentales en colisión con la actividad de los medios de comunicación. En el proyecto han participado de forma constante Josu de Miguel Bárcena –Profesor de Derecho Constitucional de la universitat autònoma de Barcelona, Mª aránzazu Moretón Toquero –Profesora de Derecho Constitucional de la universidad de valladolid, Laura Cappuccio –Investigadora de Derecho Constitucional de la università degli Studi federico II di Napoli, Sabrina ragone –Investigadora García Pelayo - Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, antoni roig Batalla –Profesor Titular de Derecho Constitucional de la universitat autònoma de Barcelona, Eva Poptcheva –Investigadora-analista en el Servicio Científico del Parlamento Europeo y Juan Carlos Gavara de Cara –Catedrático de Derecho Constitucional de la universitat

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autònoma de Barcelona, como director del proyecto e investigador principal. asimismo han colaborado numerosos investigadores, profesionales y profesores con diversos trabajos y aportaciones en las distintas publicaciones.

La primera parte de la investigación se centró en el estudio de la autorregulación como mecanismo de autocontrol de los medios de comunicación (Gavara DE Cara, J.C.; DE MIGuEL BárCENa, J. (Eds.), La autorregulación de los medios de comunicación como sistema de control, J.M. Bosch Editor, Barcelona, 2013 – ISBN: 978-84-940933-0-2). Esta parte de la investigación analizó el régimen jurídico de los códigos deontológicos, internos de los propios medios y de buenas prácticas, la eficacia interna y externa de los mecanismos de autorregulación, así como las posibilidades y el alcance del control judicial sobre las decisiones de autorregulación de los medios. De forma objetiva se deben adoptar las medidas jurídicas encaminadas a evitar que los medios de comunicación manipulen, discriminen, dificulten o imposibiliten un ejercicio adecuado de los derechos fundamentales que constituyen el principal límite de su actividad.

En el mercado multimedia con el alcance global de las comunicaciones no es posible utilizar los mecanismos tradicionales de regulación nacional confiando a una autoridad administrativa la adopción de las medidas necesarias de control de los medios audiovisuales, entre otras razones porque se trata de una materia de alta sensibilidad política y social que afecta al ejercicio de derechos fundamentales vitales para la democracia como la libertad de expresión o de información, lo que aconseja que la aplicación de cualquier medida restrictiva se realice a través de instrumentos independientes del poder público o de autorregulación. En este sentido, una parte importante de la investigación se centró en el estudio de la Ley General de la Comunicación audiovisual (Ley 7/2010, de 31 de marzo –LGCa), que se ha encargado de adoptar la transposición de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual, actualizar nuestra legislación audiovisual y cubrir la carencia de un consejo estatal audiovisual. En resumen, son tres los posibles sistemas de adoptar medidas para controlar la actividad de los medios de comunicación: la regulación, la autorregulación y la corregulación.

En primer lugar, la regulación implica la adopción del sistema tradicional de adopción de reglas y normas jurídicas, que presenta la ventaja de que se adopta por una autoridad democrática que defiende y fija los intereses generales y no particulares y con el que además cualquier sanción que se deba adoptar para garantizar el cumplimiento de las normas se impone con respeto de las garantías del estado de derecho. Este ámbito concreto de los medios de comunicación presenta la desventaja de que cualquier decisión puede potencialmente afectar a un derecho de libertad...

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