Los incidentes en el proceso administrativo

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 452, Enero - Febrero 1966

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Abogados Civil

Resumen


I. Nociones generales: A) Concepto. B) Naturaleza jurídica. C) Fundamento. D) Regulación.-II. Requisitos procesales: A) Requisitos subjetivos: 1. Órgano jurisdiccional. 2. Partes.-B) Requisitos objetivos: 1. Conexión con la cuestión principal. 2. Que exija tratamiento procesal específico.-C) Requisitos de la actividad. 1. Petición de subsanación. 2. Plazo.-III. Procedimiento: A) Pase de alegaciones: 1. Demanda incidental. 2. Contestación.-B) Fase de prueba: 1. Recibimiento del proceso a prueba. 2. Proposición y práctica.- C) Fase de conclusiones: 1. Vista. 2. Sentencia.-IV. Efectos: A) Efectos jurídicos. B) Efectos económicos.

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Extracto


Los incidentes en el proceso administrativo

Los incidentes en el proceso administrativo *

Una interesante sentencia de la Sala 3.a del Tribunal Supremo, de que fue ponente Silva Melero, la sentencia de 14 de diciembre de 1965, sobre el problema del tratamiento jurídico de los incidentes de nulidad de actuaciones, nos sugiere el estudio del proceso incidental en esta rama del Derecho procesal 1.

I. Nociones generales.

A) Concepto.

1. Uno de los supuestos de crisis objetivas es el cambio en el nexo lógico que liga a la pretensión con la oposición: al lado del objeto principal surge otro secundario o accidental, que se conoce con el nombre de incidente 2. El incidente es, por tanto, la alteración procesal, que consiste en el nacimiento de cuestiones que no pertenecen al tema lógico normalmente establecido 3. Cuando en un proceso surge el incidente, para su decisión cabe adoptar dos posibles soluciones: que tenga lugar en el mismo proceso en que el incidente ha surgido, o que se arbitre otro proceso especial cuyo objeto consista, precisamente, en la cuestión incidental.

2. El proceso incidental es aquel cuyo objeto es un incidente surgido en otro proceso. Y como el incidente es siempre una cuestión anormal o secundaria que viene a ser resuelta en el proceso incidental, de aquí que éste sea un proceso especial que tiende a facilitar el desarrollo de otro proceso.

3. No siendo la anormalidad en que el incidente consiste privativa del proceso civil, y constituyendo el proceso incidental el instrumento más idóneo para su decisión, nada tiene de extraño...

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