Infracción administrativa

La manipulación de los mercados de valoresAspectos procesales (2001)

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Abogados Mercantil y de la Empresa

Extracto


Infracción administrativa

El desarrollo reglamentario del procedimiento sancionador se contiene en el RD 2119/1993, de 23 de diciembre, del Procedimiento Sancionador aplicable a los sujetos que actúan en los Mercados Financieros y, supletoriamente, en el RPEPS.

«Ningún parentesco guarda esta situación, en un régimen de sujeción general, con las facultades presidenciales para mantener el orden en el curso de las sesiones parlamentarias (STC 136/1989) o para la «policía de estrados» en las audiencias judiciales (STC 190/1991) que permiten la imposición de correcciones sin levantar mano. En el ámbito de la potestad sancionadora de las Administraciones públicas no es de recibo su ejercicio de plano, sine strepito e iuditio, prescindiendo del procedimiento idó-neo y de la audiencia al inculpado, garantías esenciales no dependientes de que haya o no flagrancia ni de la cuantía mayor o menor de la sanción (STC 18/1990)» (MENDIZÁBAL, votos particulares a SSTC Pleno 164 y 198/1995, 141/1996 y Pleno 276 y 291/2000 –en el caso de las actividades de otra Agencia, la Estatal de la Administración Tributaria–).

§1. COMPETENCIA

1.1. INFRACCIÓN TRANSNACIONAL

La fechoría bursátil de nuestros días presenta un carácter transfronterizo. En un mercado deslocalizado y conectado por los modernos medios telemáticos es posible operar desde «ínsulas de conveniencia» (paraísos de la fiscalidad), sobre los valores registrados en soportes españoles, a través de intermediarios de no se sabe dónde. Desde tales premisas, resulta compleja la determinación de quién debe poner el cascabel al gato.

«La existencia de mercados globales e interconectados acrecienta las oportunidades para la manipulación de mercado, así como la dificultad en la detección e investigación de la manipulación. Los valores, los derivados y los activos subyacentes cuyos precios son manipulados pueden estar negociados en un mercado o en una jurisdicción mientras que las personas responsables de la manipulación pueden estar localizadas en otra parte. De hecho, el precio de los valores o derivados puede ser manipulado en un mercado con el propósito específico de afectar su precio, o el precio de los activos subyacentes, en otra jurisdicción o mercado. Cuando, por ejemplo, los derivados negociados en país están basados en un índice de valores subyacente extranjero, puede haber un motivo para manipular el Mercado de los Valores por medio del índice. Como resultado, los reguladores de ambos mercados pueden enfrentarse con el reto de obtener información respecto a negociación y posiciones localizadas en la otra jurisdicción. Adicionalmente, los reguladores y las autoridades pueden necesitar acceder a información relativa a cuentas bancarias extranjer...

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