Resumen
1. El “descenso” de la morosidad.- 2. Pérdida de interés del sector inmobiliario.- 3. Desconocimiento del sistema de realización por persona o entidad especializada.- . 4. El acto de la comparecencia.- 5. Mejora del sistema tradicional de la subasta judicial.- 6. El aumento de los gastos de tramitación.- 7. La deficiente regulación del art. 641 Lec.- 7.1. Inconcreción de los gastos y honorarios.- 7.2. La prestación de caución.- 7.3. La exigencia de un plazo máximo para la realización.- 7.4. La falta de control en la ejecución del encargo.- 7.5. Imposibilidad de financiar el derecho de remate.
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Extracto
Causas de la inoperatividad de la realización por persona o entidad especializada en la práctica.
A pesar de las ventajas teóricas que presenta la enajenación por persona o entidad especializada frente al sistema que tradicionalmente ha venido desarrollando la fase de apremio, como ya hemos adelantado este mecanismo alternativo de realización forzosa de bienes embargados no acaba de funcionar en la práctica, manteniéndose como habitual el recurso a la subasta judicial. Y además, cuando lo ha hecho ha sido fuera del ámbito de la ejecución dineraria singular: así, la mayoría de supuestos que hemos analizado hacen referencia a la ejecución en procesos de división de la cosa común, a la ejecución voluntaria, y a la ejecución concursal. Ante esta realidad, seguidamente vamos a analizar las causas que en la práctica están impidiendo su efectiva operatividad621. 1.- El “descenso” de la morosidad. Tras haber establecido contacto directo con buena parte de las entidades que en la actualidad asumen la función de especialistas en la realización de bienes embargados622, llegamos a la conclusión de que uno de los grandes escollos de la alternativa regulada en el art. 641 LEC es la baja morosidad producto de un periodo de bonanza económica habi-da en la última década (1995-2006)623-624 y que en buena medida halla su razón de ser en la reducción de los tipos de interés. Las estadísticas que el CGPJ publica con relación a los procesos de ejecución entre los años 1999-2006 son buena muestra del descenso de la morosidad. Si bien estadísticamente los datos del CGPG indican que los procesos de ejecución han aumentado, pues en 1999 ingresaron 180.080 y en 2006, 369.342, estas cifras deben relativizarse ya que la actividad ejecutiva se ha incrementado debido a la aparición de los nuevos procesos monitorios con la LEC 1/2000625. Sin embargo, esta nueva actividad ejecutiva se limita a deudas de escasa cuantía que, normalmente, se resuelven mediante otras vías de realización de bienes no tan agresivas como, por ejemplo, el embargo de sueldos, salarios, pensiones o ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas. A pesar de ell...
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Documentos citados
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 636 , 640 , 641 , 670
- Constitución Española de 1978.
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