La inscripción de inmuebles en los registros de la zona de nuestro protectorado de Marruecos

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 108, Diciembre 1933

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La inscripción de inmuebles en los registros de la zona de nuestro protectorado de Marruecos

La creación del Registro de inmuebles en nuestra Zona data, como es sabido, del Dahir de 1.º de Junio de 1914, que lo estableció a cargo de funcionarios denominados Registradores de la Propiedad y bajo la inmediata dependencia del Presidente de la Audiencia de Tetuán. Y en tanto no se ordenase otra cosa, desempeñan esas funciones los Jueces de Paz de Tetuán y Larache en la Zona occidental y el de Nador en la oriental. Es decir, que esos funcionarios no pertenecen al Cuerpo de Registradores, sino que son los Jueces de Paz Letrados de esas poblaciones de Marruecos.

Esto vino después de la Conferencia de Algeciras de 1906 y de la Circular del Gran Visir de 1.° de Noviembre de 1912. Ya que con e...

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