Internet y Derecho. Fundamentos de una Relación

AutorOmar Ricardo Barrios Osorio
Cargoestudiante de la carrera de Abogacía y Notariado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, pendiente de examen público.

Cuando inicie en enero del año 2000 la lectura de los artículos publicados en la Revista Electrónica de Derecho Informático –REDI- quede fascinado, en ese momento descubrí cual sería el área del Derecho en que me especializaría, pero no ha sido fácil. En Guatemala pocos muy pocos Abogados y Notarios estudian el fenómeno informático, y la mayoría guarda con celo esos conocimientos; en la Facultad de Derecho de mi Universidad no existe en el programa académico ningún estudio en este campo, es más, en una reciente conferencia para juristas, sobre derechos de autor y software promovida por BSA, quede sorprendido del desconocimiento en esta materia de los asistentes. Pero no todo es negativo, lo que me motiva es que se vislumbra un cambio. El año pasado se incorporó en el Programa de Cursos Libres la cátedra denominada Derecho e Informática la cual, por invitación del Lic. Rafael Godínez director del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales –IIJS-, tuve el gusto de impartir. A los estudiantes del curso, entre los que se encontraban catedráticos de la Facultad, les recomendé la lectura de los artículos que se publican en REDI, y las consultas y dudas abundaban en cada clase. Cuando tocamos el tema de la relación existente entre las Tecnologías de la Información, Internet y Derecho, el interés fue mayor, lo que me motivo a preparar este material, el cual es un aporte con el objetivo de ser sencillo y fácil de comprender y lleve paso a paso a todos aquellos que por primera vez estudian este tema. Agradecería sus comentarios y correcciones para poderlo ampliar y mejorar.

  1. TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

    Introducción

    En la historia del Derecho encontramos diversos tipos de influencias que han marcado un cambio trascendental en el campo de aplicación y en el desarrollo de esta ciencia, pero han sido tres inventos que han marcado un cambio influyente, la escritura, la imprenta y la computadora. Esta idea es aun más amplia si agregamos lo indicado por Caceres y Sanchez al citar a Lozano y señalar que la historia del derecho “está condicionada por las tres revoluciones, de la escritura, de la imprenta y de la ordenación electrónica de datos”. (i) Cada una de ellas en su momento marco un antes y un después en el Derecho, y cada uno de ellos al principio tuvo sus impulsores y sus detractores. Hoy en día vemos a la escritura y la imprenta como algo común, pero es fácil imaginar los problemas que tuvo que solventar la imprenta de Johannes Gutenberg (S. XV) en su época, los cuales se quedan atrás con los que tiene que enfrentar la computadora.

    Los problemas que la computadora esta teniendo con la ciencia del Derecho son innumerables pero tienen un origen común, desde mi punto de vista muy particular y es, que no es la computadora el fin sino el medio, se le ha olvidado a algunos de los estudiosos del Derecho porque del surgimiento de la computadora, como en su momento vieron los monjes escribanos a la imprenta.

    La escritura en su momento permitió un desarrollo trascendental para el Derecho, al poder dejar plasmado el conocimiento y estudiarlo en un futuro para mejorarlo; ya no tenía que trasmitirse verbalmente de generación en generación, con la posible incorrecta interpretación del conocimiento, de la información.

    La imprenta tenía como objetivo general reproducir con mayor velocidad, mas claridad y menos errores, los valiosos conocimientos que se incorporaban en los libros redactados a mano en aquella época; desde el punto de vista comercial “reducía los costos” y desde el punto de vista político “era una fuente de poder”. Para el Derecho represento un avance significativo poder proporcionar a toda la población las normas que regulaban las acciones de los hombres, además de poder transmitir todo el conocimiento a todos aquellos estudiosos del Derecho, la información empezó a crecer.

    ¿Y la computadora? Esa máquina inventada por el hombre, ¿Para qué? La respuesta viene de lo comentado anteriormente, la computadora no es el fin es el medio. Partamos entonces del origen de la escritura y de la imprenta, para poder confirmar el objetivo de la computadora: Procesar la información.

    Cuando el volumen de información fue superior a la capacidad humana, se necesito de medios para poder almacenarla, procesarla y proporcionarla, así como brindar resultados. Para realizar esta tarea surge una disciplina denominada Informática (del francés informatique), que es un término que surgió en Francia en 1962, siendo una palabra compuesta por los términos información y automática. La informática es la ciencia que estudia el procesamiento lógico y automatizado de la información de manera eficaz y veloz. Para lograr su objetivo utiliza un recurso básico: la computadora, que es un medio de procesar información, un aparato electrónico inventado para facilitar el uso del gran volumen de información que el hombre ha creado con el tiempo.

