Ilustración y liberalismo en la Constitución de Cádiz. El patriotismo liberal de Quintana y su Informe

AutorJosefa Dolores Ruiz Resa/Manuel Escamilla Castillo
Páginas163-211

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I Las raíces ilustradas del liberalismo doceañista. El titulo IX de la constitución de Cádiz

El ideal ilustrado como tarea de emancipación y secularización del pensamiento puede decirse que encuentra su versión española —como destaca Domínguez Ortiz— en los esfuerzos renovadores de la monarquía ilustrada de Carlos III1. La necesidad urgente de reformas como antídoto del

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oscurantismo y de la ignorancia era un sentimiento profundamente arraigado en el despotismo ilustrado de los Borbones a lo largo del siglo XVIII2. Pocas veces —nos dice Sánchez Ages-ta— han tenido los hombres una conciencia tan clara de que estaban transformando el mundo, impulsados por una «fe en la ciencia» y «en la luz de la crítica racional para depurar la verdad»3.

La institución que estaba más necesitada de nuevas luces y reformas era la Universidad, que se encontraba sumida en gran atraso y decadencia tanto en los métodos como en los contenidos del saber. Para remediar esta situación de empobrecimiento intelectual parecía necesario el control regio de las universidades que empezó a producirse de manera explícita en el reinado de Carlos III4y fue una constante del siglo XIX. Para la consecución de este objetivo era necesario que el monarca pusiera límites al predominio del clero (especialmente los jesuitas, dominicos y franciscanos) en los establecimientos de enseñanza superior. El peso de los jesuitas en la enseñanza se consideraba demasiado absorbente5y el poder que ejercían se

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revelaba como un insalvable obstáculo para las reformas. Como muestra del empeño por controlar la Universidad —lo que también es un síntoma de un afán secularizador— el monarca ordenó la extinción de las cátedras de la Escuela jesuítica por Real Cédula de 12 de Agosto de 17686. En el fondo latía la idea de que la Universidad habría de quedar bajo el control del monarca en detrimento del tradicional poder eclesiástico.7 El ejemplo más significativo de este afán de control

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fue el nombramiento de «censores regios» y de «rectores»8.

Este talante uniformista y centralizador fue una de las peculiaridades del despotismo ilustrado que se continuaría posterior-mente «con el liberalismo de Isabel II, siguiendo las pautas de los soñadores de Cádiz»9.

No puede decirse de las reformas de Carlos III que constituyeran un programa sistemático, sino que se trata más bien de ideas genéricas y de un anhelo por transformar la Universidad. Las reformas, sin embargo, venían a chocar una y otra vez —y así sucederá también con los afanes reformistas de los liberales doceañistas como tendremos ocasión de ver después— con una realidad que no se compadecía con aquellas: no existía una auténtica burguesía —como ocurría en Francia o Inglaterra— a la que pudieran ir dirigidas las reformas. Solo las clases medias profesionales, los funcionarios, los militares, nobles hidalgos y clérigos podían ser los destinatarios de los afanes renovadores10. Otra causa por la que las reformas resultaron infructuosas fue que en España —frente a lo que sucedía en otras universidades extranjeras—11las incorporaciones al Estado de las universidades no conllevó una fi nanciación y sostenimiento de las mismas, sino que su subsistencia se hacía depender exclusivamente de su propio pa -trimonio.

Puede considerarse, en definitiva, que la utopía concreta propugnada por un grupo de optimistas ilustrados en la segunda mitad del siglo XVIII (Feijoo, Verney, Olavide, Aranda, Floridablanca, Mayáns, Campomanes, Cabarrús, Jovellanos...) enlaza con el liberalismo doceañista que alcanzó sus mejores

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resultados en la Constitución de 1812. La evolución intelectual y personal de Jovellanos, el mejor exponente de la Ilustración española, representa mejor que ningún otro —como subrayó Aranguren— ese enlace entre despotismo ilustrado y nueva mentalidad liberal de los doceañistas12. La obra de Jovellanos es un referente significativo de la recepción en España13de las discusiones que tuvieron lugar entre los ilustrados franceses sobre la necesidad de impulsar la instrucción pública como un medio indispensable para las luces y el progreso. Jovellanos consideraba que la instrucción nacional era la principal fuente de felicidad y de prosperidad social. En su Memoria sobre la instrucción pública reitera que la instrucción remueve los obstáculos para que un buen gobierno conduzca a la nación a la prosperidad: «Con la instrucción todo se mejora y florece; sin ella todo decae y se arruina en un estado»14. En las Bases para la formación de un Plan General de Instrucción Pública recomienda a la Junta de Instrucción Pública que mejore y extienda la instrucción nacional porque es «la primera y más abundante fuente de la pública felicidad». Estaba convencido de que «sin ciencias prácticas y conocimientos útiles no se podrán dirigir y perfeccionar la agricultura, la industria, el comercio y las demás profesiones activas»15. Fue muy propio, también, de la Ilustración extrauniversitaria16dar a la enseñanza y a la investigación un

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enfoque utilitarista sin otras limitaciones que la posibilidad misma de conocer17.

