Fiscalidad internacional

Páginas199-203

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Legislación

Convenio entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Hong Kong el 1 de abril de 2011 (BOE 14-4-2012).

Convenio entre el Reino de España y la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 2011 (BOE 17-4-2012; c.e. BOE 24-4-2012).

Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero (BOE 12-5-2012; c.e. BOE 30-5-2012).

Crea una exención del 50 por 100 del gravamen para las plusvalías ocasionadas por las transmisiones de bienes inmuebles hasta el 31 de diciembre de 2012 incluyendo en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes una disposición adicional tercera (disposición final segunda del decreto-ley).

Orden HAP/1023/2012, de 11 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática (BOE 17-5-2012).

Consultas de la DGT

Tributación de la transmisión de las acciones de una sociedad holding residente en EEUU (E) por parte de una sociedad holding

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residente en España (H) tenedora de las mismas. Contestación a consulta vinculante de la DGT de 12-2-2012.

“(…) Por tanto, cuando se transmitan participaciones de una entidad no residente en España, la aplicación de la exención establecida en el artículo 21.2 del TRLIS a la renta generada en dicha transmisión requiere, el cumplimiento de los requisitos señalados en el apartado 1 del mismo artículo en todo el período de tenencia de la participación.

En el supuesto objeto de consulta, se plantea si está exenta la renta que procede de la transmisión de una sociedad holding residente en EEUU y que a su vez participa, directa e indirectamente en entidades residentes en EEUU.

En primer lugar, cabe señalar que, en relación con las entidades participadas directa o indirectamente por E, según señala el consultante, se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 21.1 del TRLIS, en la medida en que H participa indirectamente en las entidades en más de un 5% durante más de un año, a todas las entidades les resulta de aplicación el Convenio para evitar la doble imposición suscrito entre el reino de España y EEUU, y todas ellas realizan actividades económicas. Asimismo, respecto a la participación existente en una entidad residente en la República...

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