Resumen
PREGUNTA: La empresa promotora de un parque comercial existente en mi localidad me ha propuesto la construcción por mi cuenta y cargo de un local "free-standing" para comercio al público en una de las parcelas que quedan sin construir en dicho parque comercial. Para ello, me ha indicado que el título jurídico para instalarme en dicha parcela sería la constitución a mi favor de un derecho de superficie sobre dicha parcela que, según me he informado está inscrita como finca registral independiente en el Registro de la Propiedad. ¿Es necesario para la constitución de dicho derecho de superficie que se tenga que otorgar una escritura pública y proceder a su inscripción registral? ¿Cuál es el plazo máximo de duración de dicho derecho de superficie que las partes podemos pactar?
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Extracto
Inscripción registral. Derecho de superficie
RESPUESTA: La regulación del derecho de superficie en el Derecho civil común se establece en el artículo 16.1 del Reglamento Hipotecario (en adelante, "RH") en la redacción anterior al Real Decreto 1.867/1...
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978.
- Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.
- Código Civil. - Artículo 4
- Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículo 16
- Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
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