Introducción

AutorJosé Arturo Matheu Delgado
Páginas21-26

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El creciente e incesante éxodo poblacional desde el campo a la ciudad operado especialmente en la primera mitad del siglo XX, tras la revolución industrial, ha venido originando un desarrollo desmedido de las grandes urbes, lo cual a su vez ha conllevado el consiguiente incremento en el desarrollo urbanístico de las ciudades donde el suelo edificable con vistas a albergar viviendas o edificios de pisos y locales, así como últimamente plazas de aparcamiento, ha llegado a ser un bien por escaso, altamente codiciado. Y es que como recordaba la Exposición de Motivos de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, luego plasmada en el preámbulo del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Suelo, que la vino a derogar, la historia del Derecho urbanístico español contemporáneo se forjó en la segunda mitad del siglo XIX, en un contexto socio-económico de industrialización y urbanización, en torno a dos grandes tipos de operaciones urbanísticas: el ensanche y la reforma interior, la creación de una nueva ciudad y el saneamiento y la reforma de la existente, y dicha historia cristalizó a mediados del siglo XX con la primera ley en la materia, de la que sigue siendo tributaria nuestra tradición posterior.

En tal sentido, los instrumentos de planeamiento territorial, en especial, las Ordenanzas Municipales y los actuales Planes Generales de Ordenación Urbana han jugado un papel decisivo de cara a dotar de un mínimo de racionalidad a ese constante y continuo fervor urbanizador y constructivo. Y así, aún cuando hoy en día las posibilidades de crecimiento urbanístico han chocado, tanto con crisis económicas derivadas de ciclos de igual naturaleza, como con el agotamiento de la superficie dedicada a la construcción de edificios, es lo cierto que existiendo una demanda poblacional creciente en las ciudades, se hace necesario recurrir a ideas imaginativas que sean capaces de albergar soluciones prácticas a esa demanda de viviendas y a esa escasez o agotamiento del suelo urbanizable en las urbes, y que todo ello no colisione con los principios de un desarrollo ordenado y sostenible de las ciudades, consideradas como los elementos fundamentales que albergan la vida de las personas.

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Es en este contexto sociológico, en donde surgen figuras jurídicas como las de los derechos de vuelo y subsuelo que han tratado de aprovechar al máximo las posibilidades edificatorias del suelo urbano edificable a la vez que han propiciado una nueva cultura constructiva a la que tanto los Planes Generales de Ordenación, como la propia técnica arquitectónica, constructiva y de ingeniería, han tenido que necesariamente acomodarse.

Y es que la carencia y el agotamiento del suelo urbano edificable ha propiciado el imparable incremento de su valor económico, no siempre al alcance de la economía de cualquier persona, ante lo cual, una solución altamente válida, viable y más austera, debe consistir en agotar al máximo las posibilidades constructivas que el volumen de edificabilidad de los edificios por pisos y los suelos urbanos nos pueden proporcionar. Los derechos de vuelo y subsuelo quizás se puedan postular como el mejor instrumento jurídico que propicie una solución práctica a esta situación real hoy en día planteada, suponiendo una medida más...

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