Otro de los referentes más significativos de la mentalidad ilustrada muy cercana a las ideas enciclopedistas, defensor de la libertad de pensamiento y opinión, fue Cabarrús, protegido de Campomanes, influyente banquero y político vinculado a la corte de Carlos III. En la Carta Segunda sobre los obstáculos de opinión y el medio de removerlos con la circulación de las luces, y un sistema general de educación18defiende la libertad de pensamiento o «la libertad de las luces» como la condición necesaria del progreso de las sociedades políticas. En este sugerente documento aflora la necesidad de acceder a la verdad desde el exclusivo esfuerzo de la razón que pretende liberarse del error y de la opresión.

Esta mentalidad ilustrada que venimos destacando, en especial los trabajos citados de Jovellanos, tuvieron una influencia decisiva en los constituyentes de la Cortes de Cádiz como puede apreciarse en la Discusión del Proyecto de Constitución de 1812 que configuraron el Título IX19.

El liberalismo español doceañista compartía con los ilustrados la preocupación por la situación en que se encontraba la instrucción pública en todas sus vertientes, y por la deca-

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dencia española. Pero mientras que los ilustrados pretendían superar dicha decadencia removiendo los obstáculos del libre comercio, los liberales entendían que las causas de dicha decadencia española eran de carácter político y que —como señaló Luis Sánchez Agesta— habría de ser superada con reformas políticas20. Por eso, cuando los liberales —que mantenían su predominio ideológico— se reunieron en la ciudad de Cádiz asignaron a la Constitución de 1812 el objetivo de construir un nuevo régimen político y la configuración de una nueva sociedad. Los liberales no sólo pretendieron implantar el liberalismo económico, sino también el político, superando a los ilustrados en esta última pretensión. Varios principios básicos de la ya mítica Constitución de Cádiz de nuestros liberales españoles son, en efecto, here-deros de la ilustración: el dogma de la soberanía nacional, la idea de centralización de estado, el principio de división de poderes, la pasión por la igualdad de oportunidades que habría de venir auspiciada por la educación, el fomento de la industria, la agricultura y el comercio, la libertad privada e individual y, sobre todo, el viejo sueño de un plan de instrucción pública21.

Una de las claves de ese nuevo régimen —protagonizado por los liberales doceañistas— habría de ser el tránsito de la condición de vasallos a la condición de ciudadanos, investidos ahora de derechos naturales e inalienables que —frente a la arbitrariedad del poder regio— habrían de ser garantizados por la voluntad general expresada en la ley, que se concebía como una norma racional, de carácter general y abstracto. En esta concepción de la ley como expresión de racionalidad, los liberales españoles se sentían herederos del racionalismo de la Ilustración que había imperado en los países europeos más

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avanzados. El nuevo régimen político que propugnaban los liberales doceañistas —en donde se destacaba la necesidad de instaurar un gobierno representativo con un Asamblea elegida por los ciudadanos— se daba entrada a una nueva sociedad regida por los principios de libertad, igualdad y propiedad.22La vieja sociedad estamental debía dar paso —aunque con grandes luchas y esfuerzos— a la sociedad de clases en donde la libertad, la igualdad y las capacidades de los hombres habrían de establecer los criterios de la estratificación social. Por eso, la propiedad privada y la igualdad de oportunidades eran las condiciones de posibilidad del desarrollo de la nueva clase emergente, la burguesía, a cuyo favor se hacían las reformas que habrían de consistir básicamente en remover los obstáculos que ponían trabas a la transacción de bienes e impedían el libre desenvolvimiento de las reglas naturales del mercado. Es también perceptible aquí el optimismo ilustrado de Condorcet23 que apuntaba hacia la idea del progreso ilimitado de la humanidad y que proporcionaría la felicidad como algo propio del orden de la naturaleza.

Pero donde se deja sentir de manera especial la herencia de la Ilustración en el liberalismo español que gira en torno a la Constitución de 1812 es en el papel que desempeña la instrucción como principio de renovación y como fuente de las reformas políticas. Los liberales españoles tenían fe en el progreso como patrimonio heredado de la Ilustración del siglo XVIII, pero ese legado se...

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