    Para una mejor consideración sobre el tema señalo los años que tiene cada uno de estos inventos en la humanidad y dejo para la reflexión cuanto tiempo transcurrió para que cada uno influenciara al Derecho; la escritura se invento hace miles de años, la imprenta quinientos años y la computadora personal veinte años... en esos veinte años la tecnología de la información ha tenido un crecimiento asombroso, el cual ha tenido en las telecomunicaciones uno de sus pilares y al conjuntarse esa serie de factores entre información, computadora, tecnología, telecomunicaciones, surge un nuevo invento, uno que rebasa las fronteras de países, culturas e idiomas, un cuarto invento que esta revolucionando el Derecho: Internet.

    1.1. Derecho y Tecnologías de la Información

    La Tecnología de la Información puede ser definida como el conjunto de conocimientos en materia informática utilizados para el manejo de toda clase de información, auxiliándose de los medios y avances en materia de comunicación (televisión, radio, telecomunicaciones, etc.) y el desarrollo de la computación en cuanto al procesamiento automático de la información.

    Por supuesto que las tecnologías de la información y especialmente Internet están innovando en el conocimiento humano y en la sociedad en general, por ello el derecho tiene un nuevo reto, el cual describe, de una manera idónea para la presente investigación, el Abogado Cristian Calderón al indicar que:

    Es... flexibilizar sus instituciones e incorporar aquellas normas surgidas dentro del Internet para que todos los actos jurídicos que se den dentro del mundo virtual tengan idénticas consecuencias en el mundo físico, y que además, cualquier relación jurídica que se desplace entre ambos espacios tenga los mismos efectos legales.(ii)

    1.2. La Información

    El diccionario de la Real Academia Española indica que la palabra información proviene del latín informatio, -onis- y significa (1) acción y efecto de informar o informarse; (2) Averiguación jurídica y legal de un hecho o delito; (3) Comunicación o adquisición de conocimientos que permiten ampliar o precisar los que se poseen sobre una materia determinada.(iii)

    Para nuestro estudio, la información es el conjunto de datos numéricos y/o alfanuméricos que representan la expresión de un conocimiento, que puede utilizarse para la toma de decisiones.

    1.3. Informática Jurídica

    Al surgir el fenómeno informático cada una de las ciencias inicio su estudio e incorporación, acorde a sus necesidades e intereses. Es así como el Derecho y la Informática empezaron a relacionarse, tímidamente en algunos casos y con mucha energía en otros, con puntos de partida comunes en algunas situaciones y distintos en otros, encontrando dos ramas de estudio claramente identificadas, Informática Jurídica y Derecho Informático.

    Cuando queremos aplicar los conocimientos de la Informática al Derecho o bien los conocimientos de Derecho a la Informática, surgen dos caminos, que tratan de buscar el punto de encuentro entre estas dos ciencias.

    La primera que se desarrollo fue la Informática Jurídica; existen varias definiciones, pero una de las mas completas (técnica y didácticamente) señala que “La Informática Jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes de conocimiento jurídico, a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (Informática jurídica documental); las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática tanto de los factores lógico-formales que concurren en el proceso legislativo y en la decisión judicial (Informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (Informática jurídica de gestión).” (iv)

    Durante el desarrollo de las aplicaciones de la Informática Jurídica fue surgiendo una clasificación, con el objetivo básico de facilitar su utilización.

    a) Informática Jurídica de Gestión

    Aquella que trata de aplicar los principios informáticos a toda la actividad de trabajo en la oficina jurídica. Se divide en:

    a.1) Informática Registral

    Se ocupa de todos los tipos de registros (públicos o privados)

    Guatemala: Registro General de la Propiedad www.registro-propiedad.gob.gt

    a.2) Informática Operacional

    Controlar la actuación o pasos de un proceso específico

    Bolivia: Sistema de Gestión Procesal.

    b) Informática Jurídica Decisional (Ayuda a la Decisión)

    El empleo de ordenadores, en la ayuda de la toma de decisiones.

    Aunque es una de las áreas mas cuestionadas de la Informática Jurídica, con el trabajo de la Doctora en Derecho María del Socorro Téllez denominado “Una Aproximación a la Representación del Conocimiento Legal en Computadora asistido por Inferencias Difusas(1) ”,(v) deja muy claro hasta donde puede aprovecharse el recurso de la computadora.

    c) Informática Jurídica Documental

    El tratamiento automatizado de: las fuentes de conocimiento jurídico, a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal. Como un ejemplo que abarca los sistemas de documentación...